Petro va a tocar las pensiones:
NOOOO dictador, chavista, noz vamos a bolber como Venezuelaaaaaaa.😡
Abelardo va a tocar las pensiones:
LO amoooo mal! Viva Cristo Rey! Yo voté por esto. GRrrrrrrrrrrreat! 🐯 😍
#Atención ¡Falloteeee! A favor del ex Presidente @petrogustavo
Y de la Libre Expresión
La gloria sea de Dios.
La Sección Primera Subsección A del Tribunal Administrativo de #Cundinamarca determinó que las declaraciones del ex Presidente Gustavo Petro Urrego sobre el proceso electoral, desconocer a @ABDELAESPRIELLA, criticar el sistema electoral, el polémico software de los hermanos Bautista que alquila la Registraduria, están protegidas por la #LibreExpresión.
Estas expresiones no constituyen una vulneración de derechos fundamentales, ni afectan la #Democracia, ni ponen en riesgo a la @Registraduria o al sistema electoral, a pesar de la narrativa mediática que se intentó instalar.
Tuvimos más jurados, más testigos, más participación política, lástima que escondieran las urnas del exterior, pero eso es harían de otro costal.
Lo cierto es que, con ponencia del magistrado Felipe Alirio Solarte Maya y voto concurrente de la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno (sentencia del 25 de agosto de 2026, exp. 2026-00299-01), la Sala revocó la orden de rectificación que un juzgado le había impuesto al entonces Presidente y negó íntegramente el amparo constitucional promovido en su contra.
Pero déjenme contarles lo curioso de la decisión: la decisión se profirió en el marco de una acción de tutela que pretendía silenciar al ex Presidente por sus manifestaciones sobre integridad electoral, supuestamente por afectar la #paz, la #convivencia, la participación democrática y la transición presidencial, es decir, exactamente el mismo debate que hoy se ventila en la acción popular interpuesta por el profesor @RamiroBejaranoG que cursa en la misma Sala, ante el magistrado Lasso Lozano como ponente.
Lo más curioso es que la @PGN_COL ahora sí reconoce la libre expresión mientras en la acción popular pidió medida cautelar de censura previa, ¡claro! El interés era en primera y segunda vuelta.
Otro dato importante es que el mismo magistrado Lasso debe proferir la sentencia de la acción popular pero que, por cierto, en esta tutela, salvó el voto en contra de la mayoría de la Sala.
Y esto es lo importante: el pulso no es por silenciar a Petro, líder de la oposición y hasta hace poco Presidente. El pulso es porque la censura previa está prohibida (art. 20 CP; art. 13.2 CADH), y un país democrático debe resistir la crítica y el debate público, no silenciarlo.
"El juez constitucional está llamado a resolver controversias jurídicas y no a dirimir disputas de naturaleza política." Dijo el honorable Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera Subsección A, 25/08/2026.
Así, una vez más, hemos ganado una batalla por la libre expresión de todos los Colombianos y en especial, la del ex Presidente @petrogustavo y el progresismo.
@RELE_CIDH@CIDH
Punto a favor del metro elevado es que visibiliza lo mal planificada que está la ciudad en el sur. Cero árboles, espacios públicos reducidos y en mal estado, vías y sectores aún en tierra y lo más complejo, la visual de la ciudad desde las alturas.
Gaza es el genocidio más documentado de la historia, sin embargo el más negado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.