@IDL_Gorriti ¿Rebelión?. Déjeme decirle que usted señor está cometiendo un delito, está instando a la población a cometer un delito, lo cual está tipificado como una acción punitiva según el artículo 24 del código penal. El @FiscaliaPeru deberá iniciar las investigaciones correspondientes.
@cesarcombina@cesarcombina eso me pareció muy curioso, en la resolución que declara improcedente tampoco le da plazo para subsanar. Cuál es la intención de este señor.
@juank23_7 Por eso fue advertida e impugnada por el personero del partido afectado. En tal sentido se garantizó el debido proceso, lo que hace advertir a su vez la confiabilidad de estas elecciones.
El porcentaje del #Conteo se revertirá. Aún faltan contabilizar las actas de Loreto (1063), actas de Ucayali (170) y otro poco de Piura, adicionalmente faltan contabilizar las actas del extranjero que le favorecen a Keiko y las actas de Lima impugnadas.