Monika Silva tiene rostro, tiene nombre, tiene historia.
Lo que no tiene todavía es justicia.
Hacemos una sola pregunta, en voz alta, hasta que no se pueda ignorar: ¿quién ordenó matarla?
Comparte. Difunde. No la dejemos sola.
Por @mejoresdiasEC#JusticiaParaMonikaSilva #QuiénOrdenóMatarAMonika
1.- La Constitución de la República -CRE- (Art. 227) exige que la administración pública se rija por los principios de eficiencia, eficacia, transparencia y rendición de cuentas, “priorizando el interés general, sobre cualquier beneficio personal”.
2.- El Art. 233 -CRE-, establece que ningún servidor público está exento de responsabilidad administrativa, civil y penal por el manejo de fondos, bienes o recursos públicos, y somete a imprescriptibilidad los delitos como peculado.
3.- El Código Orgánico Integral Penal -COIP- (Art. 278), tipifica el peculado cuando servidores públicos abusen, distraigan o dispongan arbitrariamente de dineros o bienes públicos en beneficio propio o de terceros, con penas de 10 a 13 años.
4.- El uso de recursos públicos (fotos, videos, publicaciones) para construir una “marca personal”, constituye un abuso de recursos y bienes públicos, desviándolos de su finalidad institucional, hacia un lucro reputacional o político.
5.- La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública obliga a promover información sobre servicios y resultados institucionales, NO, SOBRE EL ROSTRO O ASPIRACIONES PERSONALES DEL FUNCIONARIO.
6.- Los Códigos de Ética de la Función Pública prohíben prevalerse del cargo para beneficios personales y exigen lealtad exclusiva al interés público, no al ego o culto a la persona.
7.- La Ley Orgánica del Servicio Público y normas de control prohíben conductas que impliquen uso indebido de recursos para promoción personal, sancionables administrativamente.
8.- Cuando recursos de todos financian campañas de auto-promoción, se vulnera el principio constitucional de que las instituciones, sirven a los ciudadanos, no a la imagen circunstancial de quien ocupa el cargo.
9.- La Contraloría General del Estado y la Función de Transparencia y Control Social tienen competencia para fiscalizar estos desvíos como malversación o peculado de uso.
10.- Es urgente debatir y sancionar penalmente estas prácticas como peculado, porque el Estado no existe para financiar egos ni campañas de autoestima, sino para servir al bien común con recursos de todos.
🚨Estamos atentos🔎🔎
Ojalá no continúe la PESTILENTE impunidad en el #CasoProgen#CasoApagón como la manipulación en la comisión dirigida por DIANA JÁCOME (@dianajacome)
#Rexona
Las disculpas públicas que se leen en tono autómata, con frialdad y haciendo énfasis en que se otorgan obligados por una Alta Corte, son una muestra de desprecio más a los que, siendo más indefensos, mostraron muchísima más dignidad y altura.
Dolor y vergüenza ajena.
#Televistazo | 📌 Por medio de chats, el exministro y actual embajador de Ecuador en Colombia, Arturo Félix Wong, conversó con el CEO de #Progen sobre los problemas de los proyectos Salitral y Quevedo.
En los diálogos, difundidos hoy por el medio digital La Defensa, John Manning se queja de los obstáculos que ponían funcionarios de Celec e incluso pide llegar a hablar con el presidente Noboa.
El reporte con @higuerahernan . 🎙️
Conoce más en https://t.co/PgjOzH7SSk 💻