🔵Cuadro de 78 casos sobre acciones de protección manifiestamente improcedentes o desnaturalizadas
Actualizado al 10.05.2026
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➡️ ¿Puede el SRI rechazar prueba nueva en el recurso de revisión, por no haber sido presentada en el reclamo?
Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario del Guayas
Juicio: 09501-2025-00228
Sentencia: 3 de marzo de 2026
📌 ¿Qué se discutió?
El conflicto jurídico se centró en determinar si, dentro de un recurso de revisión, el contribuyente puede presentar documentación no aportada en la fase administrativa previa, y si la Administración Tributaria está obligada a valorarla, particularmente bajo la causal de aparición de nuevos documentos prevista en el artículo 143 del Código Tributario.
📌 ¿Qué resolvió el Tribunal?
El Tribunal estableció que la Administración Tributaria no puede rechazar la valoración de documentación presentada en el recurso de revisión bajo el argumento de que no se demostró caso fortuito o fuerza mayor para su no presentación previa. Precisó que dicha exigencia no forma parte de los requisitos de la causal prevista en el artículo 143 numeral 2 del Código Tributario. En consecuencia, determinó que la prueba nueva sí debe ser analizada en sede de revisión cuando es presentada dentro de este recurso, incluso si no fue aportada en la fase de reclamo, y que su valoración puede incidir en la modificación del acto administrativo impugnado.
📌 Criterio relevante
“la exigencia de demostrar caso fortuito o fuerza mayor por la que no entregó la documentación en fasede reclamo no consta como requisito de la causal en el numeral 2 del art. 143 del Código Tributario, por loque no puede ser establecido como condicionante por la administración. Además, no se ha evidenciado queel contribuyente contaba con dicha documentación al momento de expedirse la resolución del reclamo, porlo que bien incluso pudo haber “aparecido” con posterioridad a la resolución del reclamo, y por tanto hayasido “ignorada” por la compañía” (sección 7.1)
🔎 Lo más interesante del caso
El Tribunal delimita el alcance de la causal de aparición de nuevos documentos y corrige una práctica restrictiva de la Administración: exigir fuerza mayor como requisito, pese a no estar previsto en la ley. Este criterio refuerza que la prueba nueva —incluso aquella que no se tenía o no se presentó en fase de reclamo— debe ser valorada posteriormente, siempre que se enmarque en la causal invocada, lo que abre una vía estratégica clave para la defensa tributaria.
@lacortedicetrib
#LaCorteDiceTributaria
➡️ ¿Los requisitos formales están por encima de los beneficios tributarios de las personas con discapacidad?
Tribunal Distrital de lo Contencioso Tributario de Pichincha
Juicio: 17510-2021-00471
Sentencia: 23 de febrero de 2026
📌 ¿Qué se discutió?
Se analizó la legalidad de la negativa del SRI a devolver un pago en exceso de impuesto a la renta, bajo el argumento de que el contribuyente no contaba con un certificado vigente que acreditara su calidad de sustituto de una menor con discapacidad severa. El núcleo del conflicto consistió en determinar si la caducidad de un documento formal podía prevalecer sobre la realidad material —la condición de padre de una persona con discapacidad— y, con ello, impedir el reconocimiento de un derecho tributario sustantivo.
📌 ¿Qué resolvió el Tribunal?
El Tribunal concluyó que la Administración incurrió en un formalismo excesivo al fundamentar su decisión exclusivamente en la caducidad del certificado. Reconoció que la discapacidad de la menor, la relación filial y la condición de sustituto constituyen hechos sustanciales que dan origen al derecho, los cuales no pueden ser desconocidos por una exigencia formal subsanable, especialmente en un contexto de fuerza mayor como la pandemia. En esa línea, aplicó los principios de primacía de la sustancia sobre la forma, realidad económica y protección reforzada a grupos vulnerables, ordenando la devolución del valor pagado en exceso más intereses.
📌 Criterios relevantes
🔸 “El análisis de la prueba lleva a este Tribunal a concluir que el Servicio de Rentas Internas, al emitir la resolución impugnada, se centró exclusivamente en la prueba formal (la caducidad del certificado), e ignoró la prueba sustancial y la realidad económica (la condición de padre, la discapacidad severa de la menor y el derecho por Ley) que son la fuente del derecho.” (Sección 8.1).
🔸 “La realidad probada es que el contribuyente es padre de una niña con discapacidad severa. La exención es un derecho que nace de esa condición inalterable, no de la vigencia de un certificado.” (Sección 8.1).
🔸 “La interpretación de la norma tributaria debe ser la más favorable al goce del derecho, evitando un exceso de formalismo que deshabite de contenido la protección constitucional.” (Sección 8.1).
🔎 Lo más interesante del caso
El Tribunal no solo corrige un error administrativo frecuente —confundir acreditación formal con existencia del derecho—, sino que fija un límite al formalismo fiscal cuando están en juego sujetos de doble protección constitucional. La decisión reafirma que los beneficios tributarios vinculados a discapacidad no son concesiones condicionadas a trámites, sino derechos sustantivos que deben prevalecer frente a exigencias meramente formales.
