Una de las frases más célebres de Francesco Carnelutti (1879-1965) sobre el derecho es:
"No os dejéis, ante todo, seducir por el mito del legislador. Más bien, pensad en el juez, que es verdaderamente la figura central del derecho. Un ordenamiento jurídico se puede concebir sin leyes, pero no sin jueces."
Otras frases destacadas de Carnelutti
Carnelutti, gran jurista italiano especializado en derecho procesal, dejó muchas reflexiones profundas sobre el derecho, la justicia, los jueces y los abogados. Aquí van algunas más muy citadas:
- Sobre leyes y jueces: "Es bastante más preferible para un pueblo tener malas leyes con buenos jueces, que malos jueces con buenas leyes."
- Sobre la abogacía: "El nombre mismo del abogado suena como un grito de ayuda. Advocatus, vocatus ad, llamado a socorrer. [...] Abogado es aquel al cual se pide, en primer término la forma esencial de la ayuda, que es, propiamente, la amistad."
Otras ideas recurrentes suyas incluyen que el derecho es una combinación de fuerza y justicia, y reflexiones sobre cómo nace el derecho a partir de la necesidad humana de ordenar conflictos (en su libro 'Cómo nace el derecho').
Estas citas destacan su énfasis humanista: el derecho no es solo normas abstractas, sino algo vivo que se realiza principalmente a través de los jueces y en contacto con las personas reales.
Hans Kelsen:
"La democracia no puede defenderse entregándose a sí misma."
Esta cita proviene de su reflexión sobre la democracia y la tolerancia, y se asocia especialmente con su obra ¿Qué es la justicia? (Was ist Gerechtigkeit?, 1953). Kelsen advierte que la democracia no debe permitir que sus enemigos la destruyan aprovechando sus propias libertades (un tema muy relevante en el contexto histórico de su época, con el ascenso de regímenes totalitarios).
Kelsen:
- Sobre la justicia:
"El anhelo de justicia es el anhelo eterno de felicidad de los hombres. [...] La justicia es felicidad social. Es la felicidad garantizada por un orden social."
- Sobre su concepción relativista de la justicia:
"No se puede decir qué es la justicia, aquella justicia absoluta que la humanidad busca. [...] Mi justicia es la justicia de la libertad, la justicia de la democracia: en una palabra, la justicia de la tolerancia."
Kelsen es conocido por su Teoría Pura del Derecho, que separa estrictamente el derecho de la moral y la política, enfocándose en el análisis normativo.
"Tratado de la argumentación: La nueva retórica" (1958)
Chaim Perelman y Lucie Olbrechts-Tyteca publicaron esta obra monumental para rehabilitar la retórica como disciplina filosófica seria en el siglo XX.
Frente al dominio de la lógica formal (demostración matemática o científica, basada en evidencia irrefutable), los autores proponen una "nueva retórica" o teoría de la argumentación que estudia cómo las personas razonan y se convencen en la vida real: en el derecho, la filosofía, la política, la ética y los debates cotidianos.
La retórica no es mero adorno o manipulación, sino una forma de razón práctica que busca obtener la adhesión (acuerdo) de los interlocutores a tesis verosímiles, no necesariamente "verdaderas" de forma absoluta.
Conceptos centrales
1. Auditorio (Audience)
Es el elemento más importante.
El orador construye mentalmente a su auditorio (real o imaginado) y adapta su discurso a él. No hay argumentación sin alguien a quien persuadir. El auditorio puede ser universal (para argumentos filosóficos) o particular (jurídico, político, etc.).
2. Convencer vs. Persuadir
- Convencer: Dirigido al auditorio universal, busca adhesión racional e impersonal (como en filosofía).
- Persuadir: Más orientado a auditorios concretos, involucra aspectos emocionales y valores.
3. Tipos de argumentos
El libro analiza exhaustivamente técnicas argumentativas:
- Cuasi-lógicos: Parecidos a la lógica formal (ej. analogía, transposición, etc.).
- Basados en la estructura de lo real: Uso de ejemplos, modelos, analogías con la realidad.
- Fundados en la coexistencia: Asociación de ideas, autoridad, etc.
- Disociación de conceptos: Separar nociones unidas (ej. distinguir "justicia" formal de "justicia" real).
4. Valores y razón práctica
La argumentación permite razonar sobre valores (justicia, bien, belleza), que la lógica formal no puede manejar fácilmente. La "nueva retórica" complementa a la lógica: no la reemplaza, sino que cubre el ámbito de las decisiones humanas, lo verosímil y lo razonable.
