Asi debe actuar un Pleno del @CJudicaturaEc con plena independencia Judicial y Política, y aplicar las sanciones correspondientes y enviar a investigar a presuntos infractores de la Ley.👇 👏👏👏
Se dejó sin respuesta sumarios disciplinarios generados de casos como purga y metástasis , así como procesos por violencia sexual! Aquí la respuesta que este pleno ha dado.
Era una decisión acertada, que estaba demorando de realizarse, las Direcciones Provinciales a nivel nacional, son acuerdos entre privados.
En el Guayas hay un "JUEZ LÁGRIMA" que por todo despacho lloraba para que le den sus 💦, así literal son sus palabras y yo no miento.
Así mismo el mismo "JUEZ LÁGRIMA" ya tiene una investigación dispuesta junto con un poco de servidores Judiciales por delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA, y se inició la investigación por delito de FRAUDE PROCESAL, dispuesto por el Señor Fiscal General del Estado, que se tramita en Fuero Provincial 1 Guayas.
Es un corrupto solapado de Juez, que se cree más que todos, que tiene un EGO tan grande que cree que es INTOCABLE, y lo único que sabe hacer es copiar y pegar sentencias de otros, basta revisar algunas de sus resoluciones.
La Sala de lo Penal del Guayas tiene una solicitud de Declaratoria Jurisdiccional Previa de un ERROR INEXCUSABLE en su contra, y el JUEZ LÁGRIMA le pide ayuda a una JUEZA PROVINCIAL para que intervenga con el compareciente, NO JUEZ CORRUPTO, los Jueces de su caso, tendrán que resolver en derecho, lo que hasta la saciedad se ha demostrado en derecho por el denunciante. Que Usted incurrió en un evidente "ERROR INEXCUSABLE", por reiteradas omisiones y de negar el acceso a la Tutela Judicial Efectiva del compareciente.
Ya se va tu amigo del Consejo de la Judicatura del Guayas, ahora quién te ayuda.....
Tengo la fe que este nuevo mandato de la Presidente del Consejo de la Judicatura, va a poner un alto a esta CORRUPCIÓN JUDICIAL enquistada en la Función Judicial.
Señora Presidente @mechascaicedo
del @CJudicaturaEc@CJGuayas@CorteGuayas@DEFENSORIAEC
Señores Vocales
@_AlfredoCuadros@MagalyRuizCajas@DamianLarcoG
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📰 | #BoletínOficialCJ
Este 9 de junio de 2026, el Pleno del @CJudicaturaEc solicitó que todos los directores provinciales presenten sus renuncias.
🔗 Conoce los detalles y más decisiones aquí: https://t.co/MWcN0TUVmF
#JusticiaConIndependenciaCJ⚖️
Que importante sería que el @CJudicaturaEc@CJGuayas@CorteGuayas, pueda darse la molestia de determinar si existe o no injerencias políticas en el manejo de las diferentes Solicitudes de Declaratorias Jurisdiccionales Previas. Es decir, son los lobistas y amigos de los Jueces quienes resuelven "SI EXISTE O NO UN ERROR INEXCUSABLE".
Es decir, ayer fue tal partido político quien te hizo nombrar, ahora soy yo quien te puede ratificar o sacar del cargo. El punto de interés dirimente, es dejar a todos estos infiltrados que sigan haciendo de la suyas, a pesar de que ya fueron destituidos por "ERROR INEXCUSABLE" en el pasado.
Me remito a las pruebas que son públicas, el resto quedará en la conciencia del nuevo Pleno de la Judicatura, si revisa no las denuncias y las pruebas aportsdas por los usuarios del sistema de Justicia.
Señora Presidente @mechascaicedo
Señores Vocales
@_AlfredoCuadros@MagalyRuizCajas@DamianLarcoG
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Señora Presidente @mechascaicedo del @CJudicaturaEc
Señores Vocales
@_AlfredoCuadros@MagalyRuizCajas@DamianLarcoG@CJGuayas@CorteGuayas@FiscaliaEcuador@DEFENSORIAEC
Existe un Expediente No. 09100202600012G, con solicitud de Declaratoria Jurisdiccional de "ERROR INEXCUSABLE", en contra de la Fiscal INES MARÍA BARCO LOOR.
