lestooo... teminó partido.
Ganó Argentina.
Donde perdimos es acá 👇
Hoy en el Boletín Oficial salta el decreto 478/2026.
Caputo, endeudador serial, vuelve a tomar deuda externa en dólares ley extranjera.
Pidió u$5.000 millones con entidades financieras.
Sep. 5 mil millones de dólares, amigue!
Queré mas? Con renuncia de jurisdicción para litigios a favor de New York (sin soberanía pa pelar).
Tras dos movidas fallidas para cerrar el caso $LIBRA en la Argentina, comenzó a gestarse un tercer intento. El abogado Fernando Burlando sondeó si es posible una reparación integral del daño a los inversores afectados y cerrar la causa penal sin condenas. Pero su plan chocó con dos obstáculos: para Hayden Davis no hubo fraude y el presidente Javier Milei y su hermana Karina deberían ser exculpados antes.
https://t.co/nZiiulhFkB
Argentina’s cabinet chief Manuel Adorni admitted to hiding about $500,000 in savings from tax authorities, as President Javier Milei’s officials grapple with a corruption scandal that has paralysed the rightwing government. https://t.co/imKWVuf5V7
🚨 EL MAR ARGENTINO NO ES UN "BIEN COMÚN GLOBAL"
Presentamos una nueva ampliación del pedido de juicio político a Javier Milei (Expediente 7236-D-2025).
El desgobierno nacional firmó con el Comando Sur de los Estados Unidos y la IV Flota el llamado "Protecting Global Commons Program": un acuerdo a cinco años para "vigilar" el Atlántico Sur, con transferencia de equipamiento, entrenamiento y capacidades de inteligencia y reconocimiento (ISR). Todo a espaldas del Congreso, anunciado por la embajada de EEUU antes que por el Poder Ejecutivo Nacional.
Que una nación extranjera — aliada militar en la OTAN del Reino Unido, ocupante de nuestras Malvinas— hable de "bienes comunes globales" sobre el Mar Argentino no es un detalle de lenguaje: es una vulneración a la soberanía argentina.
Sobre nuestros espacios marítimos la Argentina ejerce control soberano, no "gobernanza compartida". Entregar la vigilancia del Mar Argentino en el Atlántico Sur a EEUU es una cesión de soberanía inaceptable, que sin lugar a dudas constituye una nueva causal de juicio político contra Javier Milei.
Así estaba la plata de Leal cuando la encontraron. El detalle más importante: las fajas de los termosellados. Son las que utiliza la Reserva Federal estadounidense. ¿Cómo llegaron en exactamente la misma disposición desde la entidad monetaria de EEUU hasta el expresidente de Arsat? Es muy improbable que un banco (luego de recibirlo así del Banco Central) haya entregado dinero de esta forma a un cliente. Mucho menos a una persona políticamente expuesta como Leal, que no tenía blanqueado este monto en su declaración jurada patrimonial. Así no cobran coimas los políticos. Mucho nerviosismo por este tema.
El estos 13 minutos del editorial de Carlos Pagni en @OdiseaArgentina hay más mafia y corrupción que en los 202 minutos de "El Padrino 2".
(Leonardo Scatturice, @slcaputo, coimas, negociados, robo, cocaína, Villa - Manzano y un larguísimo etcétera).
Imperdible entrevista a Diego Giacomini , el mentor liberal de Javier Milei, compañero de estudios y de cátedra universitaria de Axel Kiciloft y la persona que más conoce al mismo tiempo a ambos.
- "Este es el gobierno más violento de la democracia moderna y además antiliberal"
- "Cuando un gobierno es cada vez más violento, la economía va cada vez peor"
- "El peor daño de este gobierno es el cultural"
- "En 2027 ante un balotage entre Milei y Kiciloft, prefiero que gane cualquiera menos Milei"
@JMilei@jmilei_english@GiacoDiego , @Fontevecchia@Kicillofok
Lo que la gente cree que es el superhombre nietzscheano: *foto de guerrero Chad musculoso empresario con el que se moja Santi Caputo*
Lo que es verdaderamente el superhombre nietzscheano:
"¿Justo siete?"
