@PITERALBEIRO@ArgiroCasta888@ghitis Es penoso que un supiesto abogado ignore q en Colombia existe separación de poderes. Presidente no judicializa; existe Fuero Constitucional (Art. 174 y 178 C.P.). Los expresidentes tienen juez natural en la Corte Suprema, no en el despacho de su sucesor. Repase la Constitución