Boric presentó el proyecto de ley para condonar el CAE y pasar al FES (Financiamiento Educación Superior) el 7 de octubre del 2024.
Arduamente (con minorías en la cámara y en el Senado) lograron que se aprobara en la cámara de diputados/as.
Cuando pasa al Senado, la derecha del Senado decide rechazarlo.
Tampoco lo he visto a usted colega hablando de que esta licitación la hizo alguien de derecha, en un gobierno de derecha y que más encima la misma persona que hizo la licitación es dueña de la empresa que se la adjudicó después.
Digan la verdad, cortina de humo para desviar la atención.
Otro decreto que dicen que aún no está listo, pero ya están firmados, decretos que terminarían con.las operaciones en hospitales y la atención primaria ..
No es METAFORA , es UNA VERDAD
@espinozacuellar@ejopia La UDI olvidó que el Poder Judicial:
Es el encargado de la administración de justicia en el país. Goza de total autonomía frente a los otros dos poderes "Legislativo y Ejecutivo".
En fin. El presidente de la república no tiene poder sobre el Poder Judicial.
Corte Suprema se suma a cuestionamientos de CFA. Gobierno debe recapacitar y desistir de su posición dogmática e intransigente. El país demanda más diálogo. https://t.co/WhUZ50KMiW
NO A LA DESIGNACIÓN DE RICARDO RINCÓN.
INFORME DE ANTECEDENTES JUDICIALES: CASO RICARDO ENRIQUE RINCÓN GONZÁLEZ (ROL C-504-2003)
MATERIA: Violencia Intrafamiliar y Faltas a la Ética Pública.
TRIBUNAL: 16º Juzgado Civil de Santiago.
I. RELATO DE LOS HECHOS PROBADOS
De acuerdo con el expediente judicial iniciado el 28 de enero de 2003, se establecieron como hechos de la causa los siguientes eventos ocurridos durante la convivencia del entonces diputado con doña Carolina Hidalgo:
• Agresión Física Gravísima: Se acreditó que el 22 de julio de 2002, el sentenciado propinó una golpiza a la demandante, consistente en lanzarla al suelo, golpearla con los pies en diversas partes del cuerpo y, posteriormente, sentarse sobre ella para impactar de forma reiterada con sus puños su rostro.
• Diagnóstico Médico: Tras la agresión, el servicio de urgencia de la Clínica Alemana constató lesiones de gravedad, destacando una fractura de nariz y contusiones múltiples, las cuales fueron validadas por el tribunal como resultado directo del actuar de Ricardo Enrique Rincón González.
• Daño Psicológico: El tribunal consideró el informe psicológico que daba cuenta de un sufrimiento severo y una afectación grave a la salud mental de la víctima producto del ciclo de violencia.
II. AGRAVANTES Y CONDUCTA PROCESAL
El proceso judicial reveló aspectos que cuestionan la probidad del involucrado más allá del acto de violencia:
1.Falsedad sobre el Título Profesional: En el transcurso del proceso, Ricardo Enrique Rincón González se presentó ante el tribunal bajo la calidad de abogado, profesión que el tribunal constató no poseía en ese momento. El fallo califica este hecho como una "conducta contraria a derecho y una falta a la ética".
2.Obstrucción y Testimonios Falsos: La sentencia menciona que la defensa presentó testigos cuyas declaraciones resultaron físicamente imposibles, pretendiendo situar al agresor en dos lugares distintos de manera simultánea para eludir su responsabilidad.
3.Negación de los Hechos: El tribunal desestimó la defensa de Rincón González, quien calificó los hechos como "imaginaciones" de la víctima, determinando que su versión carecía de sustento frente a la evidencia física y pericial.
III. RESOLUCIÓN Y SENTENCIA
El 16º Juzgado Civil de Santiago resolvió:
• Acoger la denuncia por violencia intrafamiliar en todas sus partes.
• Condenar a Ricardo Enrique Rincón González a la medida de seis meses de terapia psicológica obligatoria en el Centro Comunitario Parque Hurtado.
IV. CONCLUSIÓN PARA EL SERVICIO EXTERIOR
Desde una perspectiva de Derecho Público y Ética Gubernamental, la existencia de una sentencia que acredita violencia física, suplantación de profesión ante un juez y falta a la verdad procesal, constituye un impedimento moral absoluto para ejercer cargos de representación internacional. Un nombramiento de esta índole vulneraría los estándares de idoneidad exigidos por la Administración del Estado bajo la presidencia de S.E. José Antonio Kast.
