Hoy se publicó la Reforma a la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo. El objetivo principal es hacer los procedimientos más ágiles, fortalecer la justicia digital, dar mayor certeza jurídica a las personas y establecer plazos más claros para la actuación del Tribunal.
¿Qué cambia para las personas?
1. Se establecen plazos máximos para que el Tribunal actúe
Los acuerdos y resoluciones sobre promociones deberán emitirse, en general, dentro de los cinco días siguientes a su presentación.
La admisión o desechamiento de demandas también deberá resolverse en un plazo máximo de cinco días.
2. Se fortalece la justicia en línea
Las personas podrán elegir entre tramitar su juicio de manera tradicional o mediante el Sistema de Justicia en Línea.
Las autoridades deberán presentar sus demandas y promociones por medios electrónicos.
Se facilita el uso de documentos digitales y firmas electrónicas.
3. Más protección frente a actos de autoridad
El Tribunal podrá ordenar medidas cautelares y suspensiones para evitar daños irreparables mientras se resuelve el juicio.
Incluso durante periodos vacacionales habrá magistradas y magistrados de guardia para atender asuntos urgentes relacionados con suspensiones y medidas cautelares.
4. Reglas más claras para las notificaciones
Si una notificación se realiza incorrectamente, podrá declararse nula y reponerse el procedimiento.
Se establecen sanciones para quienes incumplan las reglas de notificación.
¿Qué cambia para las autoridades?
1. Mayor responsabilidad por actuaciones ilegales
Cuando una autoridad cometa faltas graves al emitir una resolución y ésta sea impugnada, podrá ser condenada a indemnizar los daños y perjuicios causados a la persona afectada.
2. Más obligaciones de respuesta
Las autoridades deberán contestar puntualmente los hechos señalados por la persona demandante.
Si no responden oportunamente, ciertos hechos podrán tenerse por reconocidos.
Medidas contra abusos procesales
La reforma busca evitar que los juicios se utilicen únicamente para retrasar pagos o el cumplimiento de obligaciones.
Por ello:
Se podrán imponer multas a quienes presenten demandas, recursos o promociones notoriamente frívolas o improcedentes.
También se sancionarán conductas irrespetuosas hacia las partes o hacia el personal del Tribunal.
Cambios en las sentencias
Se fijan plazos más estrictos para elaborar proyectos y emitir sentencias.
Las Salas Regionales deberán resolver, en términos generales, dentro de los 45 días posteriores al cierre de la instrucción.
Se establecen mecanismos para corregir irregularidades procesales antes de emitir una resolución definitiva.
En pocas palabras
Esta reforma busca que los juicios ante el TFJA sean más rápidos, más digitales, más transparentes y con reglas más claras para autoridades y ciudadanos. También fortalece las medidas cautelares para proteger derechos, establece plazos obligatorios para el Tribunal y crea sanciones para evitar abusos o litigios meramente dilatorios
El caso Lion vs. México muestra cómo un fraude procesal fabricado en el Poder Judicial de Jalisco terminó en una condena internacional por 47 millones de dólares: dinero suficiente para pagar un bimestre de la Pensión del Bienestar a casi 132 mil adultos mayores.
¿Qué hacer si la UIF nos bloquea nuestras cuentas bancarias? El connotado fiscalista @AmbrosioMichelH escribe al respecto en la revista La Barra, de la @BMA_Abogados :
Buenas noches gente tuitera!
