Gilinski: 150.000 millones
Andi: 100.000 millones
Santo Domingo: 100.000 millones
Nu bank: 100.000 millones
Qué mal día para ser anti empresa.
Qué buen día para ser capitalista.
En el terremoto de Tumaco año 1979, doña Nydia Quintero de Turbay, primera dama en su momento, llevó ayudas de todo tipo al pueblo destruido, entre ellas muñecas, yo lo viví, yo recibí una de ellas, yo fuí feliz.
Petristas idiotas, dejen del show.
Les parecía normal que el Presidente en ejercicio frecuentara burdeles mientras incumplía citas oficiales en el exterior, pero les escandalizan oraciones.
A lo primero le dicen libre desarrollo de la personalidad; a lo segundo violación de la Constitución.
Vayan a terapia...
#PRIMICIA | 🔴 La FM revela apartes de la carta del funcionario de la Fiduprevisora que renunció a su cargo tras negarse a firmar transferencias multimillonarias de recursos del Fondo de Gestión de Desastres de la UNGRD.
🔹 El exfuncionario asegura que fue hostigado y presionado para firmar sin revisiones técnicas.
🔹 Los recursos finalmente no fueron desembolsados antes de la segunda vuelta.
Es indignante la incoherencia del petrismo. Durante cuatro años no hubo grandes marchas por el desastre del Icetex, la crisis de la salud, la corrupción de la UNGRD o casos como el de Juliana Guerrero.
Ahora quieren salir a las calles por cada anuncio de un gobierno que ni siquiera ha empezado. Están en su derecho, pero su indignación selectiva los deja muy mal parados.
Para quienes dicen que el resultado fue muy apretado, yo les digo: SÍ, así fue. ¿Y saben por qué?
Porque no solo nos enfrentamos al voto fusil, sino también a una campaña financiada por el mismo gobierno. No fue fácil y nadie dijo que lo sería. Nunca jugaron en franca lid.
🚨¡SE LES CAYÓ EL CUENTO AMBIENTAL!
Una ingeniera de petróleos acaba de desmentir públicamente a Petro y a su hija Antonella.
En apenas 2 minutos de pura cátedra, explica con CIENCIA la realidad del fracking y demuestra cómo NO contamina.
¡Compartan masivamente para tumbarle el falso coco del terrorismo ambiental a la izquierda!🇨🇴👇
Un dron de las disidencias mató a un niño de 10 años. Disidencias que se han fortalecido en el gobierno de Izquierda...y Petro bailando. El domingo votaré para castigarlos.
¿Se acuerdan cuando capturaron a “Calarcá” con armas en una camioneta de la UNP y lo dejaron libre por ser “gestor de paz”?
¿Se acuerdan de las denuncias sobre infiltración de las disidencias de las FARC en la Dirección Nacional de Inteligencia?
¿Se acuerdan de los contactos secretos del Gobierno con “Papá Pitufo”?
¿Se acuerdan de las tarimas compartidas con cabecillas criminales?
¿Se acuerdan de las fiestas en las cárceles?
¿Se acuerdan de los ceses al fuego que terminaron fortaleciendo a los grupos armados?
¿Se acuerdan de todo lo que nos dijeron que traería la “Paz Total”?
Acuérdense mañana.
El ELN acaba de asesinar con un drone explosivo a un niño que se encontraba con su familia en una iglesia cristiana.
Y más indignante es que Iván Cepeda, en entrevista, dice que hay que “tenerle paciencia” al ELN; esto es una burla al país.
Colombia debe recuperar la seguridad, los violentos no pueden seguir saliéndose con la suya.
Este 21 de junio a votar masivamente por @ABDELAESPRIELLA, porque premiar a los criminales nos ha traído hasta acá.
Yo iba a votar por el camarada Cepeda pero ayer unos petristas me tuvieron 2 horas en un bloqueo, Me rayaron el carro y me insultaron.
Se les fue un voto, ahora voy firme por la patria.
