Abogados radicados en Maracay, dedicados a las materias: Civil, Mercantil, Laboral, Transito, Agrario y Derecho Médico. Procedimiento Revisión Constitucional.
Cuando un juez, incurre en retrasos o descuidos injustificados, que menoscaben derechos o garantías Constitucioneles, fundamentales para la tutela judicial efectiva, es pasible de DESTITUCIÓN.
Ojo: La omisión de los jueces al no ordenar las medidas necesarias para prevenir o sancionar las faltas de probidad,ética,colusión o fraude de las partes o demás int.en el proc. Es causal de SUSPENSIÓN.
Una causal de suspensión de un juez, es: el diferir las sentencias sin causa justificada expresa en el expediente respectivo. Art.28,ord.1º, Codigo de Ética del JUez.
La única manera que hay de depurar el Poder Judicial, es DENUNCIANDO!! Tenemos abundante jurisprudencia de la Sala Político Administrativa, TSJ, que respaldan mi afirmación de que SÍ funciona.Por supuesto, siguiendo los PROCEDIMIENTOS correspondientes y no mera chismografía.