¿Sabías que tu demanda de amparo puede ser desechada o sobreseída sin siquiera analizar si las autoridades te violaron o no tus derechos? 📚
Se llama improcedencia y es una de las figuras más importantes (y peligrosas) del juicio de amparo 😱
La improcedencia ocurre cuando falta o no se cumple con algún presupuesto procesal esencial al promover el amparo (por ejemplo, presentarlo extemporáneamente 🤦🏻♂️), o bien, durante su trámite (por ejemplo, cuando no acreditas tu interés jurídico o legítimo 😭), y significa que aunque tengas toda la razón en el fondo (conceptos de violación), si no cumples ciertos requisitos constitucionales o legales, el juez 👨⚖️ no puede entrar al estudio de fondo. ¿El resultado? demanda desechada o juicio sobreseído 😔
Estas causales de improcedencia están principalmente en el artículo 61 de la Ley de Amparo, son de orden público y de estudio oficioso y preferente, por lo que representan verdaderos “obstáculos” 🧗🏻 que debes sortear antes de llegar a la "meta" en el amparo: que el juez analice si el acto reclamado es constitucional o no 🥇. Entenderlas bien puede marcar la diferencia entre ganar o perder tu amparo desde el primer día.
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No existe una formula exacta para destacar como profesional del Derecho, de haberla créanme que se las daría.
De entrada y siempre: estudiar. Después trabajar muy duro (diligente, ingeniosa e inteligentemente).
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En tu casa, con tu gente, con un hombre de más casi todo el segundo tiempo, con la altura ¿y así “festejamos” quedar eliminados una vez más en exactamente la misma instancia de siempre porque “jugamos como nunca”?
No bueno, por eso estamos como estamos 🤷🏻♂️
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Mientras estudiaba la licenciatura muchos me hacían bullying por estudioso y aplicado, se reían de mí porque no era vago.
Jóvenes, deduzcan quién ríe ahora.
"Rubén López Compliance y Defensa Penal Fiscal: Asesoría especializada en cumplimiento normativo y defensa penal fiscal. Protegemos tus intereses y te guiamos a través de soluciones legales efectivas."
Las empresas fantasma, ahora conocidas como factureras, no son un mero truco contable y fiscal. En realidad son una de las principales causas de destrucción de la Hacienda pública y de la impunidad en México.
En los últimos diez años su crecimiento ha sido exponencial, con severos impactos en la economía, la justicia y el desarrollo social, como lo explico a continuación:
1. En materia económica, los daños se ocasionan por una defraudación fiscal masiva. Al emitir facturas falsas por operaciones inexistentes, merman drásticamente los ingresos del gobierno federal. Los registros acumulados en el Servicio de Administración Tributaria [SAT] arrojan cientos de miles de millones de pesos evadidos de ISR e IVA, que terminaron en las bolsas de los factureros, en lugar de destinarse a servicios de salud, seguridad pública e infraestructura.
2. En el ámbito político y de gobierno del Estado, las empresas fantasma son los verdaderos vértices de la corrupción. Las redes como "La Estafa Maestra" o los desvíos históricos en el sector salud son emblemáticas de la manera en que, mediante operaciones simuladas, el erario federal es saqueado por las factureras. En no pocas ocasiones, los recursos obtenidos por este método se destinan al financiamiento ilegal —fuera de los reportes y controles del INE— de campañas políticas de partidos y candidatos.
3. En el sistema financiero, las factureras se utilizan para el lavado de dinero proveniente de actividades delictivas, no solo de evasión fiscal y desvío de recursos públicos, sino también de narcotráfico, extorsión y, de manera destacada, huachicol fiscal. El mecanismo es el mismo: la simulación de operaciones en apariencia lícitas, sobre todo de la delincuencia organizada, utilizando prestanombres o identidades robadas para ocultar a los verdaderos dueños del dinero (factureros). De hecho, en la actualidad puede afirmarse que la verdadera vocación de las empresas fantasma es el lavado de dinero.
4. El desafío para combatir a las factureras no es menor, pues las estructuras legales que han desarrollado son sofiscadas y trasnacionales —también utilizan empresas extranjeras—, con asesoría legal, contable y financiera de alto perfil profesional. Esto evidencia que el problema no solo existe en México, sino en otros países, de manera destacada en EE.UU.
5. Además, la persecución de las empresas fantasma tiene una deficiencia estructural: su combate se continúa articulando desde la cancha tributaria, cuando, como antes comenté, el problema es que la evasión fiscal es, si cabe decirlo, el menor de sus “negocios”. Las facultades del SAT son insuficientes y no idóneas para desarticular las estructuras de la delincuencia organizada que operan el lavado dinero proveniente de narcotráfico, extorsión y huachicol fiscal.
6. Existe otro contratiempo de carácter funcional: las actuaciones del SAT y las publicaciones de empresas fantasma (ahí llamadas EFOS), solo tienen efectos en el ámbito fiscal. Esto significa que esos listados no producen consecuencias legales directas —se consideran simples ‘indicios’— en materia de delitos de corrupción pública y lavado de dinero.
7. Otro problema crítico es detectar en dónde termina el dinero que es lavado a través de empresas fantasma. Cada investigación periodística plantea las mismas preguntas: ¿cuándo se van a recuperar los recursos públicos que fueron desviados por empresas fantasma? y ¿cuándo se combatirá financieramente a la delincuencia organizada?
8. Para lograr el desarrollo económico y social de México se requiere un compromiso real para combatir a las empresas fantasma, como una decisión de Estado, en la medida que se trata de operaciones realizadas por la delincuencia organizada y, en ciertos casos, se trata de operaciones identificadas por EE.UU. como organizaciones terroristas extranjeras (FTO).
Hoy nos toco visita a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, por amparo de un cliente contra inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas.