La exjefa de gabinete del ministro de Interior Marlaska a una militante rasa del PSOE llamada Leire Díez sobre un contrato público que investiga la Guardia Civil:
«Hemos desactivado todo».
Madre mía el lawfare. No cesa.
Gente que se indigna porque la FIFA (parece que tras llamada del presidente de Gobierno estadounidense) se meta donde no debe y haya anulado una decisión del árbitro, pero que pide que el CGPJ, tal vez previa indicación de miembros del Gobierno, se meta en labores jurisdiccionales y remedie las decisiones de algunos jueces. O los sancione.
#FutbolIndependienteYa
#JusticiaIndependienteYasiEso
Deshumanizar a la UCO y a los jueces, como paso previo a sustituirlos, era la última fase del plan. Ahí moría la democracia.
No les ha salido bien, pero debemos aprender una lección para el futuro, porque de lo contrario, quizá la próxima vez no tengamos tanta suerte.
Que nadie olvide que, para el Gobierno, normalizar el relato del lawfare en la opinión pública es conditio sine qua non para justificar indultos, reformas punitivas e, incluso, un eventual rechazo de un suplicatorio.
🚨🚨Esto es lo que se pretendía, tras los ataques feroces de algunos políticos y medios a los jueces que instruyen causas de corrupción política.
Se trata de destrozar la confianza de los ciudadanos en su Justicia.
El daño puede llegar a ser irreparable.👇👇👇
Estos dos párrafos son para enmarcar y poner en la entrada de todas las AAPP:
"Sonroja recordar que las potestades administrativas no son derechos subjetivos. A diferencia del particular, que puede hacer cuanto la ley no le prohíba, la Administración solo puede realizar aquello que la ley le autoriza. Toda su actuación radica en el ejercicio de un poder previamente atribuido por la norma, de modo que, sin esa atribución, no puede actuar. Y el poder así conferido es, además, funcional; mientras el titular de un derecho lo ejerce en su propio interés y puede renunciar a él, la potestad debe ejercitarse en interés ajeno al propio del titular, no para provecho de quien la ostenta, sino al servicio de la comunidad, a la que la Administración ha de servir con objetividad y sometimiento pleno a la ley y al Derecho (artículo 103.1 de la CE). De ahí que las potestades sean indisponibles para quien las ostenta (inalienables, intransmisibles e irrenunciables), por ser creación del Derecho y, aun siendo imprescriptible su titularidad, su ejercicio queda sometido a los plazos de prescripción o de caducidad que la ley fija.
La Administración no es dueña de sus poderes, los ejerce dentro del cauce y para el fin que la ley señala, sin disponer de ellos a su arbitrio. En el plano tributario la consecuencia se agudiza. No existe una potestad de imposición única, sino un conglomerado de potestades tributarias, cada una con su presupuesto, su fundamento, su procedimiento y su plazo. La de declarar la responsabilidad del artículo 42.2 a) de la LGT es una de ellas, perfectamente acotada; y ninguna potestad puede emplearse para suplir a otra (no son intercambiables)."
🔴 TREMENDA EXCLUSIVA
Un testigo asegura que en 2021 un representante de Hacienda exigió pagar un 3% de comisión directamente a un "primo" de María Jesús Montero para avanzar en la venta de un edificio público
El negocio se hundió por esa imposición sin negociación
https://t.co/s1BoPw3ANv
Si esto estuviera en Francia o Italia habría colas para verlo.
Está en #Soria, es el monasterio de Santa María de la Huerta. Pásate a verlo este verano, anda.