En serio sorprende que la coalición no vote la rendición de cuentas, para impedir una política pública en favor de los más vulnerables? Lo que sí debería sorprender es que los más vulnerables los vuelvan a votar!
المقطع الاكثر حذفًا في تويتر من امبارح
المقطع ده الفيفا بتطارده بحقوق النشر من امبارح وكل اللي بينشره بيتقفله حسابه او المقطع ينحذف
ده باختصار ملخص الاخطاء التحكيمية امبارح وملخص المدعرة اللي عملها الحكم القذر ضد مصر
اتفرجوا بعينكم … ظلم بيّن وسرقة
Pobre Uruguay.
Un país donde la gente es rehén de los políticos que luchan entre ellos y donde lo único que les importa es ganar las próximas elecciones.
No tenemos salvación posible como país.
Estamos todos tomados por la decadencia y parece que nadie quiere darse cuenta.
@GabrielaDeB1961 Y cuál es la otra interpretación? Qué jurista la presenta? Qué otra intención tendría colocar eso en la ley, sino obligar a la ANEP a hacer lo que hoy finalmente se está haciendo? Al menos NADIE parece tener elementos para refutar el otro aspecto que planteo!
Precisiones sobre el debate en torno al Plan de Titulación para Docentes en Ejercicio:
La situación de los docentes de Educación Media sin título habilitante es un problema histórico del sistema educativo uruguayo. Precisamente por eso, es imprescindible avanzar en su resolución
Discutir cómo implementar este plan es legítimo y necesario.
Pero cuestionar o dilatar la existencia misma del mecanismo supone desconocer tanto un problema histórico de nuestras aulas como el mandato que la legislación vigente impone a la ANEP.
Daniel Devitta
Lo que corresponde discutir ahora es cuál es el mejor instrumento técnico y académico para implementarlo, preservando la calidad de la formación, reconociendo las trayectorias de los docentes y fortaleciendo el sistema educativo.
La negociación colectiva es una garantía esencial para los trabajadores respecto de sus condiciones laborales.
Pero no sustituye ni condiciona las competencias que la ley atribuye a los órganos de gobierno de la educación.
Confundir ambos planos conduce a una conclusión equivocada: que la conducción de la educación pública dependería del consentimiento de las organizaciones sindicales.
Nuestro ordenamiento jurídico no establece eso.
Si durante la implementación surgen aspectos específicos relativos a condiciones de trabajo que la Ley 18.508 considere materia de negociación colectiva, esos aspectos deberán tratarse en los ámbitos correspondientes.
Pero eso no alcanza a la definición de la política educativa.
La definición de las políticas de formación y titulación docente es competencia de la ANEP y, particularmente, de su CODICEN, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley.
Esa competencia no puede ser sustituida.
Sin embargo, discrepo con la idea de que la creación o reglamentación de este mecanismo de titulación deba quedar supeditada a la negociación colectiva únicamente porque su aplicación pueda tener efectos sobre la carrera funcional.
Coincido plenamente en que la tercera etapa de este plan debe implementarse con seriedad, rigor académico y participación de los distintos actores del sistema.
Nadie propone titulaciones automáticas, “cheques en blanco” ni rebajas en las exigencias.
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