O #VascoDaGama presta sua solidariedade diante do trágico terremoto que atingiu a Colômbia.
Nossos sinceros sentimentos a todo o povo colombiano. Que neste momento de dor e reconstrução todos possam encontrar força, união e esperança.
🇨🇴🖤
Hola
@movilpt ayer realice pago de mi factura, pero aun siguen enviando mensajes de suspensión línea y en app no se ve reflejado pago. Por WhatsApp imposible comunicarse con asesor.
Alcalde Gutiérrez, hoy no solo se cayó la persecución que lanzó contra mí, mi familia y mi equipo para sacarme del camino a la Presidencia, sino que además empieza el camino para que usted tenga que responder por delitos contra la administración pública. No basta con la nulidad: Esta misma semana daremos impulso probatorio a la denuncia que pusimos ante la fiscalía en 2022 sobre aguas vivas, un contrato ilegal que firmaron ustedes el último día de gobierno, mismo día que firmó con su propia mano un decreto para modificar el pot (ilegal) y darle validez al negocio. Tendrá que explicar la fiscalía por qué terminó imputando a quienes denunciamos y qué tuvo que ver la contratación de la la fiscal seccional de Medellín por parte de Fico en esos hechos. Avanzaremos no solo con denuncias penales sino de reparación por los daños económicos y reputacionales. La justicia cojea pero llega. Va por usted y le va a llegar.
Siempre le creí a Daniel Quintero, lo llegué a ver como presidente. Hoy se hizo justicia: una jueza anuló la imputación de cargos en el caso “Aguas Vivas” por deficiencias de la Fiscalía. Que todos sepan que se recupera su buen nombre. ¡Felicidades por este triunfo, Daniel! @QuinteroCalle 👏🦾
#QuinteroInocente #AguasVivas
Hoy pide al congreso que vayan todos a una guarnición militar a posesionarlo. Mañana con esas mismas armas entrará al congreso a cerrarlo. Guarden este trino. (14 julio 2026)
Denuncia penal a directivos de la FLA por obstrucción a las tareas de auditoría ordenadas por la Superintendencia
1. La Superintendencia Nacional de Salud promovió una denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra los directivos de la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA), ante la negativa de estos a permitir el desarrollo de la diligencia de auditoría adelantada por el equipo auditor, en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control de la entidad.
2. El pasado 26 de junio de 2026, siendo las 14:40 horas, el equipo auditor de la Superintendencia se presentó en las instalaciones de la FLA con el propósito de reanudar las actuaciones de inspección y vigilancia. La entidad vigilada no permitió la continuidad de la auditoría, lo que impidió su desarrollo. Se trata de un hecho sin precedentes en la historia de la entidad: ningún sujeto vigilado se había negado a permitir el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud. El deber de atender los requerimientos de las autoridades y de permitir el ejercicio del control no es facultativo: vincula a todo sujeto vigilado y a sus servidores.
3. Ya previamente se había tenido que superar un obstáculo que mantenía suspendida la diligencia, después de la recusación que la entidad vigilada radicó el 24 de junio de 2026 contra el Superintendente Nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, y el Superintendente Delegado para Entidades Territoriales, Juan David Duque García. Mediante la Resolución 2026100000007139-6 de 2026, el Ministerio de Salud y Protección Social declaró no probada dicha recusación, lo que dejó habilitada la continuación de la auditoría ordenada mediante el Auto No. 202659000001332-7 del 22 de junio de 2026. No obstante, una vez superado ese obstáculo, la entidad vigilada se negó a permitir la reanudación de la diligencia.
4. La Superintendencia Nacional de Salud recuerda que, conforme a los artículos 6, 121 y 209 de la Constitución Política, constituye un deber de todo servidor público y de todo sujeto vigilado colaborar con las autoridades y atender oportunamente sus requerimientos. La obstaculización del ejercicio legítimo de la función pública puede configurar el delito de obstrucción a la función pública (artículo 429D del Código Penal), sancionado con pena privativa de la libertad de treinta y seis (36) a sesenta (60) meses, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias previstas en el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) y de las investigaciones fiscales a que haya lugar.
5. En consecuencia, además de la denuncia penal, la Superintendencia puso los hechos en conocimiento de la Procuraduría General de la Nación y de la Contraloría General de la República, y adelanta las actuaciones administrativas que correspondan frente a la entidad vigilada, incluida la eventual imposición de las multas sucesivas previstas en la Ley 1949 de 2019 por el desacato a sus requerimientos.
Beto Coral fue nuevamente trasladado este día por las autoridades migratorias estadounidenses. Su familia asegura que desconoce su ubicación actual y advierte que su nombre ya no aparece en el sistema oficial ICE Locator, situación que ha incrementado la preocupación y la incertidumbre sobre su estado y sus condiciones de detención.
Ante la falta de información y la imposibilidad de tener contacto con él, la familia hace un llamado urgente al Gobierno de Colombia, a las Naciones Unidas, a los organismos de derechos humanos y a la comunidad internacional para que acompañen el caso y velen por el respeto de sus derechos fundamentales. @petrogustavo@infopresidencia@cancilleriacol
Miren los ojos de esta mujer cuando se encuentra con Iván. Ellas sí que se la juegan por la vida... y eso es lo que importa. Y como dicen ellas: "Vamos a ganar".
Cuando es que la @Superservicios@sicsuper van a poner alto a los abusos de @ClaroColombia cobran reconexion de servicios con 3 días de retraso de un mes. 43.000 cobran por ello, es un robo de frente.