Estructura general del libro
- Primera parte: Puntos de partida de la argumentación (auditorio, contacto, etc.).
- Segunda parte: Técnicas argumentativas (muy extensa y analítica).
- Tercera parte: Estructuras argumentativas y aplicaciones.
Importancia e impacto
- Rompe con el racionalismo cartesiano que despreciaba la retórica.
- Influyó enormemente en filosofía del derecho, estudios de comunicación, teoría de la argumentación y ética.
- Junto con Stephen Toulmin, es uno de los pilares de la teoría moderna de la argumentación.
Es un libro denso (más de 700 páginas en algunas ediciones), con un enfoque descriptivo y clasificatorio: analizan miles de ejemplos reales de discursos jurídicos, filosóficos, publicitarios y literarios.
El Tratado rescata la retórica clásica (Aristóteles, Cicerón) y la actualiza como herramienta racional para entender y mejorar cómo argumentamos sobre cuestiones controvertidas donde no hay verdades absolutas, sino adhesiones razonables.
Today I present Reclaiming Justice: A Guide to Recognizing and Combatting Instrumentalization (A/HRC/62/CRP.3), a position paper that argues that the instrumentalization of the justice system is itself a human rights violation. (1/3)
Hoy dos periodistas enormes de Honduras fueron a recibir el Premio Rey de España de Periodismo por el trabajo que hace el equipo de @ContraC_HN y los autores y autoras maravillosas en la revista #Contracultura. Un hito sin precedentes en el país.
Tremendamente orgulloso.
“Quizá no haya ningún fenómeno que contenga tantos sentimientos destructivos como la “indignación moral”, que permite actuar a la envidia o el odio bajo la apariencia de la virtud. El “indignado” tiene por una vez la satisfacción de despreciar y tratar a una criatura como “inferior”, unida al sentimiento de su propia superioridad y rectitud”
-Erich Fromm
La paz por medio del Derecho de Hans Kelsen
Hans Kelsen defiende que la paz internacional solo es posible mediante un orden jurídico efectivo, no a través de la diplomacia tradicional, el equilibrio de poderes o la buena voluntad de los Estados.
La guerra es un “asesinato en masa” y el mayor fracaso de la civilización; para eliminarla, es necesario crear un sistema jurídico internacional con monopolio de la fuerza legítima, similar al que existe dentro de los Estados modernos.
Argumentos principales
- El derecho como orden coercitivo:
El derecho no es solo normas; es un orden que garantiza la paz mediante la posibilidad de aplicar sanciones (fuerza) de forma centralizada y legítima. En el plano internacional, esto requiere instituciones supranacionales fuertes.
- Tribunal Internacional Obligatorio: Kelsen propone un tribunal permanente con jurisdicción obligatoria (es decir, los Estados deben someterse a sus decisiones). Sin esto, el derecho internacional sigue siendo primitivo y descentralizado, incapaz de impedir la guerra.
- Desarme progresivo y fuerza internacional: Los Estados deben desarmarse gradualmente mientras se crea una fuerza policial internacional que garantice el cumplimiento de las decisiones judiciales.
- Crimen de guerra de agresión:
La guerra de agresión debe considerarse un delito internacional. Esto preparó el terreno intelectual para los juicios de Núremberg, donde se imputó a los líderes nazis precisamente por “crímenes contra la paz”.
- Crítica al soberanismo absoluto:
La soberanía estatal ilimitada es incompatible con la paz. Kelsen aplica su Teoría Pura del Derecho al ámbito internacional: el derecho internacional debe ser visto como un orden normativo válido y jerárquico, no como mera moral o política.
Escrito en 1944 (durante la Segunda Guerra Mundial), el libro es una propuesta constructiva para la posguerra. Influyó en la creación de la ONU y en la Corte Internacional de Justicia, aunque Kelsen consideraba que estas instituciones quedaron cortas respecto a su visión más ambiciosa (jurisdicción obligatoria y mayor poder coercitivo).
Kelsen critica las soluciones basadas en coaliciones ad hoc o en la fuerza del más fuerte (lo que hoy llamaríamos unilateralismo o “ley del más fuerte”). Defiende que solo un verdadero orden jurídico supraestatal puede garantizar la paz duradera, más allá de ideologías políticas o económicas.
