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¿Recuerdan la acción de inconstitucionalidad 130/2019? La de la PPO, ponencia del ministro Aguilar Morales, que limita dicha medida y restringe su aplicación para respetar presunción de inocencia y estándares internacionales. Publicada ya en el SJF: https://t.co/63HraCZcP1
Hemos incorporado a nuestro equipo un agente de inteligencia artificial diseñado específicamente para la identificación de contradicciones en los documentos presentados por la contraparte, las cuales podrían constituir delitos de fraude procesal y/o falsedad ante las autoridades competentes.
Este agente realiza un análisis exhaustivo de las actuaciones contenidas en el expediente “A” y las compara con las declaraciones realizadas por la misma persona en el expediente “B”. El resultado de este análisis consiste en la identificación de contradicciones, la presentación de pruebas que se contradicen entre sí, la indicación precisa de la página donde se evidencia dicha contradicción, y la determinación del momento en que se configura el delito, a partir de un análisis exhaustivo de los elementos normativos, objetivos y subjetivos del mismo.
Adicionalmente, el agente sugiere los actos de investigación necesarios para dotar de materialidad legal a las contradicciones identificadas y, en última instancia, optimiza el tiempo de trabajo humano. En cuestión de segundos, se obtienen elementos clave para demostrar las posibles falsedades presentadas por la contraparte.
Posteriormente, corresponde al abogado corroborar la información, integrarla a los expedientes correspondientes y utilizarla en beneficio de los intereses de su representado.
Cabe destacar que el agente actúa de manera objetiva, informando también si no existen contradicciones y existe coherencia narrativa y probatoria. Es decir, no actúa con un afán de señalar un delito, solo lo hace cuando existe evidencia que lo sustente. Actúa de manera imparcial, basándose únicamente en datos objetivos.
La aplicación adecuada de la inteligencia artificial en el ejercicio del derecho representa un avance significativo.
Nota: La determinación del fondo de un asunto, la estrategia de litigio y/o negociación, deben ser siempre decisiones humanas que no pueden ser sustituidas por la inteligencia artificial.
En el ámbito de la argumentación, hay dos obras que considero especialmente enriquecedoras:
Argumentación jurídica, del profesor García Amado
Interpretar y argumentar, de Guastini
A partir del contenido de ambos libros, elaboré el siguiente esquema que clasifica dos tipos de argumentos interpretativos:
Si tuviera que recomendar solo unas cuantas sentencias para comenzar a estudiar el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, estas estarían en la lista.
Velásquez Rodríguez, Almonacid Arellano y Lagos del Campo marcaron el desarrollo de conceptos fundamentales como la debida diligencia, el control de convencionalidad y la justiciabilidad de los DESCA. Son lecturas obligadas para cualquier persona interesada en derechos humanos.
No todos lo abogados poseen un conocimiento profundo de los mecanismos establecidos por el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para la imputación de personas jurídicas. En consecuencia, sus querellas e investigaciones se enfocan predominantemente en la búsqueda de la imputación de personas físicas con alguna vinculación al delito.
Sin embargo, ¿no resultaría sumamente beneficioso imputar a la entidad empresarial que, conforme a alguno de los cuatro supuestos previstos en el artículo 421 del CNPP, ostenta responsabilidad penal?
La clave reside en el dominio de las cuatro teorías de imputación de la responsabilidad penal que se encuentran arraigadas en nuestro sistema jurídico penal. (Agencia, Dirección, Funcionalidad e identidad)
El razonamiento probatorio es esencial porque impide decisiones judiciales fundadas en intuiciones, prejuicios o autoridad.
Obliga a explicar por qué una prueba acredita un hecho y con qué fuerza. Sin buena valoración probatoria, no hay justicia, solo apariencia de decisión.
ELEMENTOS QUE CONFIGURAN LA NULIDAD DE ACTUACIONES
La doctrina señala que para que se configure la nulidad de actuaciones, es necesario que concurran ciertos elementos, ya que ante la existencia de uno solo o la falta de cualquiera, no se da la nulidad.
Se entrega en Arizona el general en retiro, Gerardo Mérida Sánchez, ex secretario de Seguridad de Sinaloa.
Es gente de Luis Cresencio Sandoval .
Toda la información ya ha sido entregada.
“Análisis de la Prueba”
Título original: Analysis of Evidence (2ª edición)
Autores: Terence Anderson, David Schum y William Twining
Edición en español: 2015, Marcial Pons
Es un manual clásico sobre la lógica del razonamiento probatorio.
Enseña a analizar, organizar, evaluar y argumentar con pruebas de forma rigurosa y sistemática, combinando derecho, lógica, psicología y probabilidad.
Su objetivo principal: mejorar la capacidad de “hacer cosas inteligentes con las pruebas” tanto en juicios como en investigaciones, inteligencia o cualquier toma de decisiones basada en hechos.
El libro desarrolla un enfoque práctico que integra dos grandes perspectivas:
- Análisis atomista (examinar cada prueba individualmente)
- Análisis holista (construir y evaluar relatos coherentes)
Herramientas principales que enseña:
- El método de esquemas o chart method (heredado de Wigmore): diagramas visuales para mapear cómo las pruebas apoyan o contradicen hipótesis.
- Protocolos para evaluar credibilidad de las fuentes y fuerza probatoria.
- Uso equilibrado de listados, cronologías y narrativas.
- Evaluación crítica de generalizaciones (las reglas de la experiencia) y relatos (historias).
- Relación entre prueba y probabilidad (incluyendo críticas a la aplicación directa de Bayes).
- Muy práctico: lleno de ejercicios, casos reales y ejemplos (Bywaters & Thompson, Sacco y Vanzetti, etc.).
- Interdisciplinario y actual.
- Evita dogmatismo: muestra los riesgos de sesgos, narrativas simplistas y generalizaciones falsas.
- Útil tanto para estudiantes y profesores de Derecho como para abogados, jueces, fiscales y analistas.
Es la mejor guía moderna para pensar de forma estructurada y crítica sobre las pruebas, superando la mera aplicación de reglas procesales y ayudando a construir argumentos fácticos sólidos.
Es un libro de referencia obligada en derecho probatorio a nivel internacional.
No es de lectura ligera, pero es extremadamente formativo y aplicable.
Recuerda amigo legal:
El argumento a pari es “donde hay la misma razón hay el mismo derecho”
Si en una determinada circunstancia de derecho se establece una consecuencia, en otra sustantivamente similar pero que no tiene norma jurídica aplicable, le es procedente aplicar la misma consecuencia.
Texto para que aprendas más de esto:
PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN MÁS FAVORABLE A LA PERSONA
La doctrina señala que la obligación de resolver conforme al principio en cuestión, se traduce en la elección de la norma o la interpretación más favorable para la persona, de entre las que resulten aplicables al derecho reconocido, pero no de todo el universo normativo.