Criterios para la determinación de la pena.- Artículo 345 de la Ley núm. 97-25, que instituye el Código Procesal Penal (CPP).- Dichos criterios operan como instrumentos que permiten ajustar la sanción a las particularidades del caso concreto, garantizando su proporcionalidad y razonabilidad frente al daño causado y la gravedad del hecho.
Principio in dubio pro reo (la duda favorece al reo).- Característica.- Este principio manda al juzgador que, aun cuando haya realizado una actividad probatoria, si la prueba deja alguna duda razonable en cuanto a la existencia de culpabilidad del acusado, la misma debe ser aplicada a favor del reo.- Explicación.
No hay que llevarse a engaño: Lo que procuran no es que se haga justicia, sino insistir en su campaña mediática, molestos porque no influyó en la justicia como esperaban.
Solo hay que ver la miocardiopatía de Takotsubo o síndrome del corazón roto, que aunque no necesariamente es letal, es un claro recordatorio de que incluso emociones fuertes o un estrés importante, tienen repercusiones reales y palpables sobre el cuerpo.
Las diferencias de opinión enriquecen la democracia.
Ahora, presentarse como un ente "neutral" cuando lo que se hace es propaganda, eso es deshonesto.
Es un derecho, pero es deshonesto.
@Pancho1957 La corrupción es sistémica, como la delincuencia, porque no se persigue de manera objetiva; la justicia es selectiva y cuando hablo de la justicia hablo de todos los actores. El día que quieras discutir sin pretender que un grupo son paladines y los demás son malandros, hablamos.