Es inexequible el autorizar a las entidades territoriales para imponer tasas y sobretasas sin conocer las situaciones que serán objeto tributario del Estado, supone un grado de indefinición respecto de la obligación tributaria, que excede la autonomía de los entes territoriales.
Sentencia C-101-22
El tributo constituye un ingreso público destinado al financiamiento del Estado, clasificado en 3 tipos: Impuestos, contribuciones y tasas, con origen en la ley y siendo una manifestación de potestad tributaria.
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Es competencia del Congreso, la autorización del gravamen y el hecho generador, y de las asambleas y concejos, sus elementos estructurales. Por tal, en razón los principios tributarios de legalidad y certeza
las entidades deben limitar sus obligaciones sobre la materia.
La Corte Constitucional en Colombia mediante sentencias ha facultado el continuo desarrollo de los estados de excepción, salvaguardo así la integridad de la población Colombiana y así mismo del Estado,otorgándole poder a la rama legislativa para intervenir cuando es necesario.
Poder Tributario
Es la competencia normativa atribuida de manera exclusiva en materia tributaria a los distintos órganos del poder público.
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La potestad tributaria del Estado radica para establecer contribuciones que sostengan al órgano estatal y así mismo tener la potestad de recaudar distribuyendo en el gasto público,de esa forma se determina la inversión pública .
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Con la estructura tributaria en Colombia se puede observar una transformación marcada por aspectos políticos y continuas reformas tributarias, caracterizadas por ir en búsqueda de un equilibrio en el déficit fiscal actual ocasionado por gastos estatales.
Desarrollo histórico del derecho tributario.
El surgimiento del derecho tributario tiene su origen en el desarrollo de la humanidad y la evolución de las organizaciones sociales en aspectos religiosos, políticos y culturales.
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Colombia, el desarrollo del derecho tributario en diferentes etapas:
1. En 1820 se estableció el impuesto de renta.
2. En 1821 el impuesto de renta como tributación directa.
3.En 1840 la crisis financiera del Estado llevo a crear nuevos impuestos directos y proporcionales.
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En la edad media el sistema económico utilizado fue el feudalismo, los señores feudales eran quienes recibían los tributos que eran entregados al rey, siendo pagados con dinero y luego en especie con frutos o trabajo personal.
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La necesidad del hombre de honrar a su Dios fue lo que dio origen al tributo, convirtiéndose en una costumbre que fue evolucionando hasta a lo que hoy conocemos como impuesto.
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¡Colombianas: las mujeres somos el 52% del país! ¿Permitiremos que sea presidente @ingrodolfohdez : un hombre que dice que no nos corresponde participar en el gobierno, o sea en lo público, que estamos mejor en casa, que jamás ha apoyado a su esposa, como ella misma lo dijo?
Si queremos renovar el Congreso, si queremos dar un paso grande en el 2022 , necesitamos la vida. Es de noche, vuelvan a sus casas.
Los necesitamos vivos para darle la vuelta a esto.
Mañana será otro día y ustedes tienen que estar.