🚨🇬🇧 | Mientras el país es islamizado con la invasión de inmigrantes musulmanes, la Selección de Inglaterra presentó una camiseta con la imagen de San Jorge, el santo patrón del país.
#ACESSProtege
📍 #Chimborazo | 🗣️ Tras una denuncia ciudadana, inspeccionamos un 🦷 centro de especialidades odontológicas en #Riobamba.
❌ Debido a hallazgos sanitarios críticos y, como medida provisional de protección, 🚫 se clausuró el establecimiento de salud 🏥.
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📌 #Guayaquil | La #ACESS realizó una inspección de habilitación a una ambulancia de soporte vital básico, verificando el cumplimiento de los aspectos técnicos y operativos que aseguran un servicio de calidad.
Durante el proceso se evaluaron:
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📌 Convocatoria abierta para el Concurso Nacional “Institucionalizando la Seguridad del Paciente”.
🏆 Buscamos reconocer las mejores prácticas en el Sistema Nacional de Salud ⚕️.
📩 Invitamos a postular a 🏥 establecimientos de segundo nivel de atención.
📰 BOLETÍN | 🚨🚫 La #ACESS clausuró un establecimiento clandestino en el sur de 📍 #Guayaquil que, bajo la fachada de una peluquería, realizaba procedimientos estéticos ilegalmente.
🔎 Conoce todos los detalles de este operativo 🔗 https://t.co/8MyKwiCQum
#ACESSProtege
Mi pronunciamiento ante los supuestos chats de Norero que me mencionan. Lean todo, que soy contundente:
1. Según unos vagos de TikTok y X: "en los chats de Leandro Norero se habla de contratar a Felipe Rodríguez por su gran capacidad técnica, lo cual demuestra que el crimen organizado lo quería como abogado".
2. Primero, y antes que nada, gracias totales. Nunca antes me habían piropeado así. Gracias por lo de "gran capacidad técnica". Denle suave, que me sonrojan.
3. En los chats del caso Metástasis nunca soy mencionado. Los chats son públicos y todos pueden acceder a ellos, por lo tanto, la campaña en mi contra nace de una mentira torpemente fabricada y fácilmente desmontable.
4. Pero planteemos la hipótesis: ¿y si fuesen reales? Hubiesen perdido el tiempo buscándome. Ni mi firma ni yo defendemos a narcotraficantes. Nunca lo hemos hecho y nunca lo haremos. Jamás traspasaremos esa línea roja. Los narcos: que se jodan. Primero muerto antes que defenderlos.
5. ¿Pero quién está atrás de esta enorme campaña? Los tengo identificados: la red de delincuentes que cobran sobornos tarifados del Consejo de la Judicatura. Ante mi columna que los revela y desnuda, necesitan desesperadamente quitarme credibilidad.
6. ¿Las malas noticias para ellos? Esta semana rendiré versión en Fiscalía y revelaré, con nombres y apellidos, los datos de las víctimas y de los victimarios. Yo no me quedo en la sola redacción de una columna: me gusta la acción.
7. Así que sigan poniendo sus mejores esfuerzos alabándome y, si me van a coquetear, al menos háganlo con nombre y apellido, no tras cuentas anónimas que no me dan miedo, sino ternura.
Ya les vamos a arreglar los aires. La presidenta del @CJudicaturaEc, Mercedes Caicedo, recorrió los juzgados en Guayaquil y constató sus precarias condiciones, como tener los aires acondicionados dañados, lo que ha obligado a los servidores a comprar ventiladores por el calor sofocante.
"Pan para hoy, hambre para mañana" es un refrán que advierte sobre el peligro de buscar soluciones inmediatas o efímeras que traen consecuencias negativas a largo plazo.
MI COLUMNA DE HOY
A muchos lectores les va a sorprender esta columna, pero no me puedo callar.
Esta es la historia de un criminal al que mandé a la cárcel.