Este expediente fue sorteado a la Sala desde el 19 de febrero del 2026, pero hay una "LOBISTA", que utiliza "INFLUENCIAS" en favor de la denunciada, que es correista y brazo ejecutor de GALO CHIRIBOGA, EX FISCAL GENERAL DEL ESTADO.
Recordemos el "CASO DE QUINSALOMA", de @GaloLaraY
Ella busca a su otra amiga íntima la "MARTINA", con la consigna de que la ayuden, y que le tengan el expediente ahí en el congelador, hasta poder conseguir la "PRESCRIPCIÓN".
También existe una disposición del Señor Fiscal General del Estado, de que se inicie una investigación por delito de "FRAUDE PROCESAL" en contra de la misma denunciada por este tema disciplinario, y contra mas servidores Judiciales involucrados, es decir por los mismos hechos, se tramita en el DESPACHO DE FUERO PROVINCIAL 1 GUAYAS.
Señores del Consejo de la Judicatura, si quieren acabar con la corrupción, aquí les expongo otro caso comprobado, que la Jueza (PONENTE) OLGA MARTINA AGUILERA ROMERO (CORREISTA), fue compañera de la denunciada INES MARÍA BARCO LOOR (CORREISTA) en la Fiscalía General del Estado, antes de ser Jueza, será esto un caso más de "ESPÍRITU DE CUERPO", entre los servidores Judiciales.
Cuando Usted quiere demostrar su "INOCENCIA", lo que más desea un denunciado o procesado es la "CELERIDAD PROCESAL", y no mas bien la lentitud en el trámite correspondiente, que busca determinar si existe o no un "ERROR INEXCUSABLE".
Será acaso, que la denunciada Fiscal INES BARCO LOOR (CORREÍSTA), esta muy preocupada, porque busca jubilarse, y dejar en la impunidad tantos actos que cometió en el pasado, y no ser DESTITUIDA del cargo.
Ahora resulta, que en mi caso que he denunciado, el Juez resolvió "NO ACEPTAR EL ARCHIVO DE LA INVESTIGACION DEL DELITO DE FRAUDE PROCESAL" por una supuesta "PRESCRIPCIÓN", en contra del sospechoso EDUARDO ALFONSO RAFFO CAMPOS.
Y el Juez dejo en claro que ninguno de los "2 DELITOS ESTÁN AÚN PRESCRITOS", es decir esta Fiscal INES BARCO LOOR boicoteo 6 veces la AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS hasta conseguir que la Fiscalía "ARCHIVE" el caso.
Esto es "CORRUPCIÓN JUDICIAL", estas ARTIMAÑAS y PATRAÑAS, son las que hacen siempre estos funcionarios Judiciales corruptos, para de esta forma poder archivar, abstenerse, desestimar o prescribir causas y conseguir dar de baja a expedientes administrativos.
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Señora Presidente @mechascaicedo del @CJudicaturaEc
Señores Vocales
@_AlfredoCuadros@MagalyRuizCajas@DamianLarcoG@CJGuayas@CorteGuayas@FiscaliaEcuador@DEFENSORIAEC
Existe un Expediente No. 09100202600012G, con solicitud de Declaratoria Jurisdiccional de "ERROR INEXCUSABLE", en contra de la Fiscal INES MARÍA BARCO LOOR.
Este expediente fue sorteado a la Sala desde el 19 de febrero del 2026, pero hay una "LOBISTA", que utiliza "INFLUENCIAS" en favor de la denunciada, que es correista y brazo ejecutor de GALO CHIRIBOGA, EX FISCAL GENERAL DEL ESTADO.
Recordemos el "CASO DE QUINSALOMA", de @GaloLaraY
Ella busca a su otra amiga íntima la "MARTINA", con la consigna de que la ayuden, y que le tengan el expediente ahí en el congelador, hasta poder conseguir la "PRESCRIPCIÓN".
También existe una disposición del Señor Fiscal General del Estado, de que se inicie una investigación por delito de "FRAUDE PROCESAL" en contra de la misma denunciada por este tema disciplinario, y contra mas servidores Judiciales involucrados, es decir por los mismos hechos, se tramita en el DESPACHO DE FUERO PROVINCIAL 1 GUAYAS.
Señores del Consejo de la Judicatura, si quieren acabar con la corrupción, aquí les expongo otro caso comprobado, que la Jueza (PONENTE) OLGA MARTINA AGUILERA ROMERO (CORREISTA), fue compañera de la denunciada INES MARÍA BARCO LOOR (CORREISTA) en la Fiscalía General del Estado, antes de ser Jueza, será esto un caso más de "ESPÍRITU DE CUERPO", entre los servidores Judiciales.
