@CorteSupremaAR 💡"La jurisdicción de las cámaras está limitada por los términos en qué quedó trabada la relación procesal y el alcance de los recursos que determinan el ámbito de su facultad decisioria y la prescindencia de tal limitación infringe el principio de congruencia (art. 17 y 18 CN)"
@CorteSupremaAR 📌La Corte revoca la sentencia de Camara porque no dijo nada sobre el argumento del vencimiento del plazo y además le fue solicitada una prueba que lo le fue exigida antes (principio de congruencia).
@CorteSupremaAR 💡"La postura de la sentencia recurrida se aparta del art. 5.3 del CPCCN y priva a la justicia federal con asiento en las provincias de la competencia contencioso administrativo atribuida por el Congreso de la Nación."
@CorteSupremaAR 📌La Corte asigna el caso a un Juez Federal de Córdoba porque si se utilizará el criterio del domicilio, la justicia federal de la provincia nunca intervendria en casos de contencioso administrativo.
@CorteSupremaAR 💡"No puede dejar de recordarse que la ANMAT cuenta con competencias específicas en materia de control y fiscalización de medicamentos, cuya consideración no pudo ser obviada para adoptar una decisión como la que se cuestiona."
@CorteSupremaAR 📌 La Corte admitió el reclamo porque ambos medicamentos tienen los mismos compuestos y no se probó que hubiera razones que excluyan uso del nacional o que el importado resulte mejor para la paciente.
@CorteSupremaAR 💡"El caso derivo en un conflicto jurisdiccional que, en el día de la fecha, es resuelto en esta instancia declarando competente al tribunal superior de CABA para revisar el citado pronunciamiento de la Camara Nacional de Apelaciones en lo comercial."
@CorteSupremaAR 📌La Corte declara abstracto el recurso extraordinario porque apartir del precedente Le ibas se determino que las apelaciones de la justicia nacional ordinaria deben apelarse primero ante el tribunal superior de CABA.
💡"El tribunal subrayó la exigencia de interjurisdiccionalidad del daño, aún cuando se tratara de residuos peligrosos, como presupuesto inexorable para atribuir la competencia al fuero federal."
📌La Corte asigna el caso al juez provincial porque a pesar de que el Río Negro es interjurisdiccional, por el momento no hay evidencia de que la contaminación se haya extendido más allá de la zona denunciada.