No reproduzcas la vieja cultura de que el abogado bueno es el que lo sabe todo y vive discutiendo. Nadie lo sabe todo y siempre se aprende cuando se escucha con humildad.
Pago incompleto de prestaciones laborales y aplicación del artículo 86 del Código de Trabajo. Cuando la suma adeudada por concepto de prestaciones laborales es una diferencia dejada de pagar y no la totalidad de estas, la proporción del salario diario que deberá recibir el trabajador por cada día de retardo debe estar en armonía con el porcentaje que resulte de la suma no pagada. Factum: decisión anulada por aplicarse el artículo 86 del Código de Trabajo en base a la totalidad de las prestaciones laborales y no en en el porcentaje que restó por retribuirse.
Casación. Sentencias que ordenan liquidación por estado. Prohibición de recurrir. Inconstitucionalidad. SCJ-PS-23-2971, 29-12-2023.
Es inconstitucional el artículo 11.5 de la Ley 2-23 sobre Recurso de Casación, que dispone que no podrá interponerse recurso de casación contra las decisiones que se limitan a ordenar liquidaciones de daños y perjuicios por estado, en razón de que restringe, sin una justificación de peso que lo respalde, otros principios de carácter fundamental y de configuración constitucional como lo son el debido proceso, el derecho de defensa, el derecho al recurso y los principios de legalidad y de favorabilidad, pues impediría a quien se le ha retenido responsabilidad que cuestione a través de la casación la legalidad de la decisión.
Esta sentencia varía el criterio establecido en la sentencia SCJ-PS-23-2707, de fecha 27-11-2023, que declaró inadmisible de oficio el recurso de casación interpuesto contra una sentencia que ordenó una liquidación por estado.