❤️🥹 UNA DE LAS HISTORIAS MÁS LINDAS DEL AÑO.
Maja Chwalinska llegó a Roland Garros habiendo ganado 865.000 dólares en toda su carrera, sin sponsors, fuera del Top 100 y luego de haber superado una dura depresión.
Maja Chwalinska se va de Roland Garros como subcampeona, con casi 1,5 millones de dólares en premios, siendo 21° del ranking y con la admiración del mundo entero.
Con 39 años.
Luego de 5 horas.
Contra un chico 20 años menor.
Dejó absolutamente todo lo que tenía y no le alcanzó, pero para nosotros eso no importa.
Novak Djokovic DIGNIFICA el tenis.
Marihuana :
🧠 Un estudio con casi 460.000 adolescentes encontró que el consumo de cannabis duplica el riesgo de trastornos bipolares y psicosis antes de los 25 años.
La depresión aumentó un 33% y la ansiedad un 25% en quienes consumieron.
El cerebro adolescente sigue desarrollándose hasta los 25 años. Lo que parece ���experimental” puede dejar huellas profundas en la salud mental.
#SaludMental #Adolescencia #Cannabis #Crianza
Djokovic se dirige a Nadal.
🗣️ “Me es raro verte ahí y no aquí abajo. En cierta forma siento como si hubiera sido dos españoles contra mí. Un 2 contra 1”
😂😂😂😂😂
El SUSCIVE hoy por hoy es más determinante en el bolsillo incluso que la DGI.
Cobra lo que quiere .
Cotiza el dólar a lo que quiere.
Toma medidas ilegales para obligarte a pagar las multas de radares con la patente.
La rebelión del contribuyente empieza ahora. Debes de saber que por ahora está es la última vez que no podes separar un pago de patente con las multas .
Por tanto no pagues las multas porque para limpiar su culpa en marzo te van a rebajar las multas al 50%.
Parece joda que un Senador esté dando estos consejos pero es la única forma de pararse firme al avasallamiento estatal
Uruguay 🇺🇾 acompaña un comunicado que no menciona la violación de derechos humanos, la persecución política, ni el fraude electoral que se registró en el ilegítimo gobierno de Venezuela 🇻🇪, el que por cierto aún sigue en el poder. No es para nada equilibrado este comunicado.
Se puede condenar el ataque de EEUU y al mismo tiempo alegrarse por la caída de Maduro.
También era posible ser de izquierda y denunciar la dictadura.
Era posible pero no se hizo.
¿Qué logró el Socialismo del Siglo XXI? Miseria y millones de venezolanos aplaudiendo a Trump. 🧵
La caída de Maduro es una buena noticia para la región, pero especialmente para los venezolanos 🇻🇪.
Por otro lado, el accionar de EEUU 🇺🇸 marca un antecedente delicado que genera incertidumbre sobre las posibles futuras acciones de Trump y el respeto del derecho internacional.
Si usted no es venezolano y no sabe lo que es vivir 27 años bajo una tiranía, no ha perdido 22lbs de peso por las políticas económicas socialistas del régimen, no sabe qué es emigrar y tener años sin ver a su familia, no sabe qué es andar como un paria sin documentos, no ha vivido represión y tortura de sus seres queridos; sepa entonces que la superioridad moral es de muy mal gusto. De pésimo gusto, de hecho.
Con profundo dolor comunicamos el fallecimiento de Cacho De la Cruz, ícono y referente de nuestra casa y de la televisión uruguaya 📺♾️
La Tele envía sus condolencias a su familia, amigos, compañeros y seguidores.
Hasta siempre, querido Cacho ❤️
Cardama: una controversia jurídica que pagaremos todos
El contrato con Cardama adquirió ribetes más políticos que jurídicos.
Conviene examinarlo desde una perspectiva legal, prescindiendo de valoraciones partidarias.
