@JUANMA_EXTERIOR El 1er año es el + complicado x la cantidad de datos que piden. Los sgtes años (como ya lo tendrás en el programa) tp tiene tanta historia. La mayor complejidad es recalcular los saldos medios de las cuentas si han habido traspasos entre cuentas el 4T. A veces paso de hacerlo…
@marmas1975@luistomas246 @fiscalrespir Por supuesto. Vamos, salvo que fuera VH, estuviera alquilada, afecta a alguna actividad o algún caso por los que no proceda imputación de Rentas.
@JUANMA_EXTERIOR@estrems1969 Tenéis por ahí un poco escondido la opción de visualizarla en el formato antiguo. Yo lo he encontrado y lo he puesto para visualizarla así.
@scramblas1@luistomas246 @fiscalrespir @marmas Seguimos para bingo! Ahora resulta que me las presentes como quieras. Pero tienes 5 meses para presentarmelas luego subsanadas con el formato nuevo 🤣🤣🤣
Para la firma d la certificación d las CC.AA del Administrador, ¿sabéis si vale el cert. d representente d la Sociedad? Tengo claro q el d persona física sí vale, pero no sé si valdría el d la Sociedad (emitido a nombre del Administrador como representante) @fiscalrespir @marmas
@Por_laventana @fiscalrespir @marmas Correcto. Pero en caso de administrador único o solidario entiendo que sí debería valer. Un compañero lo confirma. De todas formas ahora le pegaré un toque al R.M a ver si doy con alguien con ganas de responder… gracias!!
@luistomas246@scramblas1 @fiscalrespir @marmas Mil gracias Luis!! La verdad que nosotros siempre hemos tirado de firma manuscrita. Pero este año con la gracieta de la modificación de última hora del modelo de CCAA…, algunos Administradores en el Caribe ya, etc… hemos explorado el tema de firmar digitalmente.
@scramblas1@luistomas246 @fiscalrespir @marmas Ojo pero me refiero a la firma de la propia Sociedad (que desde hace algún tiempo sabéis que va vinculada al representante). No a la firma digital personal del Administrador. No sé si se entiende el matiz 😓. No me ha quedado claro, Luis, si te referías a esta.
@JUANMA_EXTERIOR @fiscalrespir Nosotros también. Pero es el 21 seguro. En los vencimientos trimestrales/mensuales sucede más frecuentemente, hay que contar 5 días atrás desde el último día. Si nos dan algún día “extra” por ser festivo, pues se cuenta a partir de éste.
@AntoniFersorano @fiscalrespir @PABLOMISER @leogance Si fuera mi Renta, yo me la “jugaba” sin duda alguna. Ya me pelearé con ellos... Siendo de un cliente, pues yo se lo explicaría todo y que él tome la decisión… Yo me mojo con la interpretación literal, es decir: distancia en línea recta, pero a saber…
@marmas1975@luistomas246 @fiscalrespir Hombre, desde luego tienes mucha fuerza si coinciden padrón y domicilio padre/hijos. Otra cosa es que la AEAT se huela algo y te lo quiera pelear con consumos de suministros del padre en otra vivienda o algo así... pero lo veo muy complicado.