Ese mini dialogo define completamente a los dos personajes, establece su relación y el clima de época.
La Historia Oficial es una obra maestra por cosas como estas. No hace falta más que insisitr: "¿justo siete?", y todo se entiende.
El resto de la escena es CINE
Corren tiempos turbulentos donde se intenta pisotear la memoria. No se busca debatir una cifra, se busca destruir un concepto. Y lo vil de reivindicar un plan de exterminio estatal jamás logrará callar lo que un pueblo gritó y sentenció para siempre:
¡Nunca Más! Y es ¡Nunca Más!
Este Spot de Abuelas cumple 20 años, no deja de emocionarme porque ahí está Franco, mi sobrino. Y pienso en los casi 300 niños, hoy adultos, tal vez padres o abuelos ya, que fueron apropiados y no saben que hace casi 50 años tienen una familia que los busca. Sigamos aplaudiendo!
Boca Juniors ratifica su compromiso por mantener viva la memoria de los 30.000 desaparecidos que dejó la última dictadura militar en la Argentina.
A 50 años del golpe cívico-militar, decimos #NuncaMás
IMPRESIONANTE cantidad de gente en la Marcha De Antorchas de La Boca a 50 años del Golpe del 76 y en repudio a los pichones de fascistas que nos gobiernan hoy. Este pueblo resiste y no olvida. El martes la Plaza de Mayo vamos a ser cientos de miles por la Memoria, la Verdad y la Justicia 🔥✊✌️
Olor a Videla en el Senado de la Nación
La reforma laboral que propone el gobierno y cuya vocera es la represora Bullrich tiene algunos elementos que deben dimensionarse para entender por qué es tan importante enfrentarla.
Hace casi 50 años, apenas asumió el gobierno instaurado mediante un golpe de Estado en marzo de 1976, se eliminaron 25 artículos de la Ley de Contrato de Trabajo y se modificaron otros 98 de los 301 originales de la LCT; así, cerca del 40 % de la ley fue suprimido o alterado.
La contrareforma laboral en la que Milei, Bullrich y Sturzenegger son los tres tristes títeres de los estudios jurídicos de las grandes patronales, modifica más del 25 %.
¿Por qué decimos que no es una reforma más?
1.- Es un verdadero cambio de paradigma, totalmente regresivo, cuyo objetivo central es desmantelar derechos de los trabajadores existentes en el régimen actual y reemplazarlo por una lógica de “mercado de trabajo” flexible, disciplinado y aún más funcional a las necesidades del capital.
Se avanza notoriamente en el quite de derechos, la atomización de la clase trabajadora y la transferencia de recursos hacia los empresarios.
Se intenta establecer que hay una equidad entre el empresario y el trabajador, partiendo de la mentirosa idea liberal de que podrían negociar libremente, pero quien vende su fuerza de trabajo no negocia en condiciones de libertad real frente a quien detenta el capital.
Así, se elimina el fundamento mismo del derecho del trabajo. El trabajador es privado de las herramientas jurídicas históricamente conquistadas para intentar defender sus derechos. Esto se expresa en numerosos artículos del proyecto.
2.- Es totalmente ilegal; contradice la Constitución Nacional. La reforma modifica aspectos impositivos, por lo que de ningún modo podría haber ingresado por el Senado. De avanzar, seguramente le acarreará sendas declaraciones de inconstitucionalidad.
Impuestos.
a) El Título XXIV (arts. 185 a 192) se denomina "Modificaciones a leyes impositivas". Consiste en:
- art. 185: Reducción del IVA del 10,5% para las empresas de provisión de energía eléctrica utilizada en sistemas y/o equipos de riego con destino al sector agroindustria;
- art. 186: Permite que las pérdidas de las empresas se actualicen por inflación, para que no se licúen con el paso del tiempo y puedan usarse plenamente para pagar menos Impuesto a las Ganancias;
- art. 187: Amplía la exención del Impuesto a las Ganancias a los intereses de todos los plazos fijos, no solo los que están en pesos;
- art. 188: Elimina el Impuesto a las Ganancias sobre los alquileres de viviendas y sobre la ganancia en la venta de inmuebles, a partir de 2026;
- art. 189: Permite a los establecimientos de engorde a corral e invernada valuar su hacienda con métodos más favorables, reduciendo la base imponible del Impuesto a las Ganancias y pagando menos impuesto;
- art. 190: Reduce las alícuotas del Impuesto a las Ganancias que pagan las empresas, bajándolas del 30 % al 27 % y del 35 % al 31,5 %, a partir de 2026;
-art. 191: Elimina el Impuesto Interno que se cobraba sobre seguros, telefonía celular y satelital, y sobre bienes considerados suntuarios como autos, embarcaciones y aeronaves;
-art. 192: Elimina como fuente de financiamiento del Fondo Cinematográfico las multas y sanciones aplicadas en el marco de la Ley de Procedimiento Tributario (Ley 11.683), limitando los recursos del INCAA únicamente a sanciones derivadas de la propia Ley de Cine.
