Podemos salir a evaluar con cualquiera de los 5 equipos que hay en el país , @MIC_RD , puede ser en compañía de @sergiocarlo@josepeguero@RDSomosPueblo .
Esta semana la premium y la regular miden igual .
@Elboni_1 llegó a 317 de por vida, convirtiéndose en el líder HISTÓRICO de los Tigres del Licey.
El Capi superó a César Gerónimo (316), Manuel Mota (314), R. Landestoy (284), y T. Martínez (282).
#LE64DO#Licey#ElGlorioso 🐯💙
⚠️ ADVERTENCIA ⚠️
Independientemente de una formación de Baja Presión en el Suroeste del Mar Caribe a mediados o finales de esta semana, se prevé que ocurran importantes acumulados de lluvias sobre Haití y Suroeste y Sur de RD desde el jueves. Debemos de vigilar la zona 🌩️
🇩🇴🇺🇸 Dos naciones, una misma pasión por el béisbol.
Recibimos a la embajadora de los Estados Unidos, Leah Francis Campos, quien realizó el lanzamiento ceremonial de la primera bola.
#LiceyFamily 💙
Vi un tuit de alguien anoche donde hablaba de esta aplicación. Se llama PlayBall y tiene todo lo relacionado con @LIDOMRD ahora mismo me parece que es la mejor junto con la de @TigresdelLicey descárguenla que está muy bien.
Resumen del comunicado oficial: Todo el contenido de La Casa de Alofoke 3 será libre de uso para monetización excepto Youtube por el acuerdo de exclusividad con la plataforma. Navidad pal pueblo 🎅🏻🎄
La gasolina regular en RD$317.50 se encontraba en RD$272.50 en octubre del año pasado, una diferencia de RD$45 por galón.
Es decir, si tu vehículo tiene una capacidad de 13 galones y lo llenas semanalmente, en un año tu capacidad de compra se redujo en RD$30,420 (RD$45 × 52 semanas × 13 galones). Si ganas RD$50,000 mensuales, tu capacidad de compra se contrajo un 5.07 %, solo por el alza del combustible, sin tomar en cuenta la evolución de la canasta básica familiar.
Por otra parte, el dólar amanece hoy a RD$61.34, un aumento de RD$2.70. No parece mucho, pero cuando hablamos de USD$10,000 o una cantidad similar, la diferencia sí es considerable.
A esto se suma el alza desproporcionada de las facturas eléctricas, que en algunos casos han llegado a ser hasta 10 veces el monto promedio de pago de un alto porcentaje de la población, cuyos casos dónde las personas se han visto en la obligación de pagarlas porque «no queda de otra».
Podemos concluir que estamos en una fase de esclavitud económica, en la que la sociedad dominicana está tan ocupada sobreviviendo que no tiene siquiera tiempo para reclamarle a su verdugo.
La pregunta es:
¿Cómo podemos salir de la trampa y realmente producir mejoras en el país?
¿Es solo la política?
¿Es solo comentar en redes?
¿Es solo indignarse?
¿Qué podemos hacer en el día a día para mejorar el rumbo de nuestro Estado?
🇩🇴 ¡Para los dominicanos!
La diputada y quienes impidieron el procedimiento debieron ser arrestados en flagrancia; rebelión, desacato, y usurpación de funciones; improcedencia de la inmunidad parlamentaria.
La acción de la diputada Millys Johanna Martínez Morillo, al esposarse deliberadamente junto al ciudadano que los agentes intentaban procesar, constituye a nuestro juicio una flagrancia. Debió ser arrestada en el acto y puesta a disposición del Ministerio Público para ser penalmente procesada.
No solo la señora diputada. Son coinfractores y debieron ser arrestados en el acto por la Policía todos los que se encontraban impidiendo la actuación policial. Aún pueden ser perseguidos penalmente.
Los ciudadanos deben entender que no tienen derecho a interferir en una actuación policial. Ni la condición de legislador ni la de particular autorizan a detener, obstaculizar o impedir el trabajo de los agentes. Si existen abusos por parte de la Policía, la propia norma penal establece sanciones para ellos -Art. 165 y siguientes sobre arresto ilegal-. Esas infracciones se persiguen por las vías legales, no mediante la interrupción directa del procedimiento por particulares o legisladores.
Ni la Constitución ni la ley otorgan a un legislador facultad para interrumpir o impedir un procedimiento policial. Los diputados no tienen potestad de mando sobre la Policía Nacional.
Un legislador carece de autoridad legal para detener el trabajo de un cabo, mucho menos de un oficial superior. Esa competencia pertenece al Ministerio Público y a los jueces.
La diputada, esposarse físicamente mediante las esposas al ciudadano objeto de la intervención, generó un obstáculo material y voluntario a la actuación de los agentes. Esa conducta encuadra en las las infracciones penales: de rebelión (Art. 312), desacato (Art. 315) y usurpación de funciones (Art. 316) del Código Penal vigente. La inmunidad parlamentaria no cubre el delito flagrante, en este caso evidentemente no aplica el articulo 86 de la constitución.
Si los agentes incurrieron en arresto ilegal respecto del ciudadano, esa ilegalidad no autorizaba a la diputada ni a los presentes a detener el procedimiento por su propia mano. La revisión de la legalidad de un arresto corresponde al Ministerio Público y al juez. La interferencia directa es una infracción penal.
Se trata de un mal ejemplo. Una autoridad legislativa, actuando fuera de su competencia, irrespetó el trabajo de otra autoridad que actuaba dentro de sus atribuciones.
El director de la Policía @PoliciaRD@pesqueiradiego debió respaldar públicamente a sus agentes. El silencio institucional frente a la vulneración de su autoridad solo debilita la cadena de mando y la capacidad operativa de oficiales y agentes.
@SusanaGautreau@vvilla2332 No tienes nada contra bulin y le pones apodos deshonrosos! Después no se moleste cuando le digan algún seudónimo que usted es ñoñisima