🚨 ¿DEMOCRACIA AFUERA, PERO SILENCIO ADENTRO?
Una institución que tiene la responsabilidad de proteger la democracia también debe practicarla con sus propios trabajadores.
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Porque los sindicatos debemos llegar a estas instancias para hacer valer los derechos Sindicales. Porque las entidades públicas no reconocen estos derechos. @CNE_COLOMBIA
Fuero circunstancial y procesos de reestructuración administrativa.
La #SalaDeCasaciónLaboral de la Corte Suprema de Justicia declaró ineficaz el despido de una trabajadora de un hospital público y ordenó su reintegro, al precisar que, en casos de reestructuración administrativa, la protección del fuero circunstancial —que cobija a los trabajadores mientras se negocia un conflicto colectivo— puede ser desplazada por el interés general solo si existe:
➡️ Un estudio técnico que demuestre, con información verificable, la necesidad real y proporcional de suprimir los cargos, descartándose cualquier finalidad discriminatoria o antisindical.
➡️ Cuando no se cumple con estas exigencias, el despido adoptado en medio del conflicto resulta ineficaz.
La Sala explicó la diferencia entre ambas figuras: la reorganización empresarial (Ley 550 de 1999) responde a una lógica económica —acuerdos con los acreedores para recuperar la viabilidad de la entidad— y no desplaza el fuero circunstancial por sí sola; la reestructuración administrativa (Ley 909 de 2004), en cambio, se funda en la modernización del Estado y el interés general.
En este caso, el estudio técnico del hospital no justificó la necesidad de suprimir 495 cargos de la planta de personal, para mantener a un grupo de 1.566 servidores vinculados de manera indirecta a través de cooperativas o contratos sindicales.
Ver sentencia SL406-2026 👉: https://t.co/oV8aQ9v5F7
Fuero circunstancial y procesos de reestructuración administrativa.
La #SalaDeCasaciónLaboral de la Corte Suprema de Justicia declaró ineficaz el despido de una trabajadora de un hospital público y ordenó su reintegro, al precisar que, en casos de reestructuración administrativa, la protección del fuero circunstancial —que cobija a los trabajadores mientras se negocia un conflicto colectivo— puede ser desplazada por el interés general solo si existe:
➡️ Un estudio técnico que demuestre, con información verificable, la necesidad real y proporcional de suprimir los cargos, descartándose cualquier finalidad discriminatoria o antisindical.
➡️ Cuando no se cumple con estas exigencias, el despido adoptado en medio del conflicto resulta ineficaz.
La Sala explicó la diferencia entre ambas figuras: la reorganización empresarial (Ley 550 de 1999) responde a una lógica económica —acuerdos con los acreedores para recuperar la viabilidad de la entidad— y no desplaza el fuero circunstancial por sí sola; la reestructuración administrativa (Ley 909 de 2004), en cambio, se funda en la modernización del Estado y el interés general.
En este caso, el estudio técnico del hospital no justificó la necesidad de suprimir 495 cargos de la planta de personal, para mantener a un grupo de 1.566 servidores vinculados de manera indirecta a través de cooperativas o contratos sindicales.
Ver sentencia SL406-2026 👉: https://t.co/oV8aQ9v5F7
@CorteSupremaJ Los altos mandos de las diferentes entidades públicas deberían tener claro estos conceptos dadas por la corte suprema de Justicia sobre los derechos sindicales y la protección de los aforados frente a estos. @CNE_COLOMBIA
@CaracolRadio Por eso solicitamos a este medio @CaracolRadio que se nos brinde un espacio donde se nos Permita al sindicato demostrar estos hechos denunciados.
@CaracolRadio La dignidad de las y los funcionarios del CNE no es negociable. No permitiremos un desalojo masivo más.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL*
Sindicato de Trabajadores del Consejo Nacional Electoral
Bogotá, 15 de septiembre de 2026 ⬇️
@CaracolRadio No son renuncias voluntarias. Son despidos disfrazados. Son renuncias bajo coacción.
Hacemos un llamado a todos los funcionarios (as) a no firmar renuncias bajo presión y a denunciar ante el Sindicato cualquier acto de coacción. ⬇️
@CaracolRadio Decimos con claridad: forzar una renuncia mediante el chantaje de la insubsistencia es una flagrante violación a los derechos laborales, al debido proceso, a la estabilidad laboral reforzada y constituye una evidente desviación de poder y un acoso laboral masivo. ⬇️
@CaracolRadio Contamos con evidencias contundentes que demuestran cómo altos funcionarios y magistrados están coaccionando y amenazando explícitamente con que, si no radican sus "cartas de renuncia voluntaria", serán declarados insubsistentes de manera inmediata y sin contemplación. ⬇️
@CaracolRadio El Sindicato ha recibido denuncias de funcionarios que coinciden con las conductas denunciadas en la investigación periodística de Caracol Radio del despacho del Mg Juan Carlos Wills como una práctica sistemática, generalizada y deliberada que se replica en otros despachos ⬇️
@CaracolRadio Se denuncia ante el país que se avanza en negociaciones de formalización del empleo dentro del CNE, porque se reprocha y no se tolera que cada cuatro años los funcionarios sean sacados a empujones y se remplacen de manera discrecional y clientelista por los nuevos magistrado ⬇️
@CaracolRadio El Sindicato de funcionarios del Consejo Nacional Electoral SINTRACNE, está en pie de lucha y en defensa irrestricta de los derechos de las y los funcionarios del CNE ⬇️
@CaracolRadio 🚨 #DenunciaPública | SINTRACNE se declara en pie de lucha. Evidenciamos que altos funcionarios del CNE coaccionan al personal exigiendo "renuncias voluntarias" bajo amenaza de insubsistencia.
No son renuncias: son despidos ilegales. ¡No firmes bajo presión y denuncia! ✊🔥
ALERTA EN EL CNE
El Consejo Nacional Electoral prepara un proyecto de ley para garantizar las elecciones de 2027 y plantea una nueva financiación para cumplir esta función constitucional.
@CNE_COLOMBIA@PGN_COL@RTVCnoticias