No es porque lo diga Delcy, un momento.
A las 4:53 pm 26/06 equipos y personal de rescate de más de 10 países van rumbo a La Guaira y a Tucacas, esto amerita que las autopistas estén despejadas.
El problema que como siempre mienten, cuando dicen la verdad no saben decirla y nadie les cree.
Favor difundir
Porfavor Alguien que tenga información de mis familiares desaparecidos
Glevelyn Ríos
Miguel Paredes
Saul Martin
AUDI Rios
en Taraguaneras, La Guaira, Edificio Riomar entrada hacia Playa escondida
@ozzieo212@maikeljose06@torcatdice Mi pana yo también ando buscando información de edificio Riomar, encontré este video pero no sé no recuerdo bien la zona.
Como parte del plan de tres fases del presidente Trump y del secretario Rubio para Venezuela, la Administración de Seguridad de Transporte de los EE.UU., @TSA por sus siglas en inglés, está trabajando para conectar más ciudades venezolanas con los Estados Unidos.
Happy Father's Day!! 💙
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Rules: https://t.co/MdkXLhjLrV
El IATA Travel Center ha actualizado la información disponible en su portal sobre el ingreso de venezolanos a los EEUU.
Aquí una traducción libre al español del texto publicado:
“Nacionales de Venezuela que lleguen a los EE. UU. el 9 de junio de 2025 o después no podrán entrar ni transitar.
Los siguientes pasajeros pueden entrar:
• un pasajero con una Tarjeta de Residente Permanente/Residente Extranjero (Formulario I-551); o
• un pasajero con una visa emitida por los EE. UU. antes del 8 de junio de 2025; o
• un ciudadano con doble nacionalidad que viaje con un pasaporte emitido por un país que no esté restringido; o
• un pasajero que viaje con una visa de no inmigrante válida en las siguientes clasificaciones: A-1, A-2, C-2, C-3, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5, o NATO-6; o
• un pasajero que sea atleta o miembro de un equipo deportivo, incluidos entrenadores, personas que desempeñen un papel de apoyo necesario y familiares inmediatos, que viaje para la Copa del Mundo, los Juegos Olímpicos u otro evento deportivo importante según lo determine el Secretario de Estado; o
• un pasajero con visas de inmigrante para familiares inmediatos (IR-1/CR-1, IR-2/CR-2, IR-5) con pruebas claras y convincentes de identidad y relación familiar; o
• un niño que esté siendo adoptado por un ciudadano estadounidense con una de las siguientes visas: IR-3, IR-4, IH-3, IH-4; o
• un pasajero con Visas Especiales de Inmigrante para afganos; o
• un pasajero con Visas Especiales de Inmigrante para empleados del Gobierno de los Estados Unidos; o
• un pasajero con visas de inmigrante para minorías étnicas y religiosas que enfrentan persecución en Irán.”