NO A LA DESIGNACIÓN DE RICARDO RINCÓN.
INFORME DE ANTECEDENTES JUDICIALES: CASO RICARDO ENRIQUE RINCÓN GONZÁLEZ (ROL C-504-2003)
MATERIA: Violencia Intrafamiliar y Faltas a la Ética Pública.
TRIBUNAL: 16º Juzgado Civil de Santiago.
I. RELATO DE LOS HECHOS PROBADOS
De acuerdo con el expediente judicial iniciado el 28 de enero de 2003, se establecieron como hechos de la causa los siguientes eventos ocurridos durante la convivencia del entonces diputado con doña Carolina Hidalgo:
• Agresión Física Gravísima: Se acreditó que el 22 de julio de 2002, el sentenciado propinó una golpiza a la demandante, consistente en lanzarla al suelo, golpearla con los pies en diversas partes del cuerpo y, posteriormente, sentarse sobre ella para impactar de forma reiterada con sus puños su rostro.
• Diagnóstico Médico: Tras la agresión, el servicio de urgencia de la Clínica Alemana constató lesiones de gravedad, destacando una fractura de nariz y contusiones múltiples, las cuales fueron validadas por el tribunal como resultado directo del actuar de Ricardo Enrique Rincón González.
• Daño Psicológico: El tribunal consideró el informe psicológico que daba cuenta de un sufrimiento severo y una afectación grave a la salud mental de la víctima producto del ciclo de violencia.
II. AGRAVANTES Y CONDUCTA PROCESAL
El proceso judicial reveló aspectos que cuestionan la probidad del involucrado más allá del acto de violencia:
1.Falsedad sobre el Título Profesional: En el transcurso del proceso, Ricardo Enrique Rincón González se presentó ante el tribunal bajo la calidad de abogado, profesión que el tribunal constató no poseía en ese momento. El fallo califica este hecho como una "conducta contraria a derecho y una falta a la ética".
2.Obstrucción y Testimonios Falsos: La sentencia menciona que la defensa presentó testigos cuyas declaraciones resultaron físicamente imposibles, pretendiendo situar al agresor en dos lugares distintos de manera simultánea para eludir su responsabilidad.
3.Negación de los Hechos: El tribunal desestimó la defensa de Rincón González, quien calificó los hechos como "imaginaciones" de la víctima, determinando que su versión carecía de sustento frente a la evidencia física y pericial.
III. RESOLUCIÓN Y SENTENCIA
El 16º Juzgado Civil de Santiago resolvió:
• Acoger la denuncia por violencia intrafamiliar en todas sus partes.
• Condenar a Ricardo Enrique Rincón González a la medida de seis meses de terapia psicológica obligatoria en el Centro Comunitario Parque Hurtado.
IV. CONCLUSIÓN PARA EL SERVICIO EXTERIOR
Desde una perspectiva de Derecho Público y Ética Gubernamental, la existencia de una sentencia que acredita violencia física, suplantación de profesión ante un juez y falta a la verdad procesal, constituye un impedimento moral absoluto para ejercer cargos de representación internacional. Un nombramiento de esta índole vulneraría los estándares de idoneidad exigidos por la Administración del Estado bajo la presidencia de S.E. José Antonio Kast.
Ricardo Rincón fue sentenciado por violencia intrafamiliar y años después expulsado del Partido Democrata Cristiano. ¿A él lo van a mandar de embajador político a Panamá? Hermano de @ximerincon. ¿O sea que realmente no tienen mejor gente? Conozco decenas de profesionales de alto nivel en la derecha, abogados ingenieros que nunca fueron condenados a nada, que podrían ser excelentes embajadores políticos. Panamá se merece un chileno que no haya sido condenado por violencia intrafamiliar de embajador.
Hoy se condenó a 28 ex oficiales y civiles por la malversación de caudales públicos de $28.300.098.000 millones de pesos al interior de Carabineros de Chile.
De esta causa nació la arista de gastos de representación en que fue condenado el ex general director de Carabineros, Eduardo Gordon.
El mismo equipo de la Fiscalía fue el que logró la condena por malversación de gastos reservados de la PDI, donde se condenó al ex director general, Héctor Espinoza.
FONASA: EL REGRESO DE LOS PROCESADOS La última joyita del Gobierno de Kast es el nombramiento de César Oyarzo como director de Fonasa. Sí, el mismo q ahora va a manejar la billetera de la salud de millones de chilenos, es el que fue procesado por fraude al fisco en el año 2003.