4.2. Esta propuesta que fue impulsada por @AngelicaLozanoC afecta al SENA así:
El SENA recaudó en 2024 por monetización $263 mil millones:
- $210 mil millones ➡️ Fondo Emprender y
- $52 mil millones ➡️ sostenimiento regular.
Asó estos recursos están en riesgo
Pero además🧵
4.1. Lo aprobado en la Comisión IV establece que cuando una empresa solicite un aprendiz de una ocupación y el Sena no lo tenga, entonces NO PAGA MONETIZACIÓN.
Es decir, se está desfinanciando al Fondo Emprender y se abre una peligrosa puerta a la elusión.
Si, un mico🦧
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4. ¿Hay mico? 🦧 en la monetización?
La monetización es un valor que pagan las empresas (mipymes excluidas) cuando no contratan aprendices.
Este valor se destina al Fondo Emprender del SENA o al sostenimiento del programa de Aprendices.
Miren lo que se aprobó🧵
3.3. Adicionalmente lo aprobado por @AngelicaLozanoC, presenta más carencias:
- Excluye la protección en salud durante la etapa lectiva, derecho que ya tenían los aprendices.
- Discrimina a los aprendices de SENA frente a los estudiantes universitarios.
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3.2. OJO, ¿Qué dice la Recomendación 208 de la OIT sobre aprendices?
Al perder el CLCA los aprendices son excluidos de los beneficios que los trabajadores de la empresa hayan logrado en convenciones colectivas y les privan del derecho a sindicalizarse.
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3. Por qué es nefasto lo aprobado en la Comisión IV de @AngelicaLozanoC?
3.1. No reconoce:
❌Auxilio de transporte
❌Primas
❌Vacaciones
❌Cesantías
❌Licencias
De nuevo les preguntamos, ¿Es que los aprendices no merecen estos beneficios? ¿Si fueran sus hijos?
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2.6. Efecto de lo aprobado en la Comisión IV de @AngelicaLozanoC:
Concepto del mismo SENA:
"El texto propuesto en la ponencia para tercer debate, reinstaura una fórmula ambigua y regresiva (...) es incongruente con la misma exposición de motivos"
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2.5. La naturaleza dela actividad de los aprendices es laboral.
Concepto del mismo SENA para la Comisión IV
"El CLCA deja de ser un vínculo ambiguo para consolidarse como una puerta de entrada formal, digna y protegida al mundo del trabajo."
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Durante 43 años centenares de miles de aprendices SENA de estratos 1, 2 y 3 tuvieron un primer empleo formal, supieron lo que significa tener salud, pensión, vacaciones un salario digno. FUERON TRABAJADORES FORMALES, no practicantes.
¿Creen ustedes que no lo merecen?
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2.4. ¿Los aprendices merecen ser tratados como trabajadores?
Apreciados periodistas, antes de la Ley 789 de 2002, el CLCA tenía un efecto mucho más transformador en la vida de los jóvenes, fue durante 43 años LA MEJOR LEY DE PRIMER EMPLEO que ha tenido el país.
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2.3. Pero, ¿los aprendices son practicantes o trabajadores?
De nuevo, nuestra experiencia nos enseñó que luego de la etapa lectiva en el SENA los aprendices rinden como un trabajador más, incluso hay casos donde su desempeño es mejor. Tenemos miles de evidencias
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No es un tema menor. Cuando una empresa ve a un joven como su trabajador es muy diferente a cuando lo ve como alguien va a practicar.
Los aprendices cumplen con tres eventos que constituyen relación laboral:
Subordinación
Prestación personal del servicio
Remuneración
Hay más🧵
2.2. Así mismo nuestra experiencia nos evidenció que al eliminar el CLCA* muchas empresas comenzaron a ver a los aprendices como mano de obra barata o toderos. Hemos encontrado aprendices en otras tareas, hasta haciendo aseo.
*Carácter Laboral del Contrato de Aprendizaje
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2.1. Nuestra experiencia de décadas en este tema nos enseñó que cuando hay CLCA el nivel de compromiso de las empresas con los aprendices se eleva sustancialmente. Se les asigna mayores responsabilidades, seguimiento más riguroso y el rendimiento es mayor.
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2. ¿Qué paso?
Por presión de los gremios el Gobierno Uribe en la Ley 789 de 2002, artículo 30, elimina este CLCA y degrada a los aprendices del SENA. Ya no son trabajadores, ahora son aprendices con auxilio de sostenimiento.
Pero, ¿qué implicaciones tiene esto?
Contexto:
1. A ver, el carácter laboral del contrato de aprendizaje para aprendices SENA (en adelante le llamaremos CLCA) existió 43 años hasta 2002, de modo que no hablamos de algo nuevo. Y por cierto, ninguna empresa se quebró. Lo creó la Ley 188 de 1959.
Desde @SindesenaCol rechazamos la ponencia aprobada por la Comisión 4ta.
❌ No reconoce el contrato de aprendizaje como relación laboral
❌ Abre la puerta a que las empresas evadan su obligación de vincular aprendices
¡No es reforma, es contrarreforma!
Senadora, la campaña la ha hecho usted misma:
- Eliminó los beneficios para los aprendices SENA recuperados en Cámara
- Incluyó un mico que le daría miles de millones a las empresas y se los quita al SENA.
- Afectó la autonomía del SENA para determinar la oferta formativa
Senadora @AngelicaLozanoC, su "reforma laboral" parece más un disfraz que una solución. Mientras se habla de avances, se niega el carácter laboral del contrato de aprendizaje, se facilita la evasión de obligaciones empresariales y se excluye a los aprendices del SENA del debate.
No @AngelicaLozanoC, la cosa puede ser aún peor.
El proyecto de reforma de la #ComisiónCuarta podría dejar sin afiliación en salud a decenas de miles de apéndices en etapa lectiva. El año pasado fueron 90.000 jóvenes entre los más vulnerables y necesitados.
Aquí les explico👇🏾