El nuevo Código Penal y los delitos de opinión: ¿protección o censura en la era digital? - E3 NOTICIAS. Interesante artículo del @gabrielbrugal sobre los delitos de opinión en el nuevo código penal. Lectura recomendada https://t.co/IntiTknguJ
Un año hace casi que promulgaron el nuevo Código Penal y ahora es que se dan cuenta de las barbaridades de esa legislación que nos alejó de la doctrina y la jurisprudencia francesa y nos deja en un limbo jurídico. 🤦🏼♂️⚖️🤷🏻
@reynaldoramos02 Los Thinks tanks y ONGs operan en en lawfare como estructuras colaterales, bajo la sombrilla del apartidismo, y son las que crean las narrativas y juzgan moralmente al procesado.En nombre de la "lucha contra la corrupción" solicitan explicitamente la violación al debido proceso.
@Pancho1957 La etapa intermedia (la audiencia preliminar) no es un pasillo de paso obligatorio hacia el juicio; es un filtro de SUFICIENCIA y legalidad. ¡Usted no cree en esos principios, es una pena siendo abogado!
@Pancho1957 afirmar que "nadie debería temer a que se presenten las pruebas" es una manipulación retórica que traslada la carga del error del sistema al ciudadano imputado, despojando al proceso de sus filtros de legalidad.
@Pancho1957 Obligar a un ciudadano a someterse a la "pena de banquillo" de un juicio de fondo sin que la acusación tenga una base probable y lícita es una flagrante violación al debido proceso. El juicio es la última ratio, no el punto de partida automático ante la "gravedad" de los hechos.
El juez dicta el auto de no ha lugar cuando : ……5) los elementos de prueba ofertados en la acusación presentada antes la audiencia preliminar resulten insuficientes para fundamentar la acusación ( ver artículo 309ley núm 97-25 ).👀🙊💅🏻@Pancho1957
En ocasiones, al cliente no le gusta que le recordemos lo que no puede hacerse. Si esta contrariedad se convierte en exigencia, hay que desistirse de continuar con la defensa del caso. La independencia es un pilar de la abogacía.
@ElvisPerez07@ProcuraduriaRD y eso que tiene que ver con José Ramón Peralta, la pregunta que usted debería hacerse es ¿porque Mimilo no fue procesado? y de paso le preguntó ¿se leyó la acusación?
Confundir el respeto a las garantías constitucionales con la "búsqueda de impunidad" es una falacia peligrosa. Un proceso judicial serio exige evidencia concreta, legal y directa, no relatos abstractos. Ningún ciudadano debe ser condenado con pruebas débiles o ilegales…1/3
Exigir pruebas lícitas, contundentes y vinculantes no es un "estándar metafísico", es la base del principio de legalidad y del debido proceso. @pbalbuena
La verdadera carrera de resistencia es ceñirse estrictamente a la ley, no pretender que los jueces flexibilicen las exigencias probatorias para cubrir las falencias de una investigación. Exigir pruebas lícitas, contundentes y vinculantes no es un "estándar metafísico”…
Felicidades y muchas bendiciones para @madamesaga, Luis Rivas, @pbalbuena, Santiago Rodríguez (Chago), @EmeryColomby y @Marmontesino.
Han realizado un trabajo extraordinario. Demostraron que, cuando el derecho se ejerce con independencia, rigor y valentía, la justicia puede imponerse sobre los prejuicios, la presión mediática y el populismo penal. Lo que para muchos parecía imposible hoy es una realidad.
Esta decisión no solo reivindica principios jurídicos fundamentales; también devuelve la esperanza a una comunidad jurídica que anhela una justicia guiada por la verdad, las pruebas y el debido proceso. Han recordado al país que la función de la justicia no es complacer emociones ni satisfacer condenas anticipadas, sino garantizar derechos y proteger la legalidad.
Hoy gana el Estado de Derecho. Hoy se fortalece la confianza en la justicia dominicana. Felicidades por una labor que trasciende este caso y reafirma que la verdad, cuando es defendida con firmeza y talento, siempre encuentra su camino. Y entiendo que faltó el no ha lugar del señor Daniel Omar Caamaño Felicidades @GonzaloCastillo@JoseRPeraltaF