De entre todos los bulos del comisario Ruiz en RTVE me quedo con esta escena.
Javier Ruiz presentó como médico y sanitaria a una señora vestida con una bata que resultó no ser ni médico ni sanitaria. Pero la cosa no quedó ahí. 😂 Cuando todo fue descubierto, la llamaron de nuevo y Ruiz intentó tapar el "bulo de la sanitaria" con una montaña de nuevos bulos:
— Ruiz dijo que eso de "cocinera" era un bulo: la misma señora le aclaró que, efectivamente, sí fue cocinera.
— Ruiz dijo que era “la responsable de admisiones en traumatología”: la señora lo tuvo que corregir diciéndole “soy simple una administrativa”.
— Y para terminar el bochorno, antes de despedirse, la señora soltó que era una liberada sindical de UGT. ¡BOOOM! 😂👇🏻
Hay que ser un bastardo para no alegrarse ver a esa chiquillería, cantando porque han finalizado el Camino de Santiago, no hacen daño, no insultan, no violan, no roban, no matan, sólo cantan al final del Camino, un Camino espiritual de bondad y recogimiento, por eso les jode.
La Policía detiene a un marroquí en Ceuta que se coló por el balcón de un quinto piso, se metió en calzoncillos en la cama donde descansaba una mujer de 62 años mientras su marido e hijo estaban en el salón
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MEN-TI-RA. Y no por repetirlo mil veces se va a convertir en verdad.
Los requisitos para desbrozar un terreno en la CAM son los siguientes:
1) Terrenos urbanos o solares (dentro de núcleos urbanos):
Normalmente no se necesita autorización de la Comunidad de Madrid para desbrozar maleza o hierba.
Sí es obligatorio según la ordenanza municipal del ayuntamiento.
Hay que retirar los restos vegetales a un punto limpio o vertedero autorizado (no dejarlos en la parcela).
El ayuntamiento puede exigir el desbroce mediante notificación y, si no se cumple, hacerlo de forma subsidiaria cobrando el coste al propietario + posible multa.
2) Fincas rústicas o zonas de interfaz urbano-forestal:
Obligación de desbrozar una franja perimetral de seguridad (normalmente 4-30 metros según el municipio y el Plan INFOMA / PAMIF municipal).
Restos vegetales deben retirarse a punto limpio o vertedero autorizado.
Consultar siempre el ayuntamiento (muchos publican bandos anuales con plazos concretos).
3) Terrenos forestales / montes no gestionados por la Comunidad de Madrid:
Según la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (autorización de aprovechamientos en montes no gestionados): No se necesita autorización ni declaración responsable cuando: Se trata de matorral de altura inferior a 1,5 metros, de especies no protegidas y sobre una superficie que no supere los 1.000 m² al año.
Aprovechamiento de ramas muertas o caídas.
Cortas necesarias para obras ya autorizadas (con intervención previa de la administración forestal).
Declaración responsable cuando:Existe un proyecto de ordenación o plan técnico aprobado y en vigor.
Aprovechamientos domésticos de menor cuantía (hasta 10 m³ o 20 estéreos de especies no protegidas).
Autorización expresa (con tasa) cuando: Se trata de desbroce o corta de vegetación forestal que no entre en los casos anteriores.
Documentación habitual: solicitud + planos u ortofotos de SIGPAC señalando la zona exacta de actuación (+ capa digital cartográfica recomendable).
4) Restricciones importantes del Plan INFOMA (prevención de incendios):
En época de peligro medio y alto (generalmente de junio a septiembre/octubre): El uso de maquinaria que pueda generar chispas (desbrozadoras de disco, motosierras, etc.) en terreno forestal o en una franja de 400 metros alrededor requiere autorización específica.
Prohibición de fuego (incluyendo quemas de restos) en terreno forestal y franja de 400 metros.
Los restos del desbroce nunca se pueden dejar acumulados en la parcela.
5) Casos especiales que siempre requieren más trámites:
Si hay árboles (tala o poda severa): normalmente se necesita licencia municipal (Ley 8/2005 de Protección del Arbolado Urbano y ordenanzas locales). Excepciones habituales: árboles jóvenes (<10 años) o de diámetro <20 cm en suelo urbano no protegido.
Si el terreno está en un Espacio Natural Protegido o afecta a especies de flora protegida: autorización específica de la Consejería de Medio Ambiente.
Cambio de uso del suelo (de forestal a otro): requiere autorización administrativa y está muy restringido.
Así que el "solo" te lo comes con patatas majete.
La Conunidad de Madrid ya ha publicado el contrato de la reforma de la Puerta del Sol. 59.377 euros.
Se tramitó por el único procedimiento sin anuncio público que existe. Una sola oferta presentada.
Y una fecha. El ático se compró el 14 de abril porque había que hacer obras. El primer documento del expediente de esas obras es del 2 de junio. Ni informe, ni proyecto, ni pliegos, ni crédito. Las obras no empiezan hasta 2027.
Vamos a desmontarlo con los documentos publicados hoy. Hilo 🧵