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UEFA y FIFA, atadas de manos: la Audiencia de Barcelona tumbó el cohecho y blinda cualquier acción del @realmadrid contra el @FCBarcelona_es
En las últimas horas varios creadores de contenido han difundido como “noticia” una supuesta denuncia de futuro del Real Madrid ante FIFA y UEFA por cohecho, apoyada en el Código Ético para intentar un plazo de prescripción de diez años.
Ese encaje es irreal: el cohecho ha sido descartado por resolución firme de la Audiencia de Barcelona, de modo que cualquier eventual expediente sancionador solo podría tramitarse por la vía general, sometida al plazo ordinario de cinco años. (Ya prescrito).
Ni FIFA ni UEFA pueden hoy accionar el cohecho frente al FC Barcelona porque ese tipo penal ha sido ya descartado por resolución firme de la jurisdicción penal española en el mismo sustrato fáctico.
La Sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona, Auto AAP B 1372/2024, ECLI:ES:APB:2024:1372A, de 23 de mayo de 2024, estima los recursos de apelación del FC Barcelona y de los demás investigados y revoca íntegramente el auto de 27 de septiembre de 2023 que les atribuía un delito continuado de cohecho activo y pasivo, dejando sin efecto esa calificación.
En esa resolución, desaparece el presupuesto típico del cohecho y la propia Audiencia declara improcedente “la nueva y provisoria calificación” por dicho delito, revocando el auto del Juzgado de Instrucción nº 1 y estimando los recursos del FC Barcelona y sus directivos contra la imputación por cohecho.
Desde la óptica del derecho sancionador, esto significa que el mismo núcleo fáctico (pagos del FC Barcelona al vicepresidente del CTA entre 1993 y 2018) ya ha sido sometido a enjuiciamiento penal en cuanto a su encaje en el cohecho, concluyéndose expresamente que no concurren los elementos típicos.
Cualquier intento ulterior de FIFA o UEFA de calificar esos hechos como cohecho deportivo u otra forma de soborno público chocaría con el principio non bis in idem material: no puede someterse de nuevo a juicio el mismo hecho en su dimensión de “cohecho” cuando un tribunal penal competente ya ha excluido la concurrencia de los presupuestos típicos de ese ilícito.
Si FIFA o UEFA insistieran en reconstruir el caso bajo la etiqueta de cohecho, estarían reabriendo un debate penal ya zanjado, con idéntico sustrato fáctico y mismo bien jurídico (probidad de la función arbitral), vulnerando el non bis in idem que veda duplicar procedimientos sancionadores sobre los mismos hechos y bajo idéntica naturaleza punitiva.
Acceso a la sentencia completa 👇
https://t.co/sWPD0zIHx7
Video dedicado a vosotros, LOS TONTOS que llevais 3 años haciendo el ridiculo.
Ahora ya sabeis xq el caso se va alargando y alargando.
XQ NO HAY NADA ILEGAL
ME RIO EN VUESTRA P**** CARA
😂😂😂😂😂😂
CULES guardad video y enseñarlo a los abducidos tontainas q van de jueces
Para cuándo se le interpondrá una querella a este sujeto por difamación, ya es tiempo que se tomen cartas en el asunto, para uno dice que es una supuesta acusación de agresión Sexual, pero en el caso Asencio, sin dudarlo pinto la presunción de Inocencia, es un tipejo cobarde...
@_Benito___ Yo les invito hacer un peritaje, de todos los partidos jugados en liga champions a ver qué equipo fue más beneficio, El Barcelona que según ustedes pagaba a los árbitros, o al real Madrid. Que según ustedes no soborna árbitros, creo que ustedes la llevarán de perder...