Cuando Usted quiere demostrar su "INOCENCIA", lo que más desea un denunciado o procesado es la "CELERIDAD PROCESAL", y no mas bien la lentitud en el trámite correspondiente, que busca determinar si existe o no un "ERROR INEXCUSABLE".
Será acaso, que la denunciada Fiscal INES BARCO LOOR (CORREÍSTA), esta muy preocupada, porque busca jubilarse, y dejar en la impunidad tantos actos que cometió en el pasado, y no ser DESTITUIDA del cargo.
Ahora resulta, que en mi caso que he denunciado, el Juez resolvió "NO ACEPTAR EL ARCHIVO DE LA INVESTIGACION DEL DELITO DE FRAUDE PROCESAL" por una supuesta "PRESCRIPCIÓN", en contra del sospechoso EDUARDO ALFONSO RAFFO CAMPOS.
Y el Juez dejo en claro que ninguno de los "2 DELITOS ESTÁN AÚN PRESCRITOS", es decir esta Fiscal INES BARCO LOOR boicoteo 6 veces la AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS hasta conseguir que la Fiscalía "ARCHIVE" el caso.
Esto es "CORRUPCIÓN JUDICIAL", estas ARTIMAÑAS y PATRAÑAS, son las que hacen siempre estos funcionarios Judiciales corruptos, para de esta forma poder archivar, abstenerse, desestimar o prescribir causas y conseguir dar de baja a expedientes administrativos.
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Estos videos están en manos de la Fiscalía y la ex Senain. Servirán para demostrar mi INOCENCIA en el montaje del caso Quinsaloma.
#ElCorruptoFueCorrea
Señora Presidente @mechascaicedo del @CJudicaturaEc
Señores Vocales
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Existe un Expediente No. 09100202600012G, con solicitud de Declaratoria Jurisdiccional de "ERROR INEXCUSABLE", en contra de la Fiscal INES MARÍA BARCO LOOR.
Este expediente fue sorteado a la Sala desde el 19 de febrero del 2026, pero hay una "LOBISTA", que utiliza "INFLUENCIAS" en favor de la denunciada, que es correista y brazo ejecutor de GALO CHIRIBOGA, EX FISCAL GENERAL DEL ESTADO.
Recordemos el "CASO DE QUINSALOMA", de @GaloLaraYepez.
Ella busca a su otra amiga íntima la "MARTINA", con la consigna de que la ayuden, y que le tengan el expediente ahí en el congelador, hasta poder conseguir la "PRESCRIPCIÓN".
También existe una disposición del Señor Fiscal General del Estado, de que se inicie una investigación por delito de "FRAUDE PROCESAL" en contra de la misma denunciada por este tema disciplinario, y contra mas servidores Judiciales involucrados, es decir por los mismos hechos, se tramita en el DESPACHO DE FUERO PROVINCIAL 1 GUAYAS.
Señores del Consejo de la Judicatura, si quieren acabar con la corrupción, aquí les expongo otro caso comprobado, que la Jueza (PONENTE) OLGA MARTINA AGUILERA ROMERO (CORREISTA), fue compañera de la denunciada INES MARÍA BARCO LOOR (CORREISTA) en la Fiscalía General del Estado, antes de ser Jueza, será esto un caso más de "ESPÍRITU DE CUERPO", entre los servidores Judiciales.
Cuando Usted quiere demostrar su "INOCENCIA", lo que más desea un denunciado o procesado es la "CELERIDAD PROCESAL", y no mas bien la lentitud en el trámite correspondiente, que busca determinar si existe o no un "ERROR INEXCUSABLE".
Será acaso, que la denunciada Fiscal INES BARCO LOOR (CORREÍSTA), esta muy preocupada, porque busca jubilarse, y dejar en la impunidad tantos actos que cometió en el pasado, y no ser DESTITUIDA del cargo.
Ahora resulta, que en mi caso que he denunciado, el Juez resolvió "NO ACEPTAR EL ARCHIVO DE LA INVESTIGACION DEL DELITO DE FRAUDE PROCESAL" por una supuesta "PRESCRIPCIÓN", en contra del sospechoso EDUARDO ALFONSO RAFFO CAMPOS.
Y el Juez dejo en claro que ninguno de los "2 DELITOS ESTÁN AÚN PRESCRITOS", es decir esta Fiscal INES BARCO LOOR boicoteo 6 veces la AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS hasta conseguir que la Fiscalía "ARCHIVE" el caso.
Esto es "CORRUPCIÓN JUDICIAL", estas ARTIMAÑAS y PATRAÑAS, son las que hacen siempre estos funcionarios Judiciales corruptos, para de esta forma poder archivar, abstenerse, desestimar o prescribir causas y conseguir dar de baja a expedientes administrativos.
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Señora Presidente @mechascaicedo del @CJudicaturaEc
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Existe un Expediente No. 09100202600012G, con solicitud de Declaratoria Jurisdiccional de "ERROR INEXCUSABLE", en contra de la Fiscal INES MARÍA BARCO LOOR.
Este expediente fue sorteado a la Sala desde el 19 de febrero del 2026, pero hay una "LOBISTA", que utiliza "INFLUENCIAS" en favor de la denunciada, que es correista y brazo ejecutor de GALO CHIRIBOGA, EX FISCAL GENERAL DEL ESTADO.
Recordemos el "CASO DE QUINSALOMA", de @GaloLaraYepez.
Ella busca a su otra amiga íntima la "MARTINA", con la consigna de que la ayuden, y que le tengan el expediente ahí en el congelador, hasta poder conseguir la "PRESCRIPCIÓN".
También existe una disposición del Señor Fiscal General del Estado, de que se inicie una investigación por delito de "FRAUDE PROCESAL" en contra de la misma denunciada por este tema disciplinario, y contra mas servidores Judiciales involucrados, es decir por los mismos hechos, se tramita en el DESPACHO DE FUERO PROVINCIAL 1 GUAYAS.
Señores del Consejo de la Judicatura, si quieren acabar con la corrupción, aquí les expongo otro caso comprobado, que la Jueza (PONENTE) OLGA MARTINA AGUILERA ROMERO (CORREISTA), fue compañera de la denunciada INES MARÍA BARCO LOOR (CORREISTA) en la Fiscalía General del Estado, antes de ser Jueza, será esto un caso más de "ESPÍRITU DE CUERPO", entre los servidores Judiciales.
Cuando Usted quiere demostrar su "INOCENCIA", lo que más desea un denunciado o procesado es la "CELERIDAD PROCESAL", y no mas bien la lentitud en el trámite correspondiente, que busca determinar si existe o no un "ERROR INEXCUSABLE".
Será acaso, que la denunciada Fiscal INES BARCO LOOR (CORREÍSTA), esta muy preocupada, porque busca jubilarse, y dejar en la impunidad tantos actos que cometió en el pasado, y no ser DESTITUIDA del cargo.
Ahora resulta, que en mi caso que he denunciado, el Juez resolvió "NO ACEPTAR EL ARCHIVO DE LA INVESTIGACION DEL DELITO DE FRAUDE PROCESAL" por una supuesta "PRESCRIPCIÓN", en contra del sospechoso EDUARDO ALFONSO RAFFO CAMPOS.
Y el Juez dejo en claro que ninguno de los "2 DELITOS ESTÁN AÚN PRESCRITOS", es decir esta Fiscal INES BARCO LOOR boicoteo 6 veces la AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE CARGOS hasta conseguir que la Fiscalía "ARCHIVE" el caso.
Esto es "CORRUPCIÓN JUDICIAL", estas ARTIMAÑAS y PATRAÑAS, son las que hacen siempre estos funcionarios Judiciales corruptos, para de esta forma poder archivar, abstenerse, desestimar o prescribir causas y conseguir dar de baja a expedientes administrativos.
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El abogado REINALDO EFRAÍN CEVALLOS FREIRE, siendo un Fiscal en funciones, INOBSERVA reiteradamente la norma legal vigente tipificada en el Código Orgánico de la Función Judicial.
Presenta escritos con su sola firma y como "ABOGADO", en diferentes Expedientes de Investigación en la @FiscaliaEcuador Guayas, creando un "CONFLICTO DE INTERESES" con sus compañeros Fiscales.
Ademas presenta varios escritos con su sola firma y como "ABOGADO" ante Jueces de las Unidades Judiciales de Guayaquil y Samboróndon, de forma personal y en horas laborales, sin tener el permiso respectivo de Talento Humano de la Fiscalía.
Pero el total ABUSO DEL DERECHO se da el día Lunes 01 de Junio del 2026 a las 14h33, cuando presenta un nuevo escrito, firmando nuevamente como "ABOGADO", pero con un sello estampado de la Fiscalia General del Estado.
PREGUNTO:
¿ Esa acción del servidor Judicial no es crear un "CONFLICTO DE INTERESES" con el Juez de la causa ?
El servidor Judicial REINALDO CEVALLOS FREIRE, actúa con voluntad y conciencia y ejecuta reiteradamente el ACTO DOLOSO de presentar varios escritos en la Fiscalia y en las Unidades Judiciales, INOBSERVANDO, las normas legales establecidas en el COFJ, que se las detallo a continuación:
"...Art. 16.- Principio de Dedicación Exclusiva.- El ejercicio de cualquier servicio permanente o de periodo en la Función Judicial, remunerado presupuestariamente o por derechos fijados por las leyes, es incompatible con el desempeño libre de la profesión de abogado o de otro cargo público privado, con excepción de la docencia universitaria, que la podrán ejercer únicamente fuera de horario de trabaio...
Art. 103.- Prohibiciones.- Es prohibido a las servidoras y servidores de la Función Judicial:...
1. Abandonar el trabajo o ausentarse del mismo, de manera injustificada o sin autori- zación previa;...
12. Ejercer la libre profesión de abogado directamente o por interpuesta persona;...
16. Actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los de organismos de la Función Judicial; y...
Art. 109.- Infracciones gravisimas.- A la servidora o al servidor de la Función Judicial se le impondrá sanción de destitución, por las siguientes infracciones disciplinarias: ...
1. Vulnerar, a pretexto de ejercer facultad de supervisió, la independencia interna de las servidoras y los servidores de la Función Judicial;...
6. Ejercer la libre profesión de abogado directamente o por interpuesta persona;...
7. Intervenir en las causas como jueza, juez fiscal o defensor público con dolo, manifiesta negligencia o eror inexcusable declarados en el ámbito jurisdiccional, de conformidad con las disposiciones establecidas en los articulos siguientes, en concordancia con el artíiculo 125 de este Código;...".(Sic).
Se han presentado 5 Denuncias al Control Disciplinario del Guayas, indistintamente por cada caso que de forma individual ha incurrido en Prohibiciones el servidor Judicial, y se las detallo a continuación:
1.- Expediente No. 09001-2026-0478
2.- Expediente No. 09001-2026-0508
3.- Expediente No. 09001-2026-0551
4.- Expediente No. 09001-2026-0552
5. En trámite de apertura
ESTAS MALAS PRÁCTICAS DE LOS SERVIDORES JUDICALES EN TOTAL ABUSO DE FACULTADES, DEBEN SER SANCIONADAS Y DAR UN EJEMPLO CLARO A LOS USUARIOS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL, QUE ESTAS USANZAS VAN A TERMINAR.
👇 ONUS PROBANDI 👇
Y que pasa Señor Superintendente de Datos Privados, cuando los funcionarios de la @FiscaliaEcuador y @CJudicaturaEc hacen mal uso de sus usuarios y claves, y acceden a los datos personales, sin tener investigaciones, hasta fines de semana, incluso hasta un sábado de noche, quién responde, pides la información y se hacen los locos todos se tapan, y todos se lavan las manos, no sé, yo no vi, yo no soy, quién será, yo no fui, y ahi están las consultas desde la Dinardap.
@mechascaicedo
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Fabrizio Peralta, superintendente de Protección de Datos Personales, advirtió sobre los riesgos de entregar o permitir que terceros fotografíen la cédula de identidad. Explicó que este documento contiene información sensible que puede ser utilizada para suplantación de identidad u otros usos indebidos.
https://t.co/pEctBP9pnG
Mientras muchos no son responsables, buscan distraer, atacar o sembrar dudas, nosotros seguimos trabajando. En el Consejo de la Judicatura, desde la Presidencia, hay jornadas que superan las 15 horas diarias porque entendemos la magnitud de la responsabilidad que hemos asumido con el país.
Sé que las decisiones, los cambios y el trabajo serio generan incomodidad. También sé que existen intereses y mafias que preferirían que nada cambie. Pero no me voy a detener.
Mi compromiso no es con grupos de presión ni con agendas particulares; mi compromiso es con el Ecuador, con una justicia más eficiente, transparente, independiente y cercana a la ciudadanía.
Junto a un equipo de servidores comprometidos, seguiremos dando la cara, respondiendo con trabajo y demostrando con resultados que, cuando existe voluntad, las instituciones pueden avanzar.
El país espera respuestas y eso es exactamente lo que estamos haciendo: trabajar sin descanso para entregarlas.
Que Dios nos acompañe.
Señora Presidente @mechascaicedo del @CJudicaturaEc
Señores Vocales
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El abogado REINALDO EFRAÍN CEVALLOS FREIRE, siendo un Fiscal en funciones, INOBSERVA reiteradamente la norma legal vigente tipificada en el Código Orgánico de la Función Judicial.
Presenta escritos con su sola firma y como "ABOGADO", en diferentes Expedientes de Investigación en la @FiscaliaEcuador Guayas, creando un "CONFLICTO DE INTERESES" con sus compañeros Fiscales.
Ademas presenta varios escritos con su sola firma y como "ABOGADO" ante Jueces de las Unidades Judiciales de Guayaquil y Samboróndon, de forma personal y en horas laborales, sin tener el permiso respectivo de Talento Humano de la Fiscalía.
Pero el total ABUSO DEL DERECHO se da OTRO INCIDENTE el mismo día Lunes 01 de Junio del 2026 a las 14h53, cuando presenta un nuevo escrito, dentro de una ACCIÓN CONSTITUCIONAL, PROCESO No. 09286-2017-00726, firmando nuevamente como "ABOGADO", pero con un sello estampado de la Fiscalia General del Estado, ante el Señor Juez OSWALDO DÁVILA GABINO.
PREGUNTO:
¿ Esa acción del servidor Judicial no es crear un "CONFLICTO DE INTERESES" con el Juez de la causa ?
El servidor Judicial REINALDO CEVALLOS FREIRE, actúa con voluntad y conciencia y ejecuta reiteradamente el ACTO DOLOSO de presentar varios escritos en la Fiscalia y en las Unidades Judiciales, INOBSERVANDO, las normas legales establecidas en el COFJ, que se las detallo a continuación:
"...Art. 16.- Principio de Dedicación Exclusiva.- El ejercicio de cualquier servicio permanente o de periodo en la Función Judicial, remunerado presupuestariamente o por derechos fijados por las leyes, es incompatible con el desempeño libre de la profesión de abogado o de otro cargo público privado, con excepción de la docencia universitaria, que la podrán ejercer únicamente fuera de horario de trabaio...
Art. 103.- Prohibiciones.- Es prohibido a las servidoras y servidores de la Función Judicial:...
1. Abandonar el trabajo o ausentarse del mismo, de manera injustificada o sin autori- zación previa;...
12. Ejercer la libre profesión de abogado directamente o por interpuesta persona;...
16. Actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los de organismos de la Función Judicial; y...
Art. 109.- Infracciones gravisimas.- A la servidora o al servidor de la Función Judicial se le impondrá sanción de destitución, por las siguientes infracciones disciplinarias: ...
1. Vulnerar, a pretexto de ejercer facultad de supervisió, la independencia interna de las servidoras y los servidores de la Función Judicial;...
6. Ejercer la libre profesión de abogado directamente o por interpuesta persona;...
7. Intervenir en las causas como jueza, juez fiscal o defensor público con dolo, manifiesta negligencia o eror inexcusable declarados en el ámbito jurisdiccional, de conformidad con las disposiciones establecidas en los articulos siguientes, en concordancia con el artíiculo 125 de este Código;...".(Sic).
Se han presentado 5 Denuncias al Control Disciplinario del Guayas, indistintamente por cada caso que de forma individual ha incurrido en Prohibiciones el servidor Judicial, y se las detallo a continuación:
1.- Expediente No. 09001-2026-0478
2.- Expediente No. 09001-2026-0508
3.- Expediente No. 09001-2026-0551
4.- Expediente No. 09001-2026-0552
5. En trámite de apertura
ESTAS MALAS PRÁCTICAS DE LOS SERVIDORES JUDICIALES EN TOTAL ABUSO DE FACULTADES, DEBEN SER SANCIONADAS Y DAR UN EJEMPLO CLARO A LOS USUARIOS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL, QUE ESTAS USANZAS VAN A TERMINAR.
YA VAN 2 ESCRITOS EN DIFERENTES JUZGADOS, DONDE EL FISCAL EJERCE PRESIÓN PARA SU BENEFICIO PROPIO.
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Señores Vocales
@_AlfredoCuadros@MagalyRuizCajas@DamianLarcoG@CJGuayas@CorteGuayas@DEFENSORIAEC
El abogado REINALDO EFRAÍN CEVALLOS FREIRE, siendo un Fiscal en funciones, INOBSERVA reiteradamente la norma legal vigente tipificada en el Código Orgánico de la Función Judicial.
Presenta escritos con su sola firma y como "ABOGADO", en diferentes Expedientes de Investigación en la @FiscaliaEcuador Guayas, creando un "CONFLICTO DE INTERESES" con sus compañeros Fiscales.
Ademas presenta varios escritos con su sola firma y como "ABOGADO" ante Jueces de las Unidades Judiciales de Guayaquil y Samboróndon, de forma personal y en horas laborales, sin tener el permiso respectivo de Talento Humano de la Fiscalía.
Pero el total ABUSO DEL DERECHO se da el día Lunes 01 de Junio del 2026 a las 14h33, cuando presenta un nuevo escrito, firmando nuevamente como "ABOGADO", pero con un sello estampado de la Fiscalia General del Estado.
PREGUNTO:
¿ Esa acción del servidor Judicial no es crear un "CONFLICTO DE INTERESES" con el Juez de la causa ?
El servidor Judicial REINALDO CEVALLOS FREIRE, actúa con voluntad y conciencia y ejecuta reiteradamente el ACTO DOLOSO de presentar varios escritos en la Fiscalia y en las Unidades Judiciales, INOBSERVANDO, las normas legales establecidas en el COFJ, que se las detallo a continuación:
"...Art. 16.- Principio de Dedicación Exclusiva.- El ejercicio de cualquier servicio permanente o de periodo en la Función Judicial, remunerado presupuestariamente o por derechos fijados por las leyes, es incompatible con el desempeño libre de la profesión de abogado o de otro cargo público privado, con excepción de la docencia universitaria, que la podrán ejercer únicamente fuera de horario de trabaio...
Art. 103.- Prohibiciones.- Es prohibido a las servidoras y servidores de la Función Judicial:...
1. Abandonar el trabajo o ausentarse del mismo, de manera injustificada o sin autori- zación previa;...
12. Ejercer la libre profesión de abogado directamente o por interpuesta persona;...
16. Actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los de organismos de la Función Judicial; y...
Art. 109.- Infracciones gravisimas.- A la servidora o al servidor de la Función Judicial se le impondrá sanción de destitución, por las siguientes infracciones disciplinarias: ...
1. Vulnerar, a pretexto de ejercer facultad de supervisió, la independencia interna de las servidoras y los servidores de la Función Judicial;...
6. Ejercer la libre profesión de abogado directamente o por interpuesta persona;...
7. Intervenir en las causas como jueza, juez fiscal o defensor público con dolo, manifiesta negligencia o eror inexcusable declarados en el ámbito jurisdiccional, de conformidad con las disposiciones establecidas en los articulos siguientes, en concordancia con el artíiculo 125 de este Código;...".(Sic).
Se han presentado 5 Denuncias al Control Disciplinario del Guayas, indistintamente por cada caso que de forma individual ha incurrido en Prohibiciones el servidor Judicial, y se las detallo a continuación:
1.- Expediente No. 09001-2026-0478
2.- Expediente No. 09001-2026-0508
3.- Expediente No. 09001-2026-0551
4.- Expediente No. 09001-2026-0552
5. En trámite de apertura
ESTAS MALAS PRÁCTICAS DE LOS SERVIDORES JUDICALES EN TOTAL ABUSO DE FACULTADES, DEBEN SER SANCIONADAS Y DAR UN EJEMPLO CLARO A LOS USUARIOS DE LA FUNCIÓN JUDICIAL, QUE ESTAS USANZAS VAN A TERMINAR.
👇 ONUS PROBANDI 👇
¡SE ACABÓ EL BLINDAJE Y LA CORRUPCIÓN!
En la sesión extraordinaria 060-2026, la presidenta @mechascaicedo reiteró que este Pleno del @cJudicaturaEc no trabaja por una justicia selectiva, todos los actos de corrupción serán sancionados.
#JusticiaConIndependencia