Me tinca que nadie va a hablar de esto en ningún matinal ni programa de televisión abierta el día de hoy… ni ningún otro día… curioso, porque son los mismos programas que pasaban horas mostrando la (inútil) zanja…
Samuel Donoso, el otro protagonista del caso Hermosilla: pagos en efectivo desde La Moneda e interferencia en 17 nombramientos judiciales
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En Estado Nacional plantean que, si el nuevo estado de excepción baja de 120 a 30 días o se exige autorización del Senado, el problema quedaría sustancialmente resuelto.
Creo que hay bastante candidez en ese enfoque, ya que el problema no son los 120 días ni la falta de autorización, solamente.
Pueden bajarlo a 30 días. Pueden exigir acuerdo del Senado. Pueden ponerle todos los controles políticos que quieran.
Mi pregunta sigue siendo anterior: ¿por qué el Presidente de la República necesita facultades para detener personas, interceptar comunicaciones o requisar bienes?
El Presidente no investiga delitos. Es inconstitucional y contrario al principio de legalidad.
El problema de esta reforma no es solamente cuánto dura el poder excepcional sino por qué diablos ese poder se lo estamos entregando al Presidente.
#ENacional
#MesaCentral
Tiene razón la editorial del Mercurio. La propuesta de reforma constitucional evidencia nuevamente la improvisación del gobierno en materia de seguridad.
📝 Plan de Quiroz contra la “permisología” permitió aprobar millonario negocio de su hermano a pesar de informe negativo del Sernageomin. La periodista Macarena Segovia te cuenta los detalles de esta investigación:
Hoy Ítalo Omegna intentó presentar el episodio del autismo como un hecho aislado en Sin Filtros.
El problema es que, cuando el blanco fui yo, los señores de La Cofradía y él también recurrieron a "autismo" y "cromosoma de más" para ridiculizarme, como consta en la querella por injurias donde tenemos audiencia este jueves.
No parece una excepción. Parece un patrón. Y cuando el costo reputacional llega, recién aparece el arrepentimiento.
Querella en preparación por injurias graves con publicidad, artículos 416 y 418 del Código Penal, en contra de Sebastián Eyzaguirre, Italo Omegna, Emiliano Fernández y Fernando Ortíz, por el programa "La Cofradía #127" emitido el 25 de mayo de 2026, con 29.884 reproducciones, 1:55:46 a 1:59:05. Posteriormente, acción civil de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual.
Lo que ocurrió ese día no es libertad de expresión. La libertad de expresión protege ideas, argumentos y crítica. Lo que el ordenamiento jurídico no ampara es el escarnio personal sostenido: varios minutos dedicados a llamar a una persona identificada "retrasado", "imbécil", "payaso", "cromosoma de más", "autista", "se la ponen o lo pone", "la mentira más grande de este video es que Rettig tiene hijos" frente a miles de espectadores, sin un solo argumento de fondo. Eso tiene nombre jurídico: injuria grave con publicidad. Y tiene pena.
Esta noche, a las 22:00, transmiten "La Cofradía #144". Lo observaré🍿🥃. Si se producen nuevas expresiones de la misma naturaleza, será relevante el artículo 351 del Código Procesal Penal: reiteración de delitos de la misma especie, con la pena aumentada en uno o dos grados.
La miniatura del programa de esta noche ya utiliza mi nombre como anzuelo de audiencia. Queda registrado.
PD: Eyzaguirre, por cierto, ya no cuenta con la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal...
@LAMANOINVISIBL
El ciclo del agua, los humedales, investigación académica y ahora un sandwich
Kast y su justificación para recortar la Junaeb: “Puede ser que algún niño lleve un sandwich y decide no almorzar” 😵💫
El Consejo Fiscal Autónomo acaba de dinamitar el proyecto de ley 🦄"teoría del chorreo"🦄 de Kast.
PD: no hay tesis más piruja que la teoría del chorreo. Una y otra vez desacreditada.
@RojoEdwards Este tipo habla de efectos negativos en los últimos 4 años de un verdadero gobierno de emergencia:
+15.000 millones de dólares de inversión extranjera en Chile
Inflación bajó del 14 % al 2.8% (indicador a febrero 2026)
Por dar algunos datos (de conocimiento público)