Otros artículos.
-art. 67: Exime de IVA y Ganancias al fondo de asistencia laboral (el que se crea con el 3% que iba a la ANSES para pagar indemnizaciones);
-art. 178/179: RIMI (Régimen de Incentivo Medianas Inversiones), beneficios fiscales en el Impuesto a las Ganancias, mediante amortización acelerada de inversiones productivas, y en el IVA, mediante devolución o acreditación anticipada del crédito fiscal;
3.- Es contraria a todos los Convenios y Tratados asumidos por nuestro país. Centralmente, porque es muy regresiva, afecta derechos adquiridos y no respeta el principio de progresividad, cuestión que está prohibida.
4.- Desfinancia el sistema de la seguridad social mediante la instauración del régimen de Fondo de Asistencia Laboral y con la eliminación de tres puntos porcentuales de las contribuciones patronales. Se pierde una enorme masa de recursos que se redirige a financiar indemnizaciones por despidos y se ataca fuertemente los ingresos de la ANSES.
La transferencia de recursos no termina allí. El proyecto reduce también el aporte patronal a las obras sociales del 6% al 5%, lo que impactará de manera directa en la prestación de salud de las familias trabajadoras.
4.- Se legisla el sueño de Mauricio Macri. Propone que la Justicia Nacional del Trabajo se disuelva una vez transferidas las competencias a CABA. Esto no es menor, es un pedido desde hace años de las grandes patronales para que todo juicio laboral sea revisado por un tribunal como el TSJ, antiobrero, antipopular como pocos y que siempre encuentra la vuelta para darle la razón al gobierno de la Ciudad, es decir, al macrismo y sus amigos.
ARTÍCULO 91- Vigencia transitoria de la Justicia Nacional del Trabajo. La Justicia Nacional del Trabajo mantendrá su vigencia hasta tanto se instrumente el acuerdo de transferencia de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo entre la Nación y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Una vez formalizado dicho acuerdo, se dispondrán los actos necesarios para su progresiva disolución conforme las previsiones y plazos que surjan de dichos instrumentos.
También el artículo 90 establece aplicación obligatoria en materia laboral de fallos de la Corte Suprema, bajo causal de mal desempeño del juez que no lo haga. Esto es una reforma constitucional lisa y llana; por ende, es totalmente inconstitucional que se haga por ley.
5.- Ataca la cultura; es elitista hasta en eso.
El art. 210 elimina el impuesto que pagan los espectadores que concurren a salas de cine y que va al Fondo de Fomento Cinematográfico que financia parcialmente al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
El artículo 211 desfinancia de forma directa al cine nacional y a los medios públicos al modificar el destino de los gravámenes de la Ley 26.522, excluyendo al INCAA y a Radio y Televisión Argentina S.E. del reparto de los fondos
6.- Arremete contra el derecho a huelga y organización.
La reforma avanza de manera regresiva sobre los derechos colectivos: restringe el derecho de huelga ampliando arbitrariamente los llamados “servicios esenciales”; ataca las asambleas en los lugares de trabajo mediante autorizaciones previas y prohibiciones y fragmenta la negociación colectiva al priorizar convenios por empresa, debilitando deliberadamente a las organizaciones sindicales y la representación colectiva.
Por eso, es el momento de pasar a la acción y organizar la resistencia. No hay silencio o pasividad que no constituya complicidad.