Corte Suprema suspendió la medida que le impedía a @ABDELAESPRIELLA usar las frases “firmes por la patria” y “defensores de la patria” entre otras.
Seguimos !FIRMES POR LA PATRIA!
La presidencia del Consejo de Seguridad no es resultado de una elección, obedece a un estricto y automático criterio de rotación basado en el orden alfabético: rota cada mes entre los 15 miembros del Consejo de Seguridad (permanentes y no permanentes) y se hace, insisto, por orden alfabético. Entonces a menos de que su gobierno haya sido el que le puso la C a Colombia, el verbo “hicimos”, en esa conjugación particular, sobra.
@MeDicenWally De acuerdo a la Ley 43 de 93, artículo 28 y 29, los únicos vetados son los ADOPTADOS, esos no podrían ser candidatos a la presidencia.
Toca es que digan que Abelardo es adoptado por el papá de CEPEDA.
@alazamo123 Adquirir otra nacionalidad no hace que se pierda la condición de colombiano por nacimiento, al mantenerse la nacionalidad, también se preservan intactos los derechos civiles y políticos, incluido el derecho fundamental a acceder a ocupar el cargo de Presidencia
@alazamo123 Los colombianos por nacimiento que tengan doble nacionalidad están plenamente facultados para ocupar altos cargos públicos, y ninguna ley de menor jerarquía esta por encima del ARTÍCULO 96 de la Constitución y no podrá inhabilitarlo por esa razón.