«Cuando comprendes que toda opinión es una visión cargada de historia personal, empezarás a comprender que todo juicio es una confesión.»
Nikola Tesla (1856 - 1943)
Petro llama a la violencia. Lo advertimos hace tiempo. Ese loco sigue creyendo que se pueden imponer ideas a bala.
Eso ha escrito esta mañana o de madrugada, no sé si sobrio o ebrio de trago y poder.
#GraduadaEnCorrupción | SEMANA revela las pruebas de una red que gestiona contratos en el Gobierno y que es liderada por Juliana Guerrero y su hermana Verónica. Hay testimonios, chats, audios y consignaciones bancarias.
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No creo que Cepeda hubiera perdido muchos votos si la investigación de Caracol sobre el Clan del Golfo hubiera salido antes de las elecciones. Este país está anestesiado y ya nada sorprende a nadie.
Y buena parte de quienes votaron por Cepeda por convicción ideológica habrían votado por él de todas maneras. Para ellos, Petro puede negociar con criminales, desmontar la inteligencia y entregar territorio, pero votar por alguien de derecha sigue siendo el pecado imperdonable.
Prefieren votar por el diablo antes que admitir que la derecha tenía razón.
🇨🇴⚖️UNA PREGUNTA CONSTITUCIONAL AL HONORABLE TRIBUNAL
Si el Estado colombiano, a través de la autoridad electoral constitucionalmente competente, autorizó al Grupo Significativo de Ciudadanos "Defensores de la Patria" para promover una candidatura presidencial, recoger firmas, participar en el proceso electoral, consolidar una identidad política ante la ciudadanía e incluso aparecer oficialmente ante el electorado bajo dicha denominación, surge una inquietud jurídica de la mayor relevancia:
¿Puede el mismo Estado, mediante una medida cautelar adoptada a escasos días de la elección presidencial y antes de resolver definitivamente el fondo del asunto, impedir o restringir la utilización de esa misma identidad política previamente reconocida y validada por sus propias instituciones?
Y si la respuesta fuese afirmativa, surge una segunda pregunta aún más delicada:
¿Qué ocurre entonces con los principios de seguridad jurídica, confianza legítima, estabilidad de las reglas electorales y protección de los derechos políticos tanto de los candidatos como de los ciudadanos que respaldaron dicha iniciativa política?
Porque la cuestión ya no se refiere únicamente a una expresión, un símbolo o una consigna.
La cuestión se refiere a la confianza que los ciudadanos deben poder depositar en las decisiones del propio Estado.
Si una autoridad pública autoriza una identidad política.
Si millones de ciudadanos actúan confiando legítimamente en dicha autorización.
Si una campaña presidencial se desarrolla bajo esa identidad durante todo el proceso electoral.
Y si el electorado aprende a identificar una candidatura mediante esa denominación oficialmente reconocida.
Resulta legítimo preguntarse si una restricción posterior, adoptada cuando el proceso electoral se encuentra en su fase decisiva, altera las condiciones bajo las cuales ciudadanos y candidatos ejercieron sus derechos políticos.
Las elecciones libres no exigen únicamente libertad para votar.
Exigen también reglas claras, previsibles y estables.
Porque la democracia descansa sobre una premisa elemental:
Los ciudadanos deben poder confiar en que aquello que el Estado autoriza hoy no será prohibido mañana sin una razón constitucional extraordinariamente poderosa.
Esa es, respetuosamente, la pregunta que hoy espera respuesta.
NOTA FINAL
Como jurista dedicado durante décadas al estudio del derecho constitucional, del derecho internacional de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, considero respetuosamente que esta medida provisional merece una inmediata reconsideración por parte del Honorable Tribunal.
No lo afirmo desde una posición política.
Lo afirmo desde una profunda preocupación jurídica e institucional.
Porque toda restricción preventiva que recaiga sobre la expresión política de una candidatura presidencial a escasos días de una elección democrática debe superar el más estricto examen de constitucionalidad, convencionalidad, necesidad y proporcionalidad.
Y porque las libertades políticas constituyen el núcleo esencial de toda democracia constitucional.