No los vimos cuando Petro subió la gasolina, ni con los escándalos de corrupción del gobierno Petro, ni con los escándalos de abuso en el gobierno Petro, ni con la escasez de medicamentos, ni con el asesinato de periodistas, ni con el aumento de masacres.
Atención!
Ya vieron el costo del kilovatio de los generadores en bolsa para el mes de agosto? En Julio a comienzo de mes estaba $ 121.79 Kvh ahora un mes después lo ponen a $ 518.46 .
Preparemos el bolsillo porque lo de agosto será un atraco.
@AtlanticoEmi@zonacero
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA🌀
Ante las recientes publicaciones en redes sociales donde influenciadores se pronuncian sobre una resolución de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), que resuelve un recurso de apelación presentado por el usuario: Centro Comercial Carnaval S.A., consideramos importante corregir lo expresado con el fin de evitar la desinformación entre nuestros usuarios y la comunidad en general.
Es fundamental entender que esta resolución es aplicable únicamente a las partes involucradas en este caso particular y no es extensiva a ningún otro usuario, es decir, el acto administrativo (resolución) es “inter -partes” de lo cual se sigue que los efectos de la resolución se limitan exclusivamente a las partes [empresa – usuario] que participaron en el trámite. Este concepto es fundamental, ya que establece que las decisiones en este caso de tipo administrativo no afectan a terceros y resulta ajena a los mismos.
Por lo anterior, se precisa y enfatiza en que los efectos de la mencionada resolución no son extensibles a todos los usuarios por la elemental razón que el asunto particularmente debatido no es uniforme al soportar elementos facticos, técnicos, probatorios y demás características que lo hacen único y exclusivo, de suerte que no es adecuado asumir que la situación abordada en la citada resolución sea igual a otros asuntos, circunstancia esta que al parecer es la que se pretende presentar en las manifestaciones generadas en redes sociales, de la misma forma, debe aclararse que en ningún momento la SSPD en la mencionada resolución declara ilegal lo establecido en la Ley 675 de 2001, en relación a la instalación de medidor general en propiedades horizontales.
La legalidad de las actuaciones administrativas se presume ajustadas a derecho entre tanto no sean declaradas nulas por las autoridades competentes, esto es, los jueces de la república, lo contrario excedería las competencias de Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
En virtud de lo anterior, hacemos un llamado a todos los usuarios, influenciadores y entidades con presencia en redes sociales a actuar con responsabilidad y evitar la difusión de información imprecisa, incorrecta o no ajustada a la realidad. La publicación de interpretaciones erróneas de esta resolución podría llevar a conclusiones incorrectas y generar desinformación entre la comunidad.
También es importante señalar que Air-e ha llevado a cabo múltiples reuniones y mesas de trabajo revisando los conceptos y bases jurídicas de nuestras acciones fortaleciendo la gestión en la prestación del servicio.
Debe resaltarse que nuestra compañía y la Superservicios suscribimos un Plan de Gestión a Largo Plazo con más de 50 indicadores, incluyendo la disminución de pérdidas de energía. Parte de este plan implica la normalización de instalaciones y equipos de medición para disminuir las pérdidas de energía. En el caso de propiedades horizontales, cuando por causa de la arquitectura de las instalaciones eléctricas internas, no es posible medir la totalidad del consumo de las zonas comunes a través de un medidor individual, es necesario instalar el equipo de medición general para garantizar la correcta medición de la energía.
Todas las actuaciones de Air-e están enmarcadas en la Ley 142 de 1994, las resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas y la Ley 675 de 2001 para el Régimen de Propiedad Horizontal en Colombia que permite la instalación de medidores generales.
Air-e reafirma su compromiso con la transparencia, el respeto al debido proceso y la comunicación clara con sus usuarios. Agradecemos su atención y reiteramos nuestra disposición para seguir trabajando conjuntamente en beneficio de todos.
Cordialmente,
Air-e S.A.S. E.S.P.