La Constitución dice que la suspensión del Presidente debe ser decretada por el Senado, previa admisión pública de la acusación (arts. 194 y 175).
Una norma legal general no puede crear competencias que el constituyente no otorgó.
Si aceptamos que cualquier funcionario puede llegar, mediante interpretación, a ejercer facultades constitucionalmente reservadas a otro órgano, entonces el problema ya no es político, es el vaciamiento progresivo del principio de legalidad.
La pregunta es incómoda pero necesaria: ¿cuándo una interpretación deja de ser una interpretación posible y se convierte en una decisión manifiestamente contraria al ordenamiento jurídico?
Apreciado profesor @JFPerdomoTorres, considero problemático sostener que, en materia de vehículos autónomos, el principio de confianza recae exclusivamente sobre el fabricante. Esa tesis, en el fondo, termina negando la autonomía funcional del sistema autónomo, pues mantiene el análisis de imputación anclado únicamente en la conducta humana precedente.
Si realmente se admite que el vehículo autónomo puede interactuar de manera independiente en un tránsito normado, procesar información y adoptar decisiones de conducción, entonces la cuestión dogmáticamente relevante es otra: si esa autonomía permite reconocer al propio sistema como destinatario del principio de confianza dentro del tráfico vial, y no simplemente como un instrumento cuya actuación se reconduce siempre al fabricante.
Sobre responsabilidad penal por accidentes con vehículos autónomos. Debate interesante donde la dogmática moderna del derecho penal da luces en la solución. @bmwcolombia
El libre desarrollo de la personalidad es un principio fundamental, pero no puede operar hasta el punto de erosionar las condiciones materiales que hacen posible la protección de la vida y la integridad. La cuestión no es cultural. Es estructural.
Parece chiste, pero no lo es. Ya lo he planteado antes.
¿Cómo debe responder el derecho penal frente a la auto percepción? ¿Si, pero acá no? En general, ¿Cómo debe responder el derecho ?. ¿qué procedimiento opera ante una emergencia médica: el sistema de salud humana o el veterinario?
Si es víctima de una agresión, ¿se responde por lesiones personales o por daño a un animal?
Penalistas abro el hilo.
#therians #derechopenal
La pregunta no es si deben respetarse las identidades, sino, si la autodeterminación puede alterar los presupuestos fácticos sobre los que descansa la imputación. ¿Podemos enfrentar problemas con la tipicidad o imputación si el sujeto reconoce la condición del sujeto pasivo?
Lo ocurrido con el exalcalde #williamdau fue indignante. El contacto físico usado para humillar lesiona la dignidad humana y constituye un delito. La violencia no puede trivializarse ni convertirse en contenido. Exalcalde, denuncie. Cuente conmigo, incluso de forma gratuita.
Es perfectamente legítimo criticar una dictadura. Lo que resulta incoherente es hacerlo mientras se invoca una intervención extranjera en Colombia. Quien promueve una invasión reproduce lógicas propias del autoritarismo, más aún en un país que eligió legítimamente a su presidente
📘 Se viene un libro sobre extinción de dominio con diversas perspectivas y enfoques que, sin duda, aportarán mucho a esta disciplina. Participan personas que saben bastante del tema, así que promete ser una gran obra.
✅ Mi aporte consistió en un análisis de la buena fe cualificada como límite a la extinción de dominio, elaborado a partir de un estudio jurisprudencial del desarrollo que esta figura ha tenido en la Sala de Extinción de Dominio del Tribunal Superior de Bogotá.
🗝️Destaco algo clave: la buena fe cualificada solo puede alegarse en causales de origen o adquisición; en cambio, en las causales de destinación lo que debe demostrarse es el cumplimiento de deberes de vigilancia y supervisión.
📌Muchas gracias al profesor Santiago @SantiiagoVa y al profesor @marcobdelatorre por crear estos espacios académicos.
Recuerdo aquel caso en que un anciano de 90 años fue absuelto por una multa de velocidad.
Su “delito” fue conducir con prisa para llevar a su hijo al hospital.
Ese era el juez Frank 1936–2025 más allá de la ley, buscaba la justicia material.
Su último deseo “Recuérdenme”
No importa cuánto tardemos en encontrarnos, lo importante es insistir. Pero una vez que nos encontramos, el verdadero reto es no perdernos; ser constantes, cuidarnos y elegirnos todos los días.
El derecho penal no puede ser guiado por la emoción social ni manipulado por sectores políticos.
Lo sucedido con Miguel Uribe es condenable, pero también lo es el oportunismo de quienes hacen política con la tragedia.
#Colombia
CSJ confirma sentencia por el delito de actos sex con -14.
La FGN solo tuvo como prueba el testimonio de la madre de la victima (testigo de referencia).
1.tratamiento diferencial de la admisibilidad de la prueba de referencia.
2. Principio de protección reforzada.
Se puede comprender el sentir de impotencia frente a casos como el del ex policía que abatió a sus victimarios en Bogotá, incluso pensar que lo sucedido representa justicia, no obstante, la aplicación de nuestro sistema penal no puede ser conducido por emociones.