Nuestra ONG fue creada a partir de varias familias residentes que se reunieron preocupadas por la situación relacionada con el deterioro del Parque Cariló.
Vecinos y visitantes de Cariló 🌳🌊
Hoy más que nunca necesitamos estar unidos.
No podemos aceptar como normal lo que es ilegal. La Ley de Paisaje Protegido N.º 12.099 existe para cuidar Cariló, no para vulnerarlo.
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La ley es https://t.co/YpCAqrF7k9 medida cautelar también:está prohibido construir un hotel y 12 casas.
Cariló es paisaje protegido. Es silencio, arena, bosque… esencia.
Ante las inquietudes y consultas de nuestros asociados y el público en general, el Foro Amigos de Cariló informa que la acción de Inconstitucionalidad de la Ordenanza 6087/21, y la medida cautelar favorable obtenida en el marco de dicha causa se mantiene incólume…
Con respecto a los trascendidos de un nuevo proyecto de desarrollo o constructivo para el área del Golf, se presentará nota ante la Municipalidad solicitando información sobre el particular.
El martes 25 de marzo de 2026, el Foro Amigos de Cariló participó en la Audiencia Pública correspondiente al proyecto de construcción “Colline” en Cariló:
20.000 m² construidos, 63 unidades funcionales y 1 subsuelo con 119 cocheras!
Esta omisión procedimental constituye un vicio de origen que acarrea la nulidad absoluta de cualquier permiso de construcción otorgado bajo estos nuevos parámetros.
Cualquier modificación al Código de Ordenamiento Urbano (COU) de Pinamar que surja de este plan debe ser ratificada por un decreto del Gobernador de la Provincia para tener validez legal, requisito que se omite al presentarse como una iniciativa municipal de ejecución autónoma.
El proyecto Pinamar 2050 pretende legislar sobre indicadores urbanísticos que son competencia concurrente con la Provincia, intentando evadir el control de legalidad que ejerce la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial (DPOUT) y el Ministerio de Ambiente prov.
Si bien existe una autonomía municipal consagrada constitucionalmente, esta debe ejercerse dentro del marco de las leyes de presupuestos mínimos nacionales y las leyes provinciales que reglamentan el ordenamiento del territorio.
La transformación de la fisonomía urbana del partido con la habilitación de torres de hasta 25/27 pisos y la duplicación de la densidad poblacional en zonas de fragilidad ecosistémica carece de los sustentos científicos necesarios, vulnera el principio de progresividad ambiental.
El plan se asienta sobre una base de ilegalidad manifiesta, omitiendo requisitos procedimentales de orden público y colisionando frontalmente con la legislación ambiental y de ordenamiento territorial de la Provincia de Buenos Aires.
El presente constituye un resumen parcial, que iremos ampliando, de un dictamen de auditoría legal y técnica exhaustiva respecto al proyecto denominado Pinamar 2050, el cual se presenta como un Plan Director de Desarrollo Sustentable impulsado por la Municipalidad de Pinamar.