¿Cómo les pareció la actitud de Abelardo De La Espriella con Malú en la entrevista de Noticias Caracol?
❤️ Fue grosero y se equivocó.
🔄 Lo hizo bien, estuvo firme.
Yo quisiera saber, ¿cuanto estan pagando @IvanCepedaCast y @PalomaValenciaL por un trino en contra de Abelardo? Pa ver si también me hago un dinero extra...
Para el próximo año, o decretan día cívico en Barranquilla para todo el mundo, o hacen la Guacherna en la vía 40!
Barranquilla está vuelta un caos!
@AlejandroChar@alcaldiabquilla
@JOSEHUGOILLERA La directiva ya cumplió: armó un equipazo.
Ahora nos toca a nosotros 💪
A llenar el Metro, reventar el Romelio y acompañar en el Jaime Morón.
Los títulos también se juegan en la tribuna.
¡Todos juntos por Junior! 🔴⚪🦈🔥
La derrota de @JuniorClubSA frente a Santa Fe deja una sensación de tristeza y frustración que ya es demasiado familiar. Parece que cada vez que enfrentamos a un equipo grande en Colombia, la historia se repite: un equipo sin alma, sin ideas y sin la jerarquía.
La derrota de @JuniorClubSA frente a Santa Fe deja una sensación de tristeza y frustración que ya es demasiado familiar. Parece que cada vez que enfrentamos a un equipo grande en Colombia, la historia se repite: un equipo sin alma, sin ideas y sin la jerarquía.
La derrota de @JuniorClubSA frente a Santa Fe deja una sensación de tristeza y frustración que ya es demasiado familiar. Parece que cada vez que enfrentamos a un equipo grande en Colombia, la historia se repite: un equipo sin alma, sin ideas y sin la jerarquía.
Las entidades públicas en Colombia tienen hasta el 30 de junio para pagar la prima de servicios correspondiente al primer semestre del año. Sin embargo, según el DAFP, específicamente para empleados públicos, la prima de servicios se paga en los primeros 15 días del mes de julio.
- *Cobro de intereses*: si la prima no se paga durante 24 meses consecutivos.
Es importante que los trabajadores verifiquen que su empleador cumpla con este plazo para evitar retrasos en el pago.
Las empresas en Colombia tienen hasta el 30 de junio para pagar la prima de servicios correspondiente al primer semestre del año. Este pago cubre el período trabajado entre el 1 de enero y el 30 de junio, o desde la fecha de inicio del contrato si el ingreso fue posterior.
Si el empleador no cumple con esta obligación, puede enfrentar sanciones como:
- *Multas*: desde 1 hasta 5,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- *Indemnización por mora*: un día adicional de salario por cada día de retraso en la consignación de la prima.