Estimado y admirado profesor:
En ningún momento mi intención ha sido hacerme el tonto ni nada que se le parezca. Dejando de lado las alusiones a cuestiones personales, pues entiendo no vienen al caso y no aportan nada al debate académico que me anima, lo que expresé en mi publicación anterior, y reitero y sostengo ahora porque así lo sigo entendiendo, es que en este momento hablar de inconstitucionalidad es absolutamente extemporáneo, pues, como expresé anteriormente, el acto objeto de control – sea de legalidad o constitucionalidad – es el acta que recoge la decisión adoptada por el @CNmagistratura el pasado viernes y el contenido de dicha acta aún no se conoce.
Sí tengo que decir que difiero de ti en el sentido de calificar de infame las actuaciones de este @CNmagistrura. Lo que yo he visto, y de lo único que puedo dar testimonio y a lo que sí me sumo, es un proceder ético, pulcro y absolutamente apegado a la juridicidad de todos y cada uno de sus miembros y, en consecuencia, del Consejo en sí mismo; igual que, dicho sea de paso, entiendo que ha sido, en sentido general, el de los anteriores Consejos. Un abrazo.
Estimado y admirado profesor:
En ningún momento mi intención ha sido hacerme el tonto ni nada que se le parezca. Dejando de lado las alusiones a cuestiones personales, pues entiendo no vienen al caso y no aportan nada al debate académico que me anima, lo que expresé en mi publicación anterior, y reitero y sostengo ahora porque así lo sigo entendiendo, es que en este momento hablar de inconstitucionalidad es absolutamente extemporáneo, pues, como expresé anteriormente, el acto objeto de control – sea de legalidad o constitucionalidad – es el acta que recoge la decisión adoptada por el @CNmagistratura el pasado viernes y el contenido de dicha acta a��n no se conoce.
Sí tengo que decir que difiero de ti en el sentido de calificar de infame las actuaciones de este @CNmagistrura. Lo que yo he visto, y de lo único que puedo dar testimonio y a lo que sí me sumo, es un proceder ético, pulcro y absolutamente apegado a la juridicidad de todos y cada uno de sus miembros y, en consecuencia, del Consejo en sí mismo; igual que, dicho sea de paso, entiendo que ha sido, en sentido general, el de los anteriores Consejos. Un abrazo.
Lo que hasta ahora ha sucedido, y lo único que se sabe, es que el @CNMagistratura, en el ejercicio de una de sus competencias constitucionales, evaluó tres jueces de la Suprema Corte de Justicia y esos jueces no superaron dicha evaluación. El ejercicio de esta competencia, y su resultado, en sí mismo JAMÁS puede resultar inconstitucional. Cuestión distinta son los actos - y, sobre todo, su contenido - en concreción del ejercicio de dicha competencia, que son los que sí pueden resultar o no contrarios a la Constitución. En el caso de la evaluación de los jueces de la SCJ, son las actas las que servirán de base para determinar si las decisiones contenidas en ella son constitucionales o no, y ahora mismo solo los consejeros conocen el contenido de las actas.
@Enrique_Rojas1 No fue un despido. El despido es la terminación del contrato de trabajo como consecuencia de una falta cometida por el trabajador, lo cual no es el caso. Fue una desvinculación motivada por movimientos y reestructuraciones en NY. Sería bueno que aclararas eso @Enrique_Rojas1
Conversando y escuchando sobre la reforma constitucional, las propuestas, el procedimiento a seguir y los posibles escenarios ante la Asamblea Nacional Revisora.
Con profundo pesar, nos unimos al dolor que embarga a la familia de Julio César de la Rosa, presidente de la Alianza Dominicana Contra la Corrupción @ADOCCO ante la irreparable pérdida de su hijo, Julio César de la Rosa Peralta.
En estos momentos de tristeza, extendemos nuestras más sentidas condolencias y solidaridad a toda su familia y seres queridos.
Manejamos la información de que los legisladores de la oposición pretenden boicotear la rendición de cuentas del presidente @LuisAbinader retirándose de la Asamblea. Consideramos esta acción como un agravio innecesario a la institucionalidad y la democracia de nuestro país.
Se recuerda que hoy cierra el plazo para presentar objeciones y reparos a las candidaturas al @TribunalConstRD. Los interesados deben dirigirse a la #SecretaríaCNM a más tardar a las 4:00 p.m. del día de hoy.
El espaldarazo que merece Babeque | Acento. Merecido reconocimiento a un colegio ejemplar, a una directora admirable, a una trayectoria impecable, llena de valores y buena educación.Ojalá clonar 200 Rosalinas y ver si la calidad de la educación se arregla! https://t.co/lP1h8wm1kz
Continúa la lista. Al cierre de hoy, en la #SecretaríaCNM se recibió una postulación más para el @TribunalConstRD. La lista completa hasta el momento es la siguiente:
1. Rafael Leonidas Ciprián Lora.
2. Dalia María Feliz Ramírez.
@gilbertmarcelo9@julianrgomezm Yo no dije, ni pienso, que el reglamento es un acto administrativo, sino que es un ACTO de carácter normativo. ¿Si no es un acto, qué es, un hecho?
@julianrgomezm@PenaAlejandro Ver al reglamento dentro de la categoría del acto administrativo es desconocer la legislación. El art. 8 de la Ley 107-13 es específico al indicar que el acto administrativo produce efectos jurídicos directos, individuales e inmediatos: algo con lo cual no cumple el reglamento.
@julianrgomezm El reglamento sí es un acto. El acto se contrapone al hecho, donde el primero supone una manifestación de voluntad. El reglamento es una manifestación de voluntad. El acto administrativo también. El reglamento es un acto de carácter reglamentario.
Se instaló la 2da. promoción del doctorado en derecho que imparten en conjunto @PUCMM y @UExternado. Ahí estuvimos gran parte del primer grupo, para motivarlos y darles apoyo. Les deseo éxitos en este inolvidable trayecto. ¡Post Tenebras Spero Lucem!