La paz no es un problema de política o moral, sino de técnica jurídica.
Se resuelve creando instituciones que sustituyan la guerra por el derecho, con tribunales obligatorios y capacidad real de hacer cumplir las decisiones.
Como jurista, me quedo con una frase del discurso del @Pontifex_es en el @Congreso_Es que debería enmarcarse en cada parlamento: "Una ley no alcanza su verdadera grandeza por el mero hecho de haber sido formalmente aprobada; la alcanza cuando puede comparecer ante la dignidad de la persona y salir de ese examen sin avergonzarse".
Stammler busca dar al juez (y al jurista) una orientación fundamental y segura para resolver casos concretos, más allá de intuiciones o “sentido común”. Es una defensa de la ética judicial y la independencia del poder judicial dentro del Estado de Derecho.
Es una lectura clásica y recomendada para estudiantes y profesionales del derecho interesados en filosofía jurídica, teoría de la argumentación y ética judicial.
Su estilo es claro, reflexivo y con referencias filosóficas (Platón, Kant)
La independencia judicial es la mayor innovación de Occidente
Según Francis Fukuyama, la independencia judicial es una de las grandes innovaciones de la civilización occidental y una de las claves de su éxito histórico. Su origen se remonta al siglo XI, durante la llamada Controversia de las Investiduras. En esa época, la Iglesia católica consiguió separarse del control del emperador del Sacro Imperio Romano Germánico y logró el derecho a nombrar a sus propios obispos y cargos religiosos. Por primera vez en la historia, se creó una autoridad con poder propio que no dependía directamente del gobernante político.
Esta separación entre poder religioso y poder político sentó un precedente importante. Siglos después, en Inglaterra, la Revolución Gloriosa de 1688-1689 consolidó la idea de que incluso el rey estaba sometido a la ley. A partir de entonces, los jueces comenzaron a actuar con mayor independencia y el Parlamento limitó el poder arbitrario del monarca. Esta tradición inglesa de “rule of law” (Estado de Derecho) pasó luego a las colonias americanas y se convirtió en uno de los pilares de la Constitución de Estados Unidos.
Fukuyama explica que esta independencia judicial permitió el desarrollo de sistemas legales estables que protegían la propiedad privada y los contratos. Eso generó confianza y fue fundamental para el enorme progreso económico de Occidente. En cambio, en sociedades donde el gobernante controlaba tanto el poder político como el judicial (como ocurrió en China o en el Imperio Bizantino), no se logró el mismo nivel de desarrollo a largo plazo.
En resumen, lo que Fukuyama defiende es que la independencia judicial no es un detalle técnico, sino una conquista histórica fundamental que separó el poder de la ley del poder personal del gobernante, y que sigue siendo esencial para mantener sociedades libres y prósperas.
#HCHInternacionales | León XIV: "La tentación de ganar popularidad, avivando el fuego de las polarizaciones, parece crecer en lugar de disminuir. La dignidad humana no deja de ser violada (...) Por eso necesitamos cultura, interioridad, una educación libre y de calidad".
Video cortesía: Alerta News
DD
"Pour s'implanter, le Totalitarisme a besoin d'individus isolés et déculturés, déracinés des rapports sociaux organiques, atomisés socialement et poussés à un égoïsme extrême."
Hannah Arendt, Les Origines du totalitarisme : le système totalitaire
DE DIOS Y DEL CÉSAR
Césares efímeros,
engañosos amos
de vida y conciencia.
Ofrecen aplausos,
prometen fortuna
otorgan prebendas,
proponen atajos
sin viaje de vuelta.
Seducen, envuelven,
alimentan egos,
ejercen violencia
con puño de hierro,
y guante de seda.
Ídolos de un día,
sentados en tronos
de falsa grandeza.
Perfección de piedra,
halago de saldo
carteras repletas.
Poder arbitrario.
Inútil belleza.
De Dios, el amor,
el tiempo,
la mesa.
El pan para todos,
y la puerta abierta.
De Dios, la justicia
peleada, sincera.
El perdón gratuito.
La pregunta viva,
la verdad molesta.
El abrazo limpio.
La bondad.
La fiesta.
El eterno Maestro, Edgar #Morin🖤 🌱:
«Ser culto es disponer de conocimientos provenientes de orígenes extremadamente diversos, y ser capaz de hacerlos dialogar entre sí (…) Es no fiarse del juicio de autoridad».