Del contrato surgen con claridad dos obligaciones principales:
Cardama se comprometió a construir y entregar dos patrulleras oceánicas.
Uruguay asumió la obligación de pagar el precio convenido.
Hasta aquí, una relación bilateral clásica.
Sin embargo, el contrato incluye obligaciones accesorias, entre ellas la constitución de dos garantías: una para respaldar el adelanto del pago y otra de cumplimiento del contrato.
Un punto crucial —ignorado en el debate público— es que el contrato comienza a regir solo una vez cumplidas determinadas condiciones, entre ellas la aceptación de las garantías.
Ese acto jurídico ya ocurrió: Cardama presentó las garantías y el Estado uruguayo las aceptó expresamente. A partir de allí, se efectuaron pagos, se inició la construcción de las embarcaciones y se realizaron inspecciones.
En consecuencia, el contrato estaba en plena ejecución.
Posteriormente, una de las garantías venció. En lugar de exigir su renovación, el Estado decidió ejecutarla. Al hacerlo, encontró irregularidades: una dirección incorrecta y una entidad emisora en liquidación.
La reacción oficial fue doble:
a) formular una denuncia penal por estafa, y
b) anunciar la rescisión del contrato.
Sobre la denuncia penal, cabe cautela: sin conocer su contenido y fundamentos, no puede formularse una valoración seria.
No obstante, si la objeción radica en la aceptación previa de una garantía defectuosa, ello compromete al propio Estado.
Resulta jurídicamente discutible rescindir un contrato alegando la invalidez de una garantía ya aceptada.
En materia contractual, las obligaciones asumidas por el Estado trascienden los cambios de gobierno: la persona jurídica es la misma. La aceptación de la garantía por parte de una administración anterior obliga a la siguiente, salvo prueba de dolo o fraude.
Invocar el error propio como causal de rescisión vulnera el principio de buena fe contractual.
Nuestra jurisprudencia es pacífica en cuanto a que un incumplimiento accesorio —como la caducidad o defectuosa constitución de una garantía— no habilita por sí solo a resolver un contrato en ejecución.
El contrato prevé una cláusula de mora automática de redacción ambigua. Rige para los atrasos del Estado. Solo en una mención secundaria la extiende a ambas partes. La doctrina y la jurisprudencia limitan severamente este tipo de cláusulas: solo procede la resolución inmediata cuando el incumplimiento es grave, esencial y contrario a la buena fe.
Ninguna de esas condiciones parece configurarse.
El Estado debió intimar al contratista a sustituir la garantía antes de declarar la rescisión. No hacerlo expone al pais a un juicio millonario por daños y perjuicios.
Más grave es desconocer el principio general del derecho según el cual “venire contra factum proprium non valet” —no se puede ir contra los propios actos—. Este principio, recogido en el artículo 1291 del CC, viene de la buena fe en la ejecución contractual.
Aceptar la garantía, liberar pagos y luego desconocerla constituye un acto de mala fe. Es la negación del acto jurídico propio que habilitó la ejecución del contrato.
Ello muestra una falta de prudencia institucional.
Se actuó con precipitación —conferencia de prensa, denuncia penal, anuncio de rescisión— sin agotar las vías jurídicas previas.
Parece un accionar mas político que de defensa jurídica del interés nacional.
La advertencia, atribuida a Napoleón —“vísteme despacio que estoy apurado”— parece haber sido ignorada.
El resultado será otro litigio internacional largo y costoso, que terminará resolviéndose bajo otro gobierno, con cargo al erario público. Mientras tanto las responsabilidades se diluirán en el debate político y los costos los pagarán los mismos de siempre: los contribuyentes uruguayos.
El único beneficiado de aplicar el IVA a las compras TEMU es el gobierno que va a recaudar más de U$ 30 millones por año. A los ciudadanos los perjudica porque aumentan los precios y a los comerciantes no les mejora la competencia porque TEMU sigue siendo mucho más barato