Cepeda se formó en tres regímenes comunistas. Llegó a Praga en 1965 con tres años. En 1968 vivió allí la invasión soviética. De ahí su familia migró a La Habana. Estudió filosofía en Sofía, Bulgaria, entre 1981 y 1987, en plena Cortina de Hierro.
Cuando uno se forma intelectualmente en La Habana, Praga y Sofía, sale con un mapa mental específico sobre qué es el Estado, qué es la propiedad y qué es la oposición.
Su propuesta para Colombia es el mismo guion ensayado en Venezuela en 1999, en Ecuador en 2008 y en Bolivia en 2009. Llegada democrática al poder. Convocatoria a constituyente apelando al pueblo soberano. Nueva carta con facultades presidenciales ampliadas, contrapesos debilitados y reglas electorales redefinidas.
No estoy diciendo que Cepeda vaya a ser Maduro. Cepeda es Cepeda. Pero el método que propone es un método que tiene historia regional documentada. Por eso él habla en su programa de gobierno de "reformas irreversibles".
🇨🇴🗳️ Why Colombian polls disagree by 9 points in the same week. A structural read.🐾🧵
Three pollsters surveyed Colombia in the same week of April 2026. AtlasIntel, Invamer, Guarumo. Same country, same electorate, overlapping field windows.
Their numbers diverge by 6 to 9 points on the central variables. Most people focus on which one is right. The more useful question is why they diverge at all. The answer is structural and it points to Law 2494/2025.
"No existe evidencia médica ni científica que demuestre que el consumo de marihuana puede acabar con los seres humanos..."
- Iván Cepeda Castro @IvanCepedaCast
(Mil veces maldito el que vote por
este malparido)
Este es el video que debemos compartir todos los Colombianos, nosotros los Palomistas y Uribista, Oviedista, Duquistas y Abelardistas, TODOS debemos compartirlo, al heredero Iván Mordisco Cepeda no le gustó y está intentando borrarlo!
EL ENEMIGO ES EL HEREDERO!!!!!
🇨🇴ENCUESTA ATLAS/SEMANA
Cepeda crece 2,8pp y Espriella subió 0,4pp, mientras que Paloma Valencia creció 6,1pp en el último mes, alcanzando casi el 23% de la intención de voto en la 1ª vuelta.
🔴Cepeda 37,8%
🟠de la Espriella 27,2%
🔵Valencia 22,9%
🟢Fajardo 5%
¡ESCÁNDALO MUNDIAL: FRAUDE EN POLYMARKET! 🚨
La corrupción petrista cruzó fronteras: se detectó una maniobra criminal de "spoofing" con órdenes de 50.000 dólares para inflar artificialmente a Iván Cepeda.
Mientras Petro censura plataformas en Colombia, sus aliados del Clan Torres y SuperGiros queman fortunas en muros de mentiras digitales para engañar al país.
¡No permitiremos que compren la realidad con plata sucia! 🛡️
Están desesperados porque saben que la verdad los acorrala. Tras el robo de computadores en Corferias y las encuestas amañadas de Invamer, ahora intentan manipular los mercados de predicción internacionales.
¡Es un teatro pagado por las mafias de la Agenda 2030 para salvaguardar su impunidad!
#FraudePolymarket #CepedaMiente #PetroCensura
⚖️ Decisión del Consejo de Estado sobre medidas cautelares y concursos de méritos Convocatoria 27 Jueces y Magistrados (15/09/2025)
La Sección Tercera anuló la medida cautelar del Tribunal Administrativo de Norte de Santander que había ordenado la inscripción extemporánea de una concursante en el IX Curso de Formación Judicial.
🔎 Defectos jurídicos identificados:
1️⃣ Defecto sustantivo y marco normativo inaplicable
El Tribunal desnaturalizó la medida cautelar al aplicar criterios propios de la tutela en un proceso de nulidad y restablecimiento, obviando el estándar reforzado del CPACA. Se introdujo la lógica del amparo inmediato en un escenario diseñado para el control objetivo de legalidad.
2️⃣ Falta de motivación y ausencia de ponderación de intereses
La providencia omitió el análisis exigido por el art. 231.3 del CPACA: la ponderación entre el interés individual de la demandante y el interés general de los discentes por concluir sin dilaciones la Convocatoria 27. El Consejo de Estado subraya que este examen no puede ser retórico: debe ser concreto y explícito.
3️⃣ Desconocimiento del precedente constitucional
Se ignoró la línea de la Corte Constitucional (T-682/2016, entre otras), que delimita el derecho subjetivo a partir de la inclusión en lista de elegibles. La concursante solo tenía una expectativa, insuficiente para fundamentar una medida que alteraba el núcleo del concurso.
4️⃣ Proporcionalidad y efecto disruptivo
La orden permitía que quien no superó la prueba de conocimientos avanzara en igualdad con quienes sí lograron el mínimo, erosionando el carácter eliminatorio de esa etapa. Además, se omitió considerar que el curso ya había concluido sus actividades pedagógicas, quedando únicamente las evaluaciones finales.
5️⃣ Carencia del requisito de urgencia
La decisión fue adoptada 20 meses después de presentada la solicitud, desnaturalizando por completo el carácter urgente de la cautela. El retraso demostró que no existía un perjuicio inminente que justificara la intervención judicial.
6️⃣ Impacto económico y administrativo
El cumplimiento de la orden suponía gastos millonarios y la contratación pública de nuevos bancos de preguntas para un curso ya concluido, hecho certificado por la Escuela Judicial y omitido por el Tribunal. La providencia ignoró los límites de la razonabilidad presupuestal en sede cautelar.
7️⃣ Desconocimiento de terceros afectados
La providencia ignoró el efecto directo en los 1.856 discentes aprobados y en los homologados, cuyos intereses legítimos quedaban postergados. La medida dilataba la lista de elegibles y la provisión de cargos judiciales, lesionando la seguridad jurídica y el principio de igualdad.
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📌 Aporte doctrinal del fallo
El Consejo de Estado consolida tres exigencias para el juez contencioso al decretar cautelares:
•Motivación reforzada y ponderación expresa de intereses individuales y colectivos.
•Respeto estricto a la naturaleza cautelar: urgencia, necesidad y proporcionalidad.
•Consideración sistémica de los efectos económicos, administrativos y sobre terceros.
La sentencia no solo corrige un exceso judicial puntual: sienta un precedente sobre cómo las medidas cautelares deben preservar la coherencia del concurso de méritos y proteger la igualdad de quienes superaron las fases exigidas.