La historia jurídica enseña que los derechos fundamentales rara vez desaparecen de manera abrupta.
Generalmente comienzan debilitándose mediante excepciones aparentemente justificadas.
Por ello los jueces constitucionales tienen la inmensa responsabilidad de proteger las libertades públicas incluso cuando ello resulte incómodo para el poder político o para las mayorías circunstanciales.
Con el mayor respeto institucional, considero que una medida que afecta la identidad política previamente reconocida por las autoridades electorales, restringe expresiones de contenido patriótico y produce efectos directos sobre una campaña presidencial en su fase final, corre el riesgo de generar una afectación desproporcionada de derechos fundamentales protegidos por la Constitución Política de Colombia y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Precisamente por ello, y en defensa de la seguridad jurídica, de la confianza legítima, del pluralismo democrático y de los derechos políticos de millones de ciudadanos, sugiero respetuosamente al Honorable Tribunal revisar y revocar de manera inmediata esta medida provisional.
No en beneficio de un candidato.
No en beneficio de un movimiento.
No en beneficio de una ideología.
Sino en beneficio de la Constitución.
Sino en beneficio de la democracia.
Sino en beneficio de las libertades que pertenecen a todos los colombianos.
Porque las elecciones terminan.
Los gobiernos pasan.
Los candidatos pasan.
Pero los precedentes constitucionales permanecen.
Y la libertad, una vez restringida, rara vez recupera fácilmente el terreno perdido.
Martín Eduardo Botero
Jurista Internacional
Abogado Europeo
Doctor (Ph.D.) en Derecho Constitucional Europeo
🇨🇴⚖️
¡FIRMES POR LA PATRIA!
¡FIRMES POR LA LIBERTAD!
¡FIRMES POR COLOMBIA!
Iván Cepeda, el candidato del Pacto Histórico, el elegido por Gustavo Petro tiene una historia enigmática. Aquí presentamos detalles reveladores de su vida 🧵 ⬇️
🧵Presidente @petrogustavo, usted asegura tener "bases comprobadas" del fraude. Tomé esos mismos datos del preconteo que usted no reconoce y los sometí a la matemática, que no milita, no recibe mermelada y no se deja gritar.
👉🏻 Esto fue lo que arrojaron sus "pruebas". Abro hilo.
Urgente
Abelardo ganó la primera vuelta, habrá segunda vuelta presidencial. Y Paloma Valencia cambió sus votos (6 millones de la consulta) por los de Juan Daniel Oviedo, más de un millón.
Abelardo de la Espriella 43,63%
Iván Cepeda
41,17%
Paloma Valencia
6,84%
Se llama Petro y ejecutó con sus camaradas el robo más grande en la historia, el de la UNGRD, se llama Petro y fortaleció el narcoctráfico, se llama Petro y permitió el aumento a 27 mil terroristas en armas, se llama Petro y destruyó el sistema de salud causando en el año 2025 más de 2.500 muertes por falta de medicinas y acceso a especialistas.
Las equivocaciones de Paloma Valencia quien tuvo todo para ser la primera mujer presidente, después de la Gran Consulta: se corrió mucho hacia el centro y perdió el uribismo, que se fue a donde Abelardo de la Espriella. Se desdibujó y terminó cargando con los partido y sus corruptos, siendo una mujer decente.
Mi entrevista con @soyfdelrincon en @CNNEE
Preguntéle a algún venezolano de más de 40 años, que empezó a pasar en Venezuela con los pasaportes por allá en 2005, sobre todo lo que le pasaba a la gente de la oposición para poder conseguir un pasaporte. Van a ver la razón por la que Petro se obsesionó con ese contrato.
La muerte de un niño colombiano de siete años que sufría de hemofilia y a quien el sistema de salud dejó de suministrarle un medicamento, provoca críticas al presidente Gustavo Petro, que culpó a la familia del fallecimiento por dejarlo hacer deporte. https://t.co/hlFh4burMe
🚨Petro me ataca en su acto de repudio estilo castrochavista — todo una medalla de honor para mi luchar contra este drogadicto narcoterrorista y defender la causa de los colomboamericanos decentes y honrados que no se identifican con este sátrapa.
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