Esta es la historia de lo que como ser humano no puedo admitir.
Este es mi grito contra el sistema penitenciario.
Lean, para que los monstruos no seamos los que estamos libres👇🏻
MI COLUMNA DE HOY
A muchos lectores les va a sorprender esta columna, pero no me puedo callar.
Esta es la historia de un criminal al que mandé a la cárcel.
Esta es la historia de lo que como ser humano no puedo admitir.
Este es mi grito contra el sistema penitenciario.
Lean, para que los monstruos no seamos los que estamos libres👇🏻
🔵Acción de protección y recurso de apelación
#LaCortedice que el efecto de apelar, en garantías, es la revisión del proceso en su integralidad.
🔹En casos de acciones de protección, mediante el recurso de apelación, es siempre posible que los jueces de alzada se pronuncien sobre el fondo del asunto debatido, debiendo para esto analizar los fundamentos de hecho y de derecho de la litis.
🔹De modo que, se puede obtener como resultado, ya sea:
A) La confirmación de la decisión dictada en primera instancia.
En este caso, se obtiene la misma conclusión que la judicatura inferior, i.e. Negar o aceptar, total o parcialmente, la acción.
En el caso de aceptar la acción, bien puede:
i) Confirmar la decisión propiamente.
En este caso, se ratifican tanto el razonamiento como las medidas de reparación dictadas, sin que esto obste la obligación de emitir un razonamiento propio de la judicatura.
ii) Confirmar la decisión con modificación del razonamiento de la judicatura inferior o las medidas dictadas por considerarlas no idóneas o porque no tendrían la potencialidad de reparar efectivamente los derechos vulnerados.
Dada la exigencia de claridad que debe revestir una sentencia, la reforma de las razones y/o medidas de reparación debe ser expresa.
B) Confirmar parcialmente la decisión.
En este caso, la decisión de la sentencia de instancia, se ratifica sólo de forma parcial.
Un ejemplo de aquello se observa cuando en primera instancia se acepta totalmente la acción, y en la apelación sólo se lo hace de forma parcial.
Asimismo, el cambio de decisión demandará la expresión de las razones que los operadores judiciales de alzada han advertido para realizar dicho cambio; en estos casos, por lo general también se modificarán las medidas de reparación.
c. La revocatoria de la sentencia dictada en primera instancia.
En este caso, se obtiene una conclusión totalmente contraria a la sentencia dictada por la judicatura inferior. Si en primera instancia se negó una acción, en segunda se aceptaría o viceversa.
Se precisa que, cuando se acepta la acción en primera instancia y se niega en segunda, la sentencia dictada por la instancia inferior es “dejada sin efecto automáticamente […] dejando de existir en el plano jurídico”.
🔹Aun confirmando o sustituyendo la decisión, las judicaturas de apelación deben analizar la existencia de vulneración de derechos.
Esto último, con excepción de los casos en los que este Organismo ha indicado que se puede no analizar la real vulneración de derechos constitucionales (desnaturalizaciones, improcedencias manifiestas, etc.).
Sentencia No. 649-22-EP/26▶️cita la Sentencia No. 92-21-IS/24. Párr. 41
Durante la sesión se abordó el Proyecto de Ley Orgánica para la Promoción, Prevención, Diagnóstico, Atención Integral y Protección de los Derechos de las Personas que Viven con Obesidad en Ecuador.
📍 #Importante: Pronto daremos un paso más hacia la mejora continua de nuestra gestión.
A partir del 1 de junio de 2026, contaremos con el formulario actualizado para Centros Especializados, fortaleciendo así el proceso de habilitación de los establecimientos de esta tipología.
#Loja | Activamos nuestro punto informativo en la Facultad de la Salud Humana de @UNLoficial.
🗣️ Socializamos las competencias y servicios de la #ACESS 📝 con los estudiantes de psicología clínica, odontología, medicina, enfermería y laboratorio clínico.
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