Para quienes estan en el Curso Básico de Secretarios de la @ENFJ_mx
aquí los “cuadernillos de jurisprudencia” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
1.- Pena de muerte.
https://t.co/020ODgO3tv
2.- Migración.
https://t.co/O3zSNbFGLL
3.- Desplazamiento.
https://t.co/eyFCaQZOmz
4.- Género.
https://t.co/MsgGLE7NOf
5.- Niñas/os y adolescentes.
https://t.co/83qiq5CABb
6.- Desaparición forzada.
https://t.co/QVvW2NBnnC
7.- Control de Convencionalidad.
https://t.co/MSUM43TBxX
8.- Libertad personal.
https://t.co/iw2EDmUHfP
9.- Personas privadas de libertad.
https://t.co/2pywoKOfgm
10.- Integridad personal.
https://t.co/vfboDccEGh
11.- Pueblos indígenas.
https://t.co/RtCObaiQ9Y
12.- Debido proceso.
https://t.co/erxmfzCBB2
13.- Protección judicial.
https://t.co/rIHCmhDxGv
14.- Igualdad y no discriminación.
https://t.co/wAbm53T9UR
15.- Justicia Transicional.
https://t.co/GELBvqPa4L
16.- Libertad de pensamiento.
https://t.co/GP8fGGKhNx
17.- Derecho Internacional.
https://t.co/GvY85dh9tT
18.- El Salvador.
https://t.co/dUqQsYdX56
19.- Personas LGTBI.
https://t.co/sPZdT5mEl2
20.- Derechos Políticos.
https://t.co/uUSZdRiCzU
21.- Derecho a la vida.
https://t.co/aqpQupmZps
22.- DESCA
https://t.co/LrFyrulUR1
23.- Corrupción y DDHH
https://t.co/joTVDe8rNM
24.- Jurisprudencia sobre México
https://t.co/hM1VeXGh9X
🗳️📌Les paso el resumen resumido de la reforma que reforma la Reforma Judicial:
1. Regresan las 2 salas de la Corte bajo el nombre de “secciones”.
2. Se mueve la elección judicial a 2028, pero las siguientes continuarán siendo concurrentes: 2030, 2033, etc.
3. La revocación de mandato se hará el mismo día que la elección judicial.
4. Cada Comité de Evaluación tendrá un “coordinador”; y entre los tres conforman un “Comité Coordinador” para acordar mismos criterios y filtros (pero no están obligados a elevar el estándar de evaluación).
5. Se reducen los aspirantes y candidatos por cargo judicial.
6. Se mantiene la tómbola.
7. Se adelantan tiempos de convocatoria para que "haya más tiempo para evaluar aspirantes".
8. Se legaliza la creación de distritos judiciales (algo que hizo el INE pero sin respaldo jurídico).
9. Se formaliza que las boletas dividan a candidatos por poder postulante o sin son juzgadores en funciones.
10. La jornada electoral-judicial se hará en la misma ubicación de las casillas de elecciones federales o locales.
11. Cuando un magistrado de circuito o juez se muera, renuncie o se ausente de forma definitiva, se queda vacante el cargo y se renovará hasta la siguiente elección.
12. Los juzgadores electos recibirán capacitación permanente de la Escuela nacional de Formación Judicial.
13. Los Magistrados Electorales les regalan un año más en el cargo, se van hasta el 2028.
Y ya, creo. ¿Me faltó algo?
¿Qué se esconde bajo tierra en la calle Guatemala nº 24 de Ciudad de México, como lo ha preguntado la presidente de la Comunidad de Madrid, @IdiazAyuso?
Se esconde esto: una torre circular de 4,7 metros de diámetro, llamada TZOMPANTLI, hecha por los aztecas con más de 600 cráneos resultantes de la industria del sacrificio humano.
La plataforma de argamasa, cal y piedra de tezontle se remonta al periodo del tlatoani Ahuízotl, entre 1486 y 1502, y confirma el relato de los cronistas españoles del siglo XVI, Bernal Díaz del Castillo, fray Bernardino Sahagún y Andrés de Tapia.
Un patrimonio precolombino que desde su descubrimiento en 2015 el gobierno mexicano aún mantiene cerrado al público.
En nuestros años maravillosos no le teníamos miedo al peligro…
La ventaja de no estar todo el tiempo pegados a la tecnología con que nuestros niños cuentan actualmente, nos permitía jugar con todo lo que estaba a nuestro paso. 😍