@lacortedicetrib
#LaCorteDiceTributaria
En la sentencia dictada dentro del juicio 11804-201900136 de 25 de noviembre de 2021, la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia reconoció que el COA sí derogó expresamente los procedimientos administrativos sancionadores contenidos en otras leyes.
Con esto, queda (implícitamente) insubsistente los pronunciamientos de la @PGEcuador que daban prevalencia a la Ley de Salud, Hidrocarburos, y otras, sobre el COA.
Conoce más:
La @CorteNacional ha determinado que un nombramiento provisional otorgado para ocupar un cargo vacante, se podrá terminar cuando se haya declarado un ganador del respectivo concurso de méritos y oposición, caso contrario el acto de terminación sería nulo.
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🚨 ¿Un abogado tiene que demostrar que su dinero es limpio solo por defender a alguien?
La Corte Constitucional dijo: NO.
En la Sentencia C-035/26, la Corte tumbó la norma que obligaba a los abogados defensores de miembros de Grupos Delictivos y Armados Organizados a probar el origen lícito de sus honorarios.
¿La razón? Esa exigencia invierte la carga de la prueba y vulnera la presunción de inocencia. Es el Estado, como titular de la acción penal, quien debe demostrar que hubo un delito. No el abogado.
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
👨🎓La jurisprudencia establece que aunque la legislación aplicable no exija que el justo título o acto traslativo de dominio que constituye la causa generadora de la posesión de buena fe, sea de fecha cierta, la certeza de la fecha del acto jurídico debe probarse en forma fehaciente por ser un elemento del justo título.
Vacuna contra la demencia
En este nuevo estudio publicado en el Nature la "nueva" vacuna contra Herpes Zoster disminuyó la incidencia de demencia por cualquier causa en un 50 %
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🚨El estudio se publicó en Alzheimer’s and Dementia: The Journal of the Alzheimer’s Association. La investigación fue dirigida por Kiran Bhaskar, PhD, profesor del Departamento de Genética Molecular y Microbiología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Nuevo México.
🚨🚨"Me dijeron que me quedaban 8 meses de vida. Quedé libre de cáncer en 4" (cáncer cerebral de grado 4)....
🚨El Dr. Sulack Pete fue diagnosticado con cáncer terminal, lo venció naturalmente, entre otros, con el Protocolo Budwig...
"Protocolo contra el cáncer que sigo utilizando hoy en día"..
Probablemente nunca hayas oído hablar de ello...
Pero esta simple mezcla de 2 ingredientes ha sido parte de mi recuperación desde el primer día.
Se llama Protocolo Budwig, desarrollado en 1952 por la bioquímica alemana Dra. Johanna Budwig, siete veces nominada al Premio Nobel y que se adelantó décadas a su tiempo.
Ella creía que la curación del cáncer comienza restaurando la carga eléctrica de las células.
Así es como funciona
Combina:
✅ Aceite de linaza (rico en omega-3)
✅ Proteína a base de azufre (quark, yogur de oveja o yogur de coco)
Esta combinación ayuda:
Reconstruye tus membranas celulares
Recarga tu voltaje mitocondrial
Restaurar el flujo de oxígeno y la función del terreno.
Fortalezca la capacidad de su cuerpo para resistir la recurrencia del cáncer.
Las primeras investigaciones de Budwig demostraron que esta combinación podría normalizar la respiración celular y apoyar la apoptosis en células anormales.
Lo usé durante todo mi proceso de curación del cáncer cerebral terminal y todavía lo consumo"...
También utilizó antiparasitarios como la ivermectina o el fenbendazol y azul de metileno...
#DerechoAdministrativo
⚖️ ¿Cómo afecta al acto administrativo de #supresióndepartidas la falta de notificación de actuaciones previas cuando en ellas se encuentra la fundamentación de la decisión?
⬇️ Aquí les cuento lo que la 🟠#SalaAdministrativaCNJ indicó recientemente.
La retención de la pensión de montepío, que constituía el único medio de sustento de una mujer adulta mayor con discapacidad, dio lugar a un proceso constitucional que llegó a la Corte Constitucional.
🔵¿Cuándo inicia la protección de la mujer embarazada y el deber de notificación?
#LaCortedice que la protección especial para las mujeres embarazadas comienza el momento mismo del embarazo.
Las obligaciones de cuidado comienzan con la notificación del embarazo, para que los obligados ejerzan su rol de cuidado cuando las mujeres lo requieran o sus circunstancias de salud así lo ameriten.
El conocimiento del embarazo de las trabajadoras no es requisito para establecer si existe o no protección especiales, sino para determinar la obligación de los deberes de cuidado.
La falta de conocimiento imposibilita el ejercicio del rol de cuidado al empleador.
Sentencia No. 530-20-EP/25
Bad Bunny invitó a un cantante chileno a cantar "El Derecho a Vivir en Paz", de Víctor Jara, en su concierto en el Estadio Nacional. El mismo lugar donde hace 50 años, Jara fue mutilado, torturado y ejecutado por los criminales de lesa del dictador Pinochet.
Una lección para todos los que se creen muy cool para tener conciencia social, y para esos que se creen muy profundos como para apreciar el regaettón.
Benito es enorme.