*MODELO DE IMPUTACIÓN Y DE ESCRITO DE ACUSACIÓN DEL DELITO TIPO DE «lesiones personales culposas en hechos de tránsito»* Caso recreado a partir de CSJ SP 462-2023, rad. 55.491 de 8 noviembre 2023.
Doctor Nelson Saray Botero
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La #SalaDeCasaciónPenal de la @CorteSupremaJ aplica la ley de utilidad pública que contiene beneficios para las mujeres cabeza de familia. De oficio, casó la sentencia impuesta a condenada por tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
La pena de 60 meses de prisión fue modificada por cinco horas semanales de servicio no remunerado de utilidad pública hasta completar 260.7 semanas. Con el juzgado de ejecución de penas tendrá que definir el servicio no remunerado que prestará a favor de entidades públicas u organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales.
📃Ver SP456-2026:
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🎙️Ver comunicado de prensa: https://t.co/gobXgNqDA9
El recurrente pretendía la declaratoria de la nulidad por no haber tenido comunicación con su cliente para analizar los beneficios por allanamiento, pero es que no lo expresó ni lo solicitó en su oportunidad, así que no existió irregularidad alguna. https://t.co/cMLnxNkXhU
Corte S. Rad. 60352/26 Lesiones P.
Interesante decisión.
Denunciante es agredido por acusados (mujer y hombre), comprobándose agresiones machistas, sexuales, verbales del denunciante previo a los hechos en contra de los procesados, ¿se puede predicar legitima defensa? SI.
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, AP3160-2026, rad. 71863, 13 de mayo de 2026. M.P. Gerardo Barbosa Castillo.
La Corte resolvió la apelación presentada por la defensa del exgobernador del Vichada, Blas Arvelio Ortiz Rebolledo, contra la decisión que negó la nulidad planteada en audiencia de acusación dentro de un proceso por interés indebido en la celebración de contratos y tráfico de influencias.
¿La Fiscalía vulnera el principio de congruencia cuando adiciona en la acusación una circunstancia de mayor punibilidad por coparticipación criminal y desarrolla hechos que la defensa considera nuevos frente a la imputación?
La Corte respondió que no. Encontró que la Fiscalía no modificó el núcleo esencial de los hechos jurídicamente relevantes comunicados desde la imputación, sino que hizo precisiones y desarrollos sobre una teoría fáctica ya conocida por la defensa.
La discusión surgió porque la Fiscalía agregó en la acusación referencias a división de labores, participación de otros funcionarios, reuniones para direccionar contratos y entrega de información privilegiada al contratista favorecido. La defensa sostuvo que esos aspectos jamás fueron imputados y que ello afectaba el derecho de defensa.
Sin embargo, la Sala concluyó que desde la imputación ya se había expuesto un supuesto esquema de direccionamiento contractual derivado de un acuerdo ilícito para favorecer al cuñado de Jorge Enrique Orjuela Barrientos mediante contratos públicos. También advirtió que desde etapas previas ya se hablaba de intervención de otros individuos en el trámite contractual.
La providencia deja una precisión procesal importante. La Corte reiteró que la acusación es un “acto complejo”, integrado tanto por el escrito como por su verbalización en audiencia. Por eso, las nulidades relacionadas específicamente con la acusación no deberían resolverse antes de que el acto quede plenamente perfeccionado.
El verdadero aporte del auto está en delimitar hasta dónde puede avanzar la Fiscalía en el desarrollo de la teoría fáctica sin romper la congruencia. La Sala distingue entre introducir hechos nuevos y profundizar, precisar o desarrollar circunstancias ya comunicadas en la imputación. Solo lo primero compromete realmente el derecho de defensa.
La Corte confirmó la negativa de nulidad y mantuvo vigente la actuación.
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⚖️ El allanamiento a cargos parece una figura sencilla. En la práctica, no lo es.
Consulte las providencias aquí: https://t.co/INTe2Dyz9k
Detrás de una aceptación de responsabilidad existen debates complejos sobre garantías fundamentales, beneficios punitivos, control judicial, nulidades, retractaciones y alcance de las facultades del juez.
En esta edición de Precedente Judicial – RS recopilamos decisiones de la Corte Suprema de Justicia que han definido las reglas más importantes sobre el allanamiento a cargos y su impacto en el proceso penal colombiano.
📚 Una selección de precedentes indispensables para litigantes, jueces, fiscales, defensores y estudiantes de derecho.
Porque muchas veces el éxito de un caso depende de conocer el precedente correcto.
#PrecedenteJudicialRS #DerechoPenal #AllanamientoACargos #LitigaciónPenal #Jurisprudencia #CorteSuprema #ProcesoPenal
La insistencia a audiencia debe acreditarse con prueba sumaria, por lo tanto, la simple referencia a quebrantos de salud sin sustento no justifica la ausencia. https://t.co/yxUwwflo8O
Sanción disciplinaria contra un juez que excedió en seis días hábiles el término para fallar una acción de tutela. No hay justificación para demorar en esta acción constitucional que es prioritaria, perentoria e improrrogable. https://t.co/e8gYd6iTAj
Decretan la nulidad en un proceso disciplinario, en el que el defensor de oficio designado, en lugar de ejercer su rol, indicó en los alegatos de conclusión que estaba probada la infracción del deber y la configuración de la falta de su representado. https://t.co/4N3S9DT9GJ
Un mismo hecho puede ser investigado como abuso de función pública y prevaricato por acción, se pueden tramitar por procesos separados y si no hay identidad de objeto y causa no vulnera el principio no dos veces lo mismo resuelto. https://t.co/9CbIz7F1hz
No configura ninguna irregularidad que la autoridad judicial describa los hechos en la sentencia conforme a lo probado en la práctica probatoria, siempre que no se desnaturalicen los imputados y acusados. https://t.co/35UxlNpCIM
La preclusión por aticipidad se presenta cuando la conducta no se adecúa a las exigencias materiales del tipo penal o, a pesar de adecuarse, hay ausencia de tipicidad subjetiva. https://t.co/4w2XYGg6MH
El recurrente quería que el tribunal le confirmara definitivamente la prisión domiciliaria y lo que consiguió fue que se la revocara, sin embargo, la Corte dijo que se vulneró el principio de no reforma en peor del apelante único y le concedió la domiciliaria. https://t.co/Fr0eKecv6A
Corte S. Rad. 63498/26. Hurto Calificado.
Procesado entregó "vehículo" como garantía y no como parte de la deuda con la víctima, posteriormente se apodera del vehículo aduciendo la garantía. Corte confirma condena al establecer que era parte de pago y ya no le pertenecía.
⚖️ SP311-2026 (61180)
¿La diferencia entre extorsión agravada y concusión radica en que el autor sea servidor público? ¡No!
📌 La clave diferenciadora está en el abuso del cargo o de la función pública. Cuando el constreñimiento proviene del ejercicio abusivo de una investidura estatal, surge el metus publicae potestatis (temor al poder público) y la conducta se adecua al delito de concusión, no al de extorsión agravada.
👮♂️ En el caso analizado, dos patrulleros exigieron dinero a un ciudadano extranjero para no activar un procedimiento migratorio. La CSJ concluyó que el origen institucional del constreñimiento desplazaba la tipificación hacia la concusión.
📚 Además, la Sala reiteró una regla importante en materia de congruencia: si los hechos jurídicamente relevantes permanecen inalterados y la nueva adecuación típica es de menor entidad punitiva, en casación puede corregirse la calificación jurídica sin nulidad ni absolución.
Acceso completo a la ficha de revisión jurisprudencial en la cual —también se encuentra el acceso a la providencia completa— puede ser consultada en el siguiente enlace 🔗 {https://t.co/GYfV6oQFM3}
Nulidad - oportunidad para proponerlas cuando se cuestiona la deficiencia en la comunicación de los hechos jurídicamente relevantes. https://t.co/aRxg6NB6XH