Los cónyuges casados bajo el régimen de sociedad conyugal, deben otorgar su testamento cada respecto a su parte de los bienes, cada uno de forma libre y espontánea, disponiendo respecto a la parte de la sociedad conyugal que corresponde.
Acude con tu Notario de confianza.
Puedes revocar un testamento otorgado con anterioridad, como requisitos solo debes llevar el documento a revocar y redactarás uno nuevo, recuerda que nadie puede influir en tu voluntad para revocarlo, la decisión es libre y espontánea, acude con tu Notario para que te asesore.
Estamos a unos días de iniciar el noveno mes del año: septiembre y los Notarios del país brindaran asesoría gratuita y costos preferenciales a quienes realizan su testamento. Acude con tu Notario de confianza, así heredarás tranquilidad a tu familia.
#SeptiembreMesDelTestamento.