@RepCarlos@SecRubio@SecWar@RepMariaSalazar Good morning, President Trump, to all. Please listen to the prophecy. Prayer to Almighty God: The United States is in danger. Almighty God, have mercy on us and the entire world. Amen. Blessings 🙏 🙏 🆘 🆘 https://t.co/R4sEoEopyf
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Arrancamos con toda la energía en este año 2026. Dios, nos está mostrando el camino correcto y el pueblo colombiano, ya se percató de esta GRAN OPORTUNIDAD, que tenemos con nuestro candidato ADLE.
Somos defensores de la patria y custodios de la DEMOCRACIA. Estamos ….
Firmes Por La Patria!
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Cuando hay incompatibilidad entre un decreto y la Constitución, no se “espera”: se aplica la Constitución.
Eso no es desobediencia. Es Estado de Derecho.
📜 Artículo 4 de la Constitución: qué dice y qué autoriza
“La Constitución es norma de normas.
En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.”
Esto no es una frase simbólica.
Es una regla operativa inmediata.
👉 Traducción directa:
Cuando una ley, un decreto o un acto administrativo choca con la Constitución,
NO se aplica esa norma inferior,
se aplica la Constitución.
Sin esperar a nadie.
🔑 ¿Qué habilita concretamente el artículo 4?
1️⃣ La excepción de inconstitucionalidad
El artículo 4 es el fundamento directo de la excepción de inconstitucionalidad.
Eso significa que:
cualquier autoridad pública (incluidos gobernadores),
en un caso concreto,
puede dejar de aplicar una norma inferior
si es incompatible con la Constitución.
📌 No deroga la norma.
📌 No sustituye a la Corte.
📌 Protege la supremacía constitucional mientras la Corte decide.
¿Por qué esto aplica al decreto de emergencia económica?
Porque hay choques constitucionales evidentes, entre otros:
Reserva de ley tributaria
→ los impuestos no se crean ni se aumentan por decreto ordinario.
Autonomía territorial
→ departamentos no son simples ejecutores fiscales del Ejecutivo.
Límites a los estados de excepción
→ la emergencia no puede usarse para resolver problemas estructurales ni para legislar permanentemente.
Cuando estos choques son manifiestos, el artículo 4 obliga a preferir la Constitución.
⚖️ Punto crucial: NO es rebeldía, es deber
Aplicar el artículo 4:
❌ no es desacato,
❌ no es prevaricato,
❌ no es usurpación de funciones.
Al contrario:
👉 No aplicar la Constitución cuando hay incompatibilidad sí puede generar responsabilidad.
El funcionario no está autorizado a obedecer una norma inconstitucional manifiesta solo porque “viene del Gobierno”.
🚨 Respuesta jurídica a las amenazas del Ejecutivo
Cuando se amenaza a gobernadores por aplicar el artículo 4, ocurre algo grave:
Se invierte la jerarquía normativa.
Se pretende que el decreto esté por encima de la Constitución.
Se desnaturaliza el Estado de Derecho.
Eso no tiene sustento jurídico.
🧠 Conclusión clara
👉 El artículo 4 no es opcional.
👉 Es una instrucción constitucional directa.
👉 Existe precisamente para momentos como este, cuando el poder se desborda y el control tarda.
Amen
🇨🇴🇮🇷‼️ | ATENCIÓN — Las protestas en Irán se convirtieron en una masacre inmensa. Más de dos mil muertos por las acciones represivas del régimen iraní y el número aumentaría fuertemente. Mujeres asesinadas, uso ilegítimo de la fuerza, armas de fuego y censura digital. De momento, cero mensajes de Gustavo Petro condenando la situación en Irán. "¿Acaso ellas no merecen -como lo hizo con el Hamas- que tome el megáfono para defenderlas?", señaló Ingrid Betancourt.