📘 La Corte Interamericana anuncia la publicación actualizada a 2025 de los siguientes Cuadernillos de Jurisprudencia:
▪️ N.º 7: Control de Convencionalidad
▪️ N.º 23: Corrupción y Derechos Humanos
▪️ N.º 33: Excepciones Preliminares
Los cuadernillos ofrecen un análisis accesible y sistemático de los principales estándares desarrollados por la Corte IDH en estos temas clave para el Sistema Interamericano.
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Esta publicación fue posible gracias al apoyo del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo (BMZ) de Alemania, implementado por GIZ y su Programa DIRAJus, así como al trabajo de compilación del Dr. Claudio Nash.
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Creo que Leonardo da Vinci es la persona más creativa que jamás haya existido.
Nos dejó más de 7.000 páginas de bocetos y notas que, 500 años después, los historiadores aún no han logrado descifrar.
6 veces que Da Vinci predijo e inventó el futuro:
La Felicidad según Bertrand Russell
Olvidarse de Ego. El principal enemigo de la felicidad es la obsesiva preocupación por uno mismo, la insistencia en reflexionar de manera continuada sobre errores, miedos, defectos o pecados "pasiones egocéntricas"
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Procesal Administrativo- Contratación Estatal: ¿Son pasibles de control judicial los pliegos de condiciones- actos precontractuales? Se comparte auto del CE que decide recurso de súplica
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¡Nueva publicación! 🧵 Hoy analizamos una sentencia crucial en Colombia sobre los derechos de los pueblos indígenas y la Amazonía. Esta decisión marca un antes y un después en la protección de derechos fundamentales y la concepción del territorio. ¡Acompáñame a desentrañar su trascendencia jurídica! #DerechosIndígenas #Amazonía #Justicia
La Sentencia T-106/25 de la Corte Constitucional de Colombia emerge como un pronunciamiento jurídico de significativa trascendencia en la protección de los derechos de los pueblos indígenas y la preservación del bioma amazónico. La decisión aborda de manera integral la problemática de la minería ilegal de oro y el consiguiente uso de mercurio en el macroterritorio ancestral de la Gente de Afinidad del Yuruparí, reconociendo la íntima conexión entre su identidad cultural y su territorio.
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La sentencia establece una vulneración grave y sistemática del derecho a la salud de estos pueblos indígenas, evidenciada por los alarmantes niveles de contaminación por mercurio detectados en las fuentes hídricas y en los habitantes del macroterritorio. Estudios científicos, como el realizado por Parques Nacionales Naturales y la Universidad de Cartagena, revelan concentraciones de mercurio que superan significativamente los estándares científicos relevantes, lo que representa un riesgo inminente para la salud y la pervivencia cultural de estas comunidades.
La Corte fundamenta su análisis en el principio de precaución, dada la irreversibilidad del daño causado por el mercurio y las limitaciones de las tecnologías de descontaminación.
*Entre los puntos centrales y resoluciones de la Sentencia T-106/25, se destacan:
1. El reconocimiento del macroterritorio no solo como un espacio geográfico, sino como una entidad biocultural intrínsecamente ligada a la identidad y la gobernanza propia de los pueblos indígenas.
2. La declaración de la minería ilegal y el uso de mercurio como una amenaza directa a derechos fundamentales como la salud, la seguridad alimentaria y un ambiente sano. Se constata la ineficacia de mecanismos judiciales previos para detener esta situación.
3. La orden de suspensión inmediata de los trámites de licenciamiento ambiental para la minería de oro en el macroterritorio hasta que se cumplan las órdenes de remediación y se adelante un diálogo intercultural. Esta medida fue objeto de un salvamento parcial de voto, argumentando que la discusión debió centrarse en la minería ilegal.
4. El mandato de creación de instancias de diálogo intercultural e interinstitucional para abordar la problemática de manera concertada, reconociendo a las autoridades indígenas como autoridades ambientales cuyas decisiones deben ser consideradas.
5. La exigencia de la implementación del Decreto ley 632 de 2018 para la protección de la gobernabilidad y la autonomía territorial indígena, interpretándose sus normas con un criterio étnico diferencial y promoviendo un diálogo constante y efectivo con los pueblos en proceso de formalización como Entidades Territoriales Indígenas (ETI).
6. La orden de realización de estudios interdisciplinarios e interculturales para determinar el nivel de contaminación del agua por mercurio y las estrategias de descontaminación y remediación más adecuadas para el bioma amazónico. Se contempla el apoyo de instituciones como el Instituto Sinchi y la cooperación internacional bajo el Convenio de Minamata.
7. El establecimiento de medidas para la protección del conocimiento ancestral, las chagras, los sistemas alimentarios indígenas y la necesidad de un enfoque intercultural en la atención en salud. Se ordena la activación de brigadas móviles de salud con enfoque diferencial y la elaboración de un protocolo de atención intercultural específico para la intoxicación por mercurio.
8. La evaluación de los impactos ambientales y climáticos de las concesiones mineras vigentes dentro del macroterritorio, con la posibilidad de adoptar ajustes o suspensiones necesarias.
9. El reconocimiento de la importancia intrínseca del bioma amazónico y la necesidad de considerar su vocación de protección y la supervivencia de los pueblos étnicos. Se exhorta al Congreso a expedir normas para la conservación de la Amazonía y la remediación de la contaminación.
10. La designación del Tribunal Superior de Bogotá como órgano de seguimiento integral de la sentencia, con la realización de audiencias semestrales para verificar su cumplimiento.
En suma, la Sentencia T-106/25 constituye un avance significativo en la jurisprudencia constitucional colombiana, al reconocer la indivisibilidad entre la identidad cultural y el territorio de los pueblos indígenas, y al ordenar medidas concretas para la protección de sus derechos fundamentales ante la grave problemática de la minería ilegal y la contaminación por mercurio en la Amazonía. La sentencia exige una acción coordinada y diligente por parte de diversas autoridades estatales, así como un diálogo intercultural genuino con las comunidades indígenas, sentando un precedente importante para la gestión ambiental y la protección de los derechos étnicos en Colombia.
👉 El triunfo es efímero. El verdadero éxito consiste en sentir pasión por lo que haces. Busca la felicidad en el trabajo, más que en sus frutos; en el camino, más que en el destino. #UnaDulceHistoria#FelizJueves#BuenosDias
Tutela: CE analiza si se vulneran los derechos fundamentales de los menores de edad con ocasión de la canción “+57"/ Prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes/Libertad de expresión artística/EXHORTA
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📖 ¿Cómo leemos?
Manuel Vicent decía que hay dos formas de leer: boca arriba, en busca de placer; y boca abajo, con esfuerzo y rigor. La lectura lúdica nos hace volar. Pero hay textos que exigen disciplina y paciencia @Ismaellg90
📰CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Limitación del término a 4 meses. Numeral 3. Circular Conjunta número 100-005-2022. El Consejo de Estado CONFIRMÓ medida cautelar https://t.co/ms7FzNeuX1