🤔TC:
Los tribunales inferiores no están vinculados inperativamente por la jurisprudencia del TS, no vulnerándose la tutela judicial efectiva si se apartan de ella.
🆕El Supremo fija 6 criterios para distinguir el acoso sexual callejero de la agresión sexual.
🔶 La Sala Segunda fija por primera vez 6 criterios para distinguir los tipos penales introducidos por la LO 10/2022. Lo hace a raíz de un beso en la mano en una parada de autobús de Alcobendas.
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Una de las experiencias vitales más importantes que he vivido en mi vida fue cuando, en la Escuela Judicial, recibí formación sobre trasplantes de órganos. Lo cuento en mi primer libro, “Así funciona la justicia”, pero lo reproduzco parcialmente aquí. Hilo 🧵 👇🏻 (1/11)
hoy lanzo https://t.co/4PHE6L4QJ6: una nueva herramienta interactiva para explorar datos de empleo y salarios de egresados universitarios, por carrera y universidad
incluye los nuevos datos de la cohorte 2019-2020 (sacados hoy!)
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@PabloIglesias@Garibaldi_28012 Lo de “defender espacios antifascistas” suena espectacular pero me imagino que es simplemente llamar a la @policia cuando vienen mal dadas.
La Fiscalía ha pedido la nulidad de la sentencia que ha condenado a quien era su máximo responsable, Álvaro García Ortiz. Algunas consideraciones jurídicas para que sirvan de contexto, en forma de hilo, ofcor.
BOE de ayer: Estamos asistiendo a una expropiación forzosa sin justiprecio: el Gobierno, que no asume ninguna política para mejorar el acceso a la vivienda, expropia con Decretos Leyes sucesivos a propietarios privados a quienes deja sin casa y sin dinero. Los vulnerables +
@AlphaXXXVI@JuridicoQue Está claro que la ley dice una cosa, y muchas veces, la práctica policial lleva hacia otro lado por cuestión práctica. Pero jamás se nos tiene que olvidar que dice la norma. Que de tanta práctica a veces se niega la verdadera obligación policial. Y de ahí vienen las sustos.
🍈Sobre el debate surgido en relación a la presentación de denuncias en sedes policiales.
«¿Debe recogerse todo hecho que se comunique por escrito a pesar de su irrelevancia?».
Os dejo una aportación al respecto realizada en el grupo de Telegram.
@FoferX2@JuridicoQue Si pone que realices una comprobación de la denuncia, salvo que no revirtiera caracteres de delito, la lógica es muy clara, que se debe de recoger la denuncia, formalizarla, y después hacer la valoración de si existen indicios de delito o si no los tiene, y actuar en consonancia.
@JuanRaXC@JuridicoQue La comprobación, la no comprobación, y el momento en el que se debe tomar tal decisión, es decir, una vez formalizada la denuncia. Lo que queda meridianamente claro es que no cabe el negarse a tomar una denuncia, por el
Mero hecho de que no existen indicios de delito,
@BOT__IJO@JuridicoQue@joseluissariego Por no poner bien, ni el art. que regula la detención policial, el artículo 493 no dice que “La Autoridad o agente de Policía judicial tendrá obligación de detener”. Convendría que el autor del artículo echara un ojo a lo que dice la jurisprudencia mayoritaria sobre el 492.4.
@JuridicoQue@Alba_tm90 Y no olvidemos que existen tribunales, que, aunque absuelvan la parte penal resuelven sobre la civil, en la propia sentencia penal. Vid AP Jaén 230/2018 de 18 de junio.
@JuridicoQue Piensa que en el norte se toman muy en serio los territorios históricos forales. La Ertzaintza en Bizkaia dice que seguirán deteniendo a los que amenacen con arma blanca. Si estas pensando visitar País Vasco, de vacaciones mejor a Bilbao.
@JuridicoQue De los creadores de si en el quebrantamiento de medida cautelar la víctima accede al encuentro, no se procede a la detención, ahora la segunda parte, si no le clavan el cuchillo, no moleste a la policía. Se está luciendo Vitoria y sus interpretadores de la ley.
@JuridicoQue ¿Sabe si ha cambiado el Código Penal últimamente? Se ve que hasta que la punta del arma no toque parte vital, Ertzaintza va a considerar delito leve la amenaza con arma blanca.
@elcorreo_com Art. 3 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
@Proserpinasb Art. 3 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.