Conocer la ley vigente es una obligación para cualquier legislador.
Los "delitos de odio” ya están penalizados en nuestro país. Un poco más de información y menos banalización.
Y aclaro, por si hiciera falta: estoy analizando las declaraciones públicas de una Senadora de la República por sus conceptos desinformados, con absoluta prescindencia de su condición de género. Vaya que se descosa 🙈
Les dejo los artículos del Código Penal
Artículo 149 BIS — Incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas
“El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión.”
Artículo 149 TER — Comisión de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas
“El que cometiere actos de violencia moral o física, de odio o de desprecio contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión.”
@Herrerismo@PNACIONAL
Cuidado: el Estado no puede castigar una idea porque la considere odiosa.
Una expresión puede ser racista, xenófoba, misógina o profundamente intolerante y continuar protegida por la libertad de expresión, porque el odio, la ofensa o el rechazo social no bastan para justificar una sanción penal.
Para la legislación y la jurisprudencia internacionales que protegen el derecho a la libertad de expresión, antes debe acreditarse que lo expresado funciona, en su contexto concreto, como una incitación intencional con aptitud suficiente para provocar violencia u otra conducta ilícita semejante.
Esta diferencia es fundamental porque impide que la categoría jur��dicamente indeterminada de “odio” se convierta en una puerta para castigar opiniones minoritarias, impopulares o disidentes.
Les partió el culo... Una genia aplicando argumentos valederos frente a las creencias de los periodistas ensobrados... Cada dia me dan más ASCO los #zurdosdemierda.
Sobraron 140 millones de pesos en el INAU y se repartieron entre los funcionarios. En un país donde cada día se habla de pobreza infantil y falta de recursos, parece que no se encontró un destino mejor. Qué curioso concepto de ‘sobrante’ cuando la plata es de todos.
25 de agosto, Declaratoria de la Independencia
Nos unimos a la Diócesis de Florida, dando gracias a Dios por nuestra patria y la confiamos a Nuestra Señora de los Treinta y Tres. Que María prepare nuestros corazones para recibir con alegría a @Pontifex_es ¡Feliz Día de la Patria!
Operación Cardama": posibles ilegalidades de Sánchez, Díaz y Laso
El oficialismo con viento de proa
Hay al menos dos hechos que involucra a altos jerarcas del Poder Ejecutivo en conductas potencialmente reñidas con la ley y que están íntimamente relacionados.
La decisión de rescindir exigía algo más que comprobar una causal prevista en el contrato. Había que demostrar que, entre las alternativas disponibles, la rescisión era la opción que mejor protegía el interés público.
Así lo exige el artículo 23 de la Ley 19.823 al requerir razones “de hecho y de derecho” y los “motivos en que se funda la opción, en consideración al interés público”.
Eso supone evaluar costos de salida, recuperación de lo invertido, continuidad o renegociación, adquisición de nuevas OPV y riesgos asociados a posibles litigios.
La situación se agrava porque, ante el requerimiento parlamentario de proporcionar tales actuados, el secretario de Presidencia afirmó que esa información no solo existía sino que había sido enviada por la ministra de Defensa a la comisión investigadora, lo que no ocurrir.
Esto justifica investigar la eventual aplicación del artículo 164 del Código Penal, que sanciona al funcionario que, “requerido al efecto”, omita o rehúse sin causa justificada un acto debido.
Pero hay algo más.
Si la información existe, los jerarcas pudieron violar la ley al no proporcionarla; si no existe, se confirma la hipótesis de que la rescisión careció de la motivación exigida por la norma, y la Fiscalía debería investigar si la mentira puede tipificarse como "falsificación ideológica", delito previsto en el Artículo 239 del Código Penal.
Sin hechos de corrupción ni ilegalidades a la vista, después de cinco meses de investigadora y veinte en el gobierno y mientras espera el pronunciamiento de la JUTEP sobre el presunto negociado del pícaro de la Hyundai, el oficialismo desnuda la verdadera intención de la "Operación Cardama": una vulgar campaña de escrache contra el ex presidente y la oposición. Chavismo de baja intensidad, perpetrado por
@OrsiYamandu, @pachasanchez, @jdiazalmeida y el Frente Amplio. Una runfla impresentable que se lleva puesta la ley, la defensa de la soberanía nacional y el patrimonio público. Un horror.
ASÍ SE DESCUBRE LA MENTIRA !!!
Hoy quedó demostrado que una mentira repetida mil veces no se transforma en verdad.
Al Frente Amplio su pasado lo condena.
No resisten los archivos.
Durante 25 años (gobiernos de Sanguinetti, Lacalle Herrera, Batlle y Lacalle Pou) el Frente Amplio no votó ningún presupuesto ni ninguna rendición de cuentas. Y ahí no habían mayorías garantizadas.
Han querido hacer creer que estamos en contra de la pobreza infantil cuando hace 3 años votaron en contra de 50 millones de dólares para la infancia, habiendo salido nuestro gobierno de la peor pandemia que se recuerde.
Nosotros tenemos la autoridad de cuestionar y mejorar esta rendición de cuentas porque votamos el presupuesto !!!
Se les terminó el relato.
Se suben 30 parciales de una hinchada y "hablado" te "convencen" de cambiar recorrido para que luego te atiendan medicos por el estado de "alteracion"en que quedaste ...??
El Ministerio de interior NO QUIERE ACTUAR..
Esa es la realidad actual..
LAMENTABLE