La cesantía no solo tiene una justificación jurídica: compensación por la terminación unilateral e injustificada del contrato; también tiene una justificación socioeconómica: proveer un alivio económico temporal que permita al trabajador subsistir mientras busca un nuevo empleo. En sus inicios, la cesantía se amparaba en principios de justicia social y perseguía disminuir los despidos arbitrarios mediante la imposición de un costo económico en aquellas naciones similares a la nuestra, donde no primaba la denominada estabilidad absoluta (reinstalación del trabajador despedido).
CLAVES Y CONSIDERACIONES SUSTANCIALES SOBRE EL SEGUNDO ACUERDO PLENO NO JURISDICCIONAL DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, DE FECHA 3 DE JULIO DE 2025
El mito de “valerse por sí mismo” y del que “se superó solo” es una de las grandes mentiras de la humanidad. Debemos ser autosuficientes hasta donde se pueda, pero nadie logra nada solo. El tejido social (desde la familia hasta la comunidad) nos acompaña siempre.
En lo adelante me referiré a la luz del Derecho Administrativo dominicano sobre la Resolución núm. 293-2022 dictada por ProConsumidor mediante la que se ordenó la suspensión de las actividades comerciales del establecimiento “Tasty diks desserts”. Abro hilo.
Y como no lo veras en los medios…
Te cuento que mientras estás tomando partido en la guerra Rusia-Ucrania o en el video de Casals, la Ptzer acaba de ser obligada revelar graves consecuencias de su vac experimental, para lo que pretendía esperar 70 años.
Teníamos razón.
Feliz día de la Constitución para los VERDADEROS DOMINICANOS.
Los que les arde el pecho al cantar el himno, los que defienden la Constitución.
Para los que no les importa que se viole ¡NO! La libertad costó sangre y ustedes la entregan tal meretriz en un burdel; HIPÓCRITAS.
Tenia la esperanza de que el buen juicio y la buena voluntad de gente que conozco en el gobierno, que tienen el poder de cambiar el status quo, no les permitiera poner en ejecución el adefesio constitucional que representa la inoculación obligatoria. Hoy muere esa esperanza.
EMBARGO INMOBILIARIO. APELACIÓN DE INCIDENTE. DECISIÓN DE ADJUDICACIÓN. No es cierto que el hecho de que sea dictada la decisión de adjudicación en el curso de la apelación de un incidente “santifica” las irregularidades surgidas durante el trámite hasta llegar a la venta.
Uno de los fundamentos del Estado Social y Democrático de Derecho, según el artículo 7 de la Constitución, es el respeto a la dignidad humana. Toda persona natural por el solo hecho de nacer tiene dignidad.
Llegó el momento de elegir entre intubar a un abuelo de 70 años que se cuidó y no salió de casa porque quería vivir, y un joven de 20 años que se fue de farra y playa porque “le falta mucho por vivir”... Sólo queda un ventilador... Injusto no??
#QuedateEnCasa#Coronavid19