“Tu peor enemigo no te puede dañar tanto como tus propios pensamientos. Ni tu padre, ni tu madre, ni tu amigo más querido, te pueden ayudar tanto como tu propia mente disciplinada”.
Buda
#Fuedicho
“Quien con monstruos lucha cuide de convertirse a su vez en monstruo. Cuando miras largo tiempo a un abismo, el abismo también mira dentro de ti”. Friedrich Nietzsche
¡Buenas tardes! Los alumnos de la carrera de Derecho de @unibeenlinea compartirán información relevante sobre casos en materia de Competencia. Adelante grupo #1:
@VictorMateoVa @unibeenlinea Sin embargo, la dirección ejecutiva de PRO-COMPETENCIA, ha establecido que no fueron encontrados elementos suficientes que acrediten, prueben o demuestren que las empresas aseguradoras, hayan cometido alguna práctica de abuso de posición dominante conjunta en este mercado.
@VictorMateoVa @unibeenlinea Lo anterior, se desprende de la alta participación que ostenta el CENTRO ASISTENCIAL AL AUTOMOVILISTA, S. A., en el mercado de servicios de "Casas de Conductores -Casas Cárcel (76.58%) y la participación conjunta de las empresas que conforman dicha empresa (de un 70.89%).
@VictorMateoVa @unibeenlinea El proceso objeto de este estudio, versa sobre una denuncia interpuesta por la Fundación Jurídica en Defensa del Consumidor (FUNJUDECO), por alegadas practicas de abuso de posición dominante en el mercado de prestación de servicios de "Casas de Conductores-Casas Carcel".
@VictorMateoVa @PoderJudicialRD@TribunalConstRD@unibeenlinea La Tercera Sala de la SCJ, estableci�� que para la determinación de la renta neta imponible de los contribuyentes, hay que deducir los gastos, los cuales deben estar respaldados por comprobantes fehacientes de pago a fin de que pueda considerarse como una deducción admitida.