@carod2015 Nada. A los efectos de la vigencia del DNU lo importante es lo establecido en el artículo 24 de la Ley 26.122. Específicamente, “el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación”. A falta de rechazo de ambas, queda vigente.
@FSagarna@matiasno87 Sin duda alguna el mejor cuerpo docente de Obligaciones Civiles y Comerciales de FDUBA. Privilegiados quienes fuimos y puedan ser parte.