Estudiante de la universidad de la Vida con inclinación a cuestiones mundanas. Incorregible trasnochador borracho o bohemio por temporadas. Twiteero Amateur.
Estás son las masas libertarias que llevaron a Milei, a Noboa, a De la Espriella, a Kast al poder.
Estás las que impulsan las aspiraciones presidenciales de Salinas Pliego su imitador en México quien compite trata de ser más violento, más procaz que todos ellos.
En esta fuerza -y en la de los EU- confían Alito, Anaya, Téllez, Romero, Cabeza de Vaca.
Francisco García Cabeza de Vaca, delincuente mexicano con órdenes de aprehensión vigentes, no solo tiene visas de ingreso temporal que adoran los panistas. Cuenta con la doble nacionalidad que usó para sus delitos.
Sabe, los gringos protegen a sus socios dedicados al narcotráfico y demás actividades ilícitas.
La cancelación de visas por parte de ese gobierno hipócrita obedece a razones electorales.
Mantener campañas en contra del gobierno federal (narcogobierno, narcoestado, narcopresidenta) no solo son insostenibles por su falsedad y patraña evidente. También lo son, por falta de argumentos legales para mantenerlas como alternativas electorales.
El PRIAN “juega por necesidad, y pierde por obligación”.
Trump le da otro regalito a la ultraderecha de México, después de @rochamoya_. Quitarle la visa a López Beltrán, que políticamente alcanza a @lopezobrador_, es parte del injerencismo de Estados Unidos que tanto imploran los @alitomorenoc, los @RicardoBSalinas y otros vendepatrias
Conectan con la rueda de prensa en la que el nuevo presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, ha informado sobre el grave terremoto en el país…y pasa esto. Abelardo riéndose a carcajadas y haciendo saluditos como en un desfile. Esto cuando ya van 111 muertos. Tremendo psicópata han votado como presidente.
@alvaro_delgado@PanchDominguez Y sin olvidar que @PanchDominguez y su familia gozan de viáticos, equipos de seguridad, vehiculos arrendados y todo para cada miembro de su familia.
Hace semanas la hija del exgobernador promosionó en las escuelas publicas su libro, acompañada por personal de @USEBEQOficial
Familia acusa a exgobernador panista @PanchDominguez de usar las instituciones de Querétaro para despojarla y fortalecer su cártel inmobiliario https://t.co/jrnCRmAnPz
¿Qué acto rebelde o teoría revolucionaria justifica la destrucción de nuestra memoria histórica?
¿Era esto parte del pliego petitorio de los inconformes del IPN?
¿A quién beneficia la destrucción del material de video de Canal Once sino a Televisa y TVAzteca?
Debemos reflexionar sobre la toma de Canal Once.
¿Qué intereses se movieron?
¿A quién le sirve, en plena guerra cognitiva, la toma del Once?
¿Qué pasó con el dinero que les dieron a los paristas?
¿Cómo blindar a los medios públicos?
Sumamente preocupante escuchar a un abogado que, además, se vende como uno de los despachos más prominentes de México, que sea un ignorante en el sistema penal acusatorio adversarial.
Desconoce las etapas procesales, justifica sus fallas profesionales y trata de litigar en los medios lo que jurídicamente no supo defender dentro del proceso.
Increíble que él formara parte del gobierno que realizó la propuesta en el cambio del sistema penal de nuestro país que se decretó desde 2008 cuando él era Secretario de Gobernación y que desde 2016 es obligatorio en todo el país.
No es el nuevo sistema penal; es el que lleva operando a nivel nacional más de 10 años y, en su ignorancia, el abogado Fernando Gómez-Mont confunde términos y no conoce la diferencia entre Averiguación Previa y Carpeta de Investigación.
Queda claro que el tráfico de influencias no sirve a la hora de postular en materia penal en los juzgados, lo que les pasa a tantos abogados que salen a litigar a los medios de comunicación como en los tiempos de antaño, ante la falta de pericia procesal para hacerlo en las salas de audiencia.
Quiero leer y escuchar a los miles de abogados que opinan en redes y medios de comunicación, cómo justifican la ignorancia jurídica de tantos abogados que se quedaron atados al sistema mixto inquisitivo.
@cesargutipri Ironía pura del PRIANISMO: Ruffo debería de cambiar de Abogado inmediatamente y buscar un Abogado medianamente Decente, pero no,( Gómez Mont es igual o "Pior" de corrupto que Ruffo Appel)
3/
Gómez-Mont ha centrado gran parte de su discurso mediático en cuestionar la existencia de pruebas y en calificar el caso de “político”. Eso es una estrategia clásica: cuando los argumentos jurídicos para combatir la prisión preventiva oficiosa y el riesgo de fuga son débiles, se traslada el debate a los medios para generar narrativa de persecución.
La vinculación a proceso ya ocurrió. La jueza federal consideró que existen datos de prueba suficientes. Eso no es una sentencia condenatoria (presunción de inocencia sigue vigente), pero sí significa que el estándar legal para pasar a la etapa de investigación complementaria se cumplió. Negarlo públicamente no borra la resolución judicial.
En resumen: Delitos del catálogo del art. 19 → prisión preventiva oficiosa.
Art. 168 CNPP → no se acreditó adecuadamente el arraigo domiciliario ni el asiento familiar en los términos que exige la ley.
Doble nacionalidad más vínculos en EE.UU. más activación consular → riesgo de fuga real y latente.
El discurso mediático de “no hay pruebas” y “es político” no sustituye el cumplimiento de los requisitos legales.
La defensa tiene todo el derecho de litigar, promover amparos y controvertir pruebas. Lo que no puede hacer es pretender que la ley diga algo distinto de lo que dice.
Este es un asunto criminal de delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos. Tratar de convertirlo en un debate puramente político desvía la atención de lo que realmente está en juego: el cumplimiento estricto de la Constitución y del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El abogado Fernando Gómez-Mont, defensor de Ernesto Ruffo Appel, insiste en que “no hay riesgo de fuga” y que no existen elementos serios para la vinculación a proceso.
Vamos por partes, con la ley en la mano y sin eufemismos. Los delitos que se le imputan (delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos / huachicol fiscal) están expresamente contemplados en el catálogo del artículo 19 constitucional. Por tanto, la medida cautelar es prisión preventiva oficiosa. No es discrecional. No es “opinión del juez”. Es mandato constitucional.
Cuando el delito está en ese catálogo, la discusión sobre “si hay o no riesgo de fuga” cambia de peso. El legislador ya determinó que, por la gravedad y la naturaleza de estos ilícitos, la regla general es la prisión preventiva oficiosa. El abogado puede argumentar lo que quiera en medios, pero no puede borrar el texto constitucional.
Abro hilo.
2/
Gómez-Mont afirma que no hay riesgo de fuga.
El artículo 168 del Código Nacional de Procedimientos Penales es claro sobre cómo se valora el peligro de sustracción del imputado.
El juez debe considerar, entre otros: El arraigo en el lugar del juicio (domicilio, residencia habitual).
El asiento de la familia.
Las facilidades para abandonar el país o permanecer oculto.
¿Qué demostró la defensa? Según lo que se ha ventilado públicamente, no se acreditó un arraigo domiciliario sólido y exclusivo en México. Ruffo Appel tiene domicilios y vínculos en Estados Unidos y en México. Nació en San Diego, California, y posee ambas nacionalidades.
Eso no es un detalle menor: es un factor objetivo de facilidad de salida del territorio nacional. 5/
Tampoco se demostró de manera contundente el “asiento familiar” o el arraigo familiar que exige el artículo 168. Tener familia en México no basta cuando existen lazos, propiedades o posibilidades reales del otro lado de la frontera. La ley no se conforma con afirmaciones; exige datos que permitan al juez concluir que la comparecencia está garantizada.
Mientras tanto, la hija de Ruffo Appel acudió a la Embajada de Estados Unidos a solicitar apoyo consular. Eso es perfectamente legítimo por su nacionalidad estadounidense, pero refuerza, no debilita, el análisis de riesgo de fuga. Cuando la propia familia activa la vía consular estadounidense en medio de un proceso penal federal mexicano por delincuencia organizada, el mensaje procesal es evidente.
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