Sentir familiaridad con una narración literaria causa un intempestivo huracán de emociones. Logre sentir eso, por primera vez, leyendo a Mario Vargas Llosa , y solo asi pude conectar con la lectura, alguna vez repudiada por mí.
Hace minutos me entere de la muerte de Mario, de forma inmediata mi cuerpo se escarapelo y mi ojo se expreso. Adios, Mario, gracias por enseñarme lo hermoso de la literatura.
Con el pasar del tiempo se va dejando a uno mismo, se despide de sus costumbres e ideas; esto, para dar bienvenida a sus nuevas creencias y convicciones.
La teoria de la posición habilitante sobre la legitimidad para obrar choca con la "tutela jurisdiccional efectiva". "El mero hecho de alegar" que se tiene la legitimidad según el supuesto normativo, conlleva a analisis de causas absurdas.
Los ilicitos atipicos o sui generis tienen una relavancia fundamental en el ordenamiento juridico, puesto que revelan ilicitos que en el futuro podrian ser objeto de regulación normativa rigida (a través de una norma regulativa-regla).
La vida no tiene un proposito o un fin predeterminado, nosotros le atribuimos. Esa es la diferencia entra una vida fútil y vacia y una llena de esperanza.
Pasen momentos a lado de sus familias, sobre en estas fechas que son tan especiales. Quizas muchas veces no se cae en cuenta, pero es un privilegio tener una famila.
En las postrimerias de su vida, aquel pequeño arbol que supo crecer en la tierra más estéril, pierde el fuste que otorgan los años dorados, deteriorandose lentamente. Mientras tanto, otro crece, esperando poder ser más vigoroso para soportar la infecundidad de la tierra.
La usucapión solo tiene sentido en el poseedor no propietario, esta es la identidad del usucapiente (pues pretende ser propietario del bien). El copropietario no puede tener la identidad del usucapiente.
La diligencia ordinaria se lo ha entendido como una obligación (deber especifico en palabras de Zatti) del deudor; sin embargo, debe entenderse como un "deber" en sentido de situación juridica, que tiene relevancia en cada momento juridico, como la buena fe.
A mi entender, el derecho se ido formando en base a un criterio más preventivo que resolutivo y resarcitorio. Sin embargo, me surge la siguiente duda: ¿el derecho (objetivo) se tutela asi mismo como sistema normativo o tutela los intereses